-Todas las personas que tienen contacto con niñas/os y adolescentes necesitan una capacitación especializada ya que no todos pueden tratar asuntos de niñez. Para la Defensoría del Pueblo, es necesario que existan fuertes preparaciones comprometidas con los derechos de los más vulnerables, Gialluca advirtió que, esta es una herramienta valiosa, pero todavía, no tenemos una -Ley de Protección Integral Contra el Maltrato Infantil- y la sociedad está demandando una norma de estas características, pues vemos a diario, cómo se quiere instalar en algunos medios por parte de periodistas y artistas que “la pedofilia no es una orientación sexual o que el abuso sexual es un caso de poder”. Debe quedar bien claro “que el abuso sexual contra niñas/os y adolescentes, es un delito y debe ser tomado como tal”-

El Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa, Dr. José Leonardo Gialluca, señaló que, lamentablemente esta ley es producto “de un crimen aberrante de un niño de 5 años ocurrido en la Provincia de La Pampa, a manos de dos personas adultas con las cuales convivía y que hoy se encuentran condenadas a prisión perpetua”. El proyecto, denominado originalmente como “Ley Lucio”, no se llamará así, pues los legisladores con buen criterio, acordaron que la iniciativa no llevará el nombre del niño. Añadió el Funcionario Provincial que, este hecho no debe ser tomado como algo aislado y por ello, resaltó que la Secretaria Nacional de Adolescencia y Familia que será la –Autoridad de Aplicación-, es la que tendrá que elaborar los contenidos del -Plan Federal de Capacitación- en articulación con el Concejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia, habiéndose previsto la posibilidad de Convenios con Universidades Nacionales, Entidades de la Sociedad Civil, de modo tal que la ley, no solamente se constituya en una importante herramienta para quienes deban aplicarla, sino también, llevar al mismo tiempo, Campañas de Concientización para la Protección y Defensa de Niñas/os y Adolescentes. Gialluca destacó la reserva de identidad que plantea para aquellas personas que denuncian situaciones de violencia y vulneración de derechos de infancias, pues de esta forma, se podrán conocer muchos más casos que seguramente se dan en todo el país. Por otro lado, fue crítico con algunos medios de comunicación masivo que utilizan “los homicidios de niñas/os, para sumar audiencia y también cuando se utilizan estos hechos para intereses electorales o para otros fines, pues, de esta manera, estamos demostrando la inmadurez como sociedad y por eso, pedimos Institucionalmente que no se revictimicen a los niños”. En este sentido, la -Dirección de Niñez y Adolescencia- de este Organismo de la Constitución, afirmó que, esta ley que busca prevenir el maltrato infantil, tiene puntos relevantes que son: * Capacitaciones obligatorias para todas las personas que ejercen la función pública en el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial. * La actuación articulada entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial para la creación de un protocolo que establezca las formas de actuar de las fuerzas de seguridad, organismos de la niñez y jueces con competencia en familia. * La realización por parte del Estado de campañas de concientización que ayuden a detectar y prevenir el maltrato y violencia contra niños, niñas y adolescentes, y dónde denunciarlo. * La implementación de la Línea 102 en todo el país para la promoción de derechos de las infancias y la atención gratuita. * Incorporar como herramienta la reserva de identidad que protege a quienes, frente a situaciones de violencia infantil, formulen la denuncia.