El ODEPOE- Observatorio Derechos Políticos y Electorales-, que funciona en la Defensoría del Pueblo, informo que conforme al Art. 71 inciso f, la veda electoral para las elecciones a celebrarse este próximo domingo 9, comienza a regir 48 horas antes del inicio del Acto Electoral citado. En consecuencia desde las 08 hs del día viernes hasta las 18 hs del día domingo, en base a lo dispuesto por el Código Electoral Nacional, empieza la veda que alcanza a todo tipo de declaración de propaganda política, de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales y además la misma normativa prevé la prohibición de todo tipo de espectáculo masivo – cultural, social o deportivo-, lo mismo que la venta de bebidas alcohólicas desde las 00 hs del día de la elección hasta tres horas de finalizado el comicio.

El Ombudsman Provincial, señalo que cuando existen este tipo de elecciones se aplica el cuerpo normativo antes mencionado y no las normativas provinciales y por lo tanto todos aquellos ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral Nacional y sancionados si la justicia comprueba la falta.

Añadió también que el Código prohíbe la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, 12 hs antes y 3 hs después de finalizadas.

Asimismo, informo a toda la ciudadanía que en la sede del Organismo de la Constitución sito en calle Padre Patiño Nº 831, el día domingo 9, y días subsiguientes, se podrán acercar todas aquellas personas que no hayan podido, por distintas razones emitir su sufragio y con la documentación respiratoria efectuar la justificación pertinente y evitar de este modo multas o sanciones. Aclaro también que formalmente están exentos de ejercer el derecho a voto, los mayores de 70 años, quienes se encuentren a más 500 km de su domicilio, los servidores públicos afectados al acto electoral y las personas que acrediten graves problemas de salud. Esta última causa está prevista en el Código Electoral para las personas que se encuentran internadas, y debe ser acreditada con un certificado médico otorgado por un profesional del nosocomio correspondiente.