-Gialluca añadió que, los comercios están obligados a exhibir sus productos con sus respectivos precios y a respetar el publicado, para el caso de que un producto no tenga precio en la góndola, tenemos el derecho a que nos digan cuál es el valor, en caso contrario, sugerimos realizar las denuncias correspondientes-

El Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa, Dr. José Leonardo Gialluca, frente a los permanentes aumentos de precios que se vienen generando en los últimos días lo que ha producido un fuerte desorden en la oferta de productos en las cadenas de supermercados, autoservicios y otros, los consumidores han denunciado que se encuentran con “unos precios en las góndolas y otros en las cajas”, situación esta que se repite y los vecinos deben por ello conocer cuáles son sus derechos. Ante esta problemática, a los consumidores se les tiene que cobrar el precio que figura en las góndolas. Esto, porque, jurídicamente, las ofertas son las que figuran en las mismas. Por más que en la caja nos quieran decir “cambió el dólar en el día de la fecha” o “vinieron nuevos precios”; el precio de góndola hay que hacerlo respetar. Eso no ocurre solamente en un supermercado. En los casos de las tiendas, casas de venta de indumentarias, se debe respetar el precio que está en la vidriera, lo dice la misma Ley de Defensa del Consumidor. En el caso de que en las góndolas se indiquen un precio diferente al que luego se termina pagando en la caja, es un claro supuesto de “publicidad engañosa” que debe ser denunciado ante la Defensoría del Pueblo o a la Subsecretaría de Defensa al Consumidor y Usuario, por infringir la Ley Nº 24.240. El artículo 8 de la misma, bajo la denominación “Efectos de la publicidad”, establece que “las precisiones formuladas en la publicidad o en anuncios, prospectos, circulares u otros medios de difusión se tienen por incluidas en el contrato con el consumidor y obligan al oferente”. Ahora, ¿qué sucede si un producto no tiene precio en la góndola? Hay que pedir que le digan cuál es el precio del producto si no lo encuentra en la góndola. Algunos supermercados e hiper tienen un “lector de códigos” para informarlos. Los comercios tienen la obligación de exhibir los precios de los productos en forma clara, que se puedan ver y leer con facilidad. Lo importante es que hoy, con el uso de la tecnología, se puede fotografiar la góndola donde apareció la diferencia y llevar el ticket de compra a la Defensoría del Pueblo. En el comprobante de pago debe especificarse el producto como la cantidad adquirida de manera clara, con el precio respectivo. En este sentido, el Ombudsman Provincial, señaló que: * Los comercios están obligados a exhibir sus productos con sus respectivos precios y a respetar ese precio publicado (Obligatoriedad de exhibir precios: Resolución 07/2002). * Derecho a la información cierta, clara, detallada y veraz: art 4 ley 24240. * Derecho a exigir que se respeten las promociones: art 7 ley 24240. * Derecho a que no te induzcan a error sobre la existencia o disponibilidad de mercadería, que no “acopien” productos especulando con su precio: Ley Nº 26.991 (Ley de Abastecimiento) nueva regulación sobre relaciones de producción y consumo, art 10 DNU 274/2019, ley de Defensa de la Competencia. * Que se sancionen las prácticas abusivas (ej. Restringir o limitar la cantidad de productos que deseo comprar) art 2 y 3 Ley Nº 27.442 (Defensa de la Competencia).

En caso de incumplimientos, sugerimos: Sacar foto de la infracción y enviarla junto a los datos del comercio a la Defensoría del Pueblo dirigida a sus correos electrónicos Institucionales denuncia@formosa.gov.ardepuefor@fibertel.com.ar o a los whatsapp 370 4567231 / 370 4619245 / 3704 – 365924 y/o concurrir personalmente a Padre Patiño Nº 831 de 8:00 a 13:00 y de 18:00 a 20:00 horas.