Gialluca resaltó que, el Gobierno Nacional haya otorgado jerarquía constitucional a los derechos de las personas mayores, con lo cual, se va a poder condenar cualquier hecho que vulneren los mismos, estableciéndose desde ahora una paridad con otros grupos vulnerables, como la niñez, mujeres, personas con discapacidad, entre otros-

Vecinos linderos a la Residencia Geriátrica Edmifor S.A., denunciaron por ante la Defensoría del Pueblo, “el ingreso a sus hogares de líquidos pluviales y cloacales provenientes de la Institución antes citada”; por lo cual, se llevó a cabo una -Audiencia de Conciliación-, a la que concurrieron el Apoderado Legal de Edmifor. S.A.” Dr. Javier José Mobilio, los damnificados Sres. Victoria Castro y Ulises Mareco. Encontrándose presentes, además, el Defensor del Pueblo Dr. José Leonardo Gialluca, los Asesores Letrados Dr. Leonardo Rodríguez Posse, Dra. Lourdes Delgadillo, Leonardo Sánchez y Ornella Barraza. Afirmaron los vecinos damnificados que los inconvenientes se iniciaron ya hace varios años y donde el agua servida comenzó a brotar desde el suelo, agravándose posteriormente, especialmente los días de lluvia, obligando inclusive a que una de partes, “tenga que dejar su vivienda y alquilar actualmente otro lugar para poder vivir en condiciones dignas”. Explican que, anteriormente en ese lugar, era una zona de barreras, pero en 2015 se construyó la Avenida Arturo Frondizi, con lo cual, las viviendas quedaron mucho más bajas. A su turno, el Apoderado Legal del Geriátrico Edmifor, Dr. Javier José Mobilio, expresa que la empresa Aguas de Formosa realizó una constatación “in – situ” de la cual resultaron “sugerencias de obras de refacción a iniciarse”, dado que, si bien el geriátrico, actualmente se halla conectado a la red cloacal, en sus inicios se tuvo que construir una cámara séptica de grandes proporciones, la cual se debe clausurar para ser reemplazada por una cámara de inspección de menor tamaño. Estima por el paso del tiempo, la cámara séptica construida, puede presentar rajaduras y para ello, se van a realizar todos los trabajos necesarios para evitar que los vecinos sufran filtraciones, tanto de agua, como de otros efluentes provenientes del geriátrico. El Ombudsman Provincial, solicita al Apoderado antes citado, que los propietarios o responsables de esta Institución, donde actualmente se alojan un gran número de adultos mayores, realicen las obras preventivas suficientes para evitar las filtraciones y posteriormente, clausuren la cámara séptica construida y la cual hoy ya no tiene razón de ser, pues, toda la zona posee el servicio de agua potable y cloacal. En este punto, todas las partes resuelven de común acuerdo, reunirse nuevamente este próximo viernes, con la presencia de un profesional nombrado por el geriátrico, ya sea arquitecto o ingeniero, el que explicará las medidas y plazos en que se iniciarán las obras para resolver las diversas filtraciones existentes.
PROMULGAN LEY QUE OTORGA JERARQUÍA CONSTITUCIONAL A LA CONVENCIÓN SOBRE DERECHOS DE PERSONAS MAYORES: El Ombudsman Provincial, resaltó que, el Gobierno Nacional promulgó una ley que otorga jerarquía constitucional a la Convención Interamericana sobre Protección de Derechos Humanos de las Personas Mayores, adoptada por la Organización de los Estados Americanos (OEA) durante la 45ª Asamblea General en 2015. La promulgación se realizó mediante el Decreto 795/2022, publicado en el Boletín Oficial con las firmas del Presidente Alberto Fernández; el Jefe de Gabinete, Juan Manzur; y el Ministro de Justicia, Martín Soria. La ley Nº 27.700, que otorga jerarquía constitucional a la Convención Interamericana sobre Protección de Derechos Humanos de las Personas Mayores en los términos del artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, fue sancionada el 9 de noviembre pasado. Esta Convención busca promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad. La misma, había sido aprobada en la Argentina a través de la Ley 27.360, sancionada en mayo de 2017, pero la actual promulgación amplía el estatus del marco normativo en el que se apoyan los programas y proyectos de la Dirección Nacional de Políticas para Adultos Mayores de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf). Además, coloca -en paridad- a los derechos de las personas mayores con otros grupos en situación de vulnerabilidad que están amparados en otros documentos internacionales de igual rango, como la Convención sobre los Derechos del Niño o la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, entre otros. A partir de este documento adoptado por la OEA, los Estados parte se comprometen a prevenir, sancionar y erradicar aquellas prácticas contrarias a la Convención, tales como aislamiento, abandono, sujeciones físicas prolongadas, hacinamiento, expulsiones de la comunidad, la negación de nutrición, infantilización, los tratamientos médicos inadecuados y los malos tratos o penas crueles. También, los Estados firmantes se comprometen, entre otras cuestiones, a fomentar una actitud positiva hacia la vejez y un trato digno, respetuoso y considerado hacia la persona mayor y, sobre la base de una cultura de paz, impulsar acciones de divulgación, promoción de los derechos y empoderamiento de la persona mayor, así como evitar el lenguaje e imágenes estereotipadas sobre la vejez.