Prosiguen en aumento los ciberdelitos en Formosa-
-Gialluca destaco los Fallos de diversos Jueces de Primera Instancia de la Provincia que están haciendo responsables a las entidades financieras, entre ellas, al Banco Formosa, quien se niega a restituir los fondos robados a sus clientes, aun cuando probamos administrativamente que, el perfil financiero de la víctima es óptimo, esta postura ha llevado al organismo de la constitución, a iniciar acciones judiciales e instar a los clientes defraudados a buscar los abogados de su confianza si así lo decidieran-
El Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa, Dr. José Leonardo Gialluca, se refirió al Fallo N° 384/22 emitido por el Titular del Juzgado Civil y Comercial N° 3 de la Primera Circunscripción Provincial, Dr. Raúl López Uriburu, que ordenó al Banco Formosa S.A., reintegrar a una cliente que había sido víctima de un ciberdelito, la suma de $70.000, quien había denunciado a la entidad bancaria por las falencias en su sistema de seguridad en las cuentas de sus usuarios, haciéndola responsable exclusivamente por el robo sufrido. Como lo indicara el Dr. Gialluca en publicaciones anteriores, el derecho de los consumidores es un microsistema legal de protección que gira dentro del sistema del Derecho Privado, con base en el Derecho Constitucional y por lo tanto, las soluciones deben siempre buscarse dentro de este sistema dado su carácter autónomo y derogatorio de normas generales. Agregó el Funcionario Provincial que, la persona damnificada fue atendida en su momento por el Organismo de la Constitución y que concretó la denuncia policial como corresponde y dada la incapacidad que posee la misma, inmediatamente se cursaron las actuaciones administrativas a la entidad bancaria, la cual, desconoció responsabilidad alguna en los hechos, lo que, obviamente, molestó de sobremanera a esta víctima de los fraudes bancarios que se vienen produciendo últimamente y donde no se trata de un caso en que medie responsabilidad alguna de la persona, ya que, no compartió claves, ni tampoco navegó por redes sociales y menos aún en sitios web no seguros o autorizados, lo cierto es que en la etapa administrativa, los bancos se niegan a restituir las sumas de dinero robadas y nos toca Institucionalmente notificar dicha decisión, dejando a las personas en la opción de judicializar su caso o esperar como otras -una respuesta positiva por parte de la entidad financiera de la cual se trate-. Expresó además que, desde la Defensoría del Pueblo nunca se ha manifestado que los importes sustraídos no se pueden recuperar, lo que si se hace es, brindar un asesoramiento responsable, pues en el caso del Banco Formosa S.A., su cerrada e injustificada negativa a devolver los importes en cuestión, es mucho más notoria, dado que, todos los empleados públicos poseen sus Cajas de Ahorro Sueldo en esa entidad y es la misma, quien debe también investigar y hacerse responsable de estos robos, tal como lo viene ordenando la Justicia Ordinaria competente y a ello le debemos sumar las apelaciones a los Fallos que son revisados por las Cámaras, lo que consideramos “una conducta dilatoria de los bancos”, pues su responsabilidad en estos casos es manifiesta y probada en Actuaciones Administrativas y Judiciales. Institucionalmente vamos a continuar insistiendo en que los usuarios financieros, necesitamos de una UNIDAD FISCAL ESPECIALIZADA EN CIBERDELITOS, pues, está demostrado que esta modalidad de robos, va cambiando día a día y para combatirla se necesitan Agentes Judiciales Especializados y que se encarguen exclusivamente de la materia compleja y donde afirmamos que «los sistemas financieros no son infalibles, es más son permeables y por ello las personas deben tener seguridad plena en que no se quedaran sin sus ahorros y/ o haberes depositados en las Cajas de Ahorro Sueldo. Por último, desde la Defensoría del Pueblo, se insta a los bancos, cuando medien robos en los que no existe responsabilidad alguna de los usuarios, sumado a su buen perfil financiero, procedan a la devolución de las sumas de dinero pertinentes, “más allá de que continúe la investigación y las causas judiciales en sede penal, pues, no es necesario someter a los damnificados a tener que iniciar causas civiles como la antes descripta.