Gialluca señaló que, no se produjo ningún corte a la altura de la Colonia Originaria Muñiz en cercanías a Las Lomitas, lo que fue corroborado por el Jefe de Escuadrón 18 Comandante Principal Juan Carlos Carrizo-

Desde la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa, se informó la liberación de la Ruta Nacional Nº 81 a la altura de Bartolomé de las Casas y además de la Ruta Nacional Nº 86 a la altura de la Comunidad de Loro Cue Departamento Pilagas, confirmando también mediante la información proporcionada por el Jefe de Escuadrón 18 Lomitas Comandante Principal Juan Carlos Carrizo, “que no se produjo ningún corte a la altura de Colonia Muñiz como algunos medios habían publicado en el día de ayer erróneamente”. Las diversas acciones fueron coordinadas tanto por el Titular del ICA Esteban Ramirez y del IPS Hugo Arrúa, quienes con el Ombudsman Provincial Dr. José Leonardo Gialluca, fueron creando los espacios de diálogos para que los manifestantes tuvieran sus respuestas en cuanto a las demandas habitacionales y de trámites para la obtención de pensiones y otros beneficios sociales. En este sentido, Gialluca dejó nuevamente en claro que el Programa de Autoconstrucción de Viviendas, ha sido sustituido por otro, en el cual, los interesados deben cumplir con una serie de requisitos para posteriormente presentar las documentaciones correspondientes ante el IPV. Esto surge de lo ya detallado por la Directora de Investigación Social Lic. María Laura Granada, quien detalló que, para la selección de los beneficiarios de viviendas aborígenes, se tendrán en cuenta los siguientes requisitos: * Constituir un grupo familiar. * Ocupar efectiva y permanentemente el terreno. * Poseer una vivienda de construcción precaria. * No poseer otra vivienda FONAVI o particular y en cuanto a la documentación necesaria: * Fotocopia del DNI del titular y concubina/o esposa/o. * Fotocopia de Partidas de Nacimiento de los hijos. * Constancia de CUIL del titular y concubina/o esposa/o. * Fotocopia de Acta matrimonio o información sumaria de concubinato. * Recibos de sueldos o certificados de ingresos de los que trabajen. Asimismo, abundó en que para el otorgamiento de pensiones y otros beneficios se deben cumplir requisitos formales que están establecidos en las normativas vigentes y por esto al existir pedidos que no alcanzan a cubrir mínimamente los antes citados, son rechazados por los Organismos Nacionales y Provinciales Competentes. Por último, se dejó en claro, “que nunca vamos a Criminalizar las Protestas Sociales en nuestra Provincia”, pero también es cierto que no existen, “derechos absolutos y que una vez visibilizada la demanda social cualquiera fuera la misma, se interviene inmediatamente”, por lo que, cuando observamos que estas medidas de fuerza que impiden el libre tránsito por varios días o prolongadas horas, “hace que ingresemos en el terreno de los delitos previstos en el CPA y obviamente en un abuso originado por los reclamantes, que no contemplan precisamente el derecho a transitar libremente que poseen los que necesitan o deseen desplazarse por nuestras rutas nacionales o provinciales”.