Afirman que no proceden si las instalaciones domiciliarias son inadecuadas-
El Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa, Dr. José Leonardo Gialluca, destacó la necesidad de que los inmuebles cuenten con instalaciones eléctricas adecuadas a fin de evitar siniestros, es decir daños a los electrodomésticos o en el peor de los casos, incendios con daños materiales cuantiosos. En este sentido, desde el Organismo de la Constitución, se expresó: “Las altas, bajas de tensión, interrupciones abruptas o programadas del servicio, pueden sucederse y de hecho suceden durante todo el año. Lo normal es que, frente a estas situaciones, en el caso de producción de desperfectos en aparatos eléctricos e incluso incendios domiciliarios, el damnificado acuda a la empresa prestataria de energía, en nuestro caso REFSA S.A., a los efectos de obtener un resarcimiento económico. Es entonces donde los reclamantes se encuentran con un serio inconveniente para acceder a lo que pretenden, pues la prestataria del servicio, solicita la acreditación de la existencia de instalaciones domiciliarias en condiciones, cosa que en la mayoría de los casos no existe. Ante esta imposibilidad, se recurre a la Defensoría del Pueblo y, desde el Organismo de la Constitución, se formaliza el reclamo a la prestataria quién reitera la solicitud de acreditación de instalaciones eléctricas realizadas en legal forma en los hogares, previo a considerar el requerimiento de indemnización a favor del usuario. Esta es la valla infranqueable ante la cual nos encontramos, subrayó el Ombudsman Provincial, pues incluso en el caso de acudir ante el Ente Regulador (EROSP), no obtenemos respuesta favorable, por idéntica razón. Es por ello que, conforme a los requisitos del Art. 2º inc. 3, del Reglamento de Suministro del Servicio de Energía Eléctrica, vigente a la fecha recomendamos que, cuando se realicen las instalaciones eléctricas en cualquier tipo de inmueble, las mismas sean verificadas por un electricista matriculado, pues estas las deben cumplir con requisitos técnicos y legales que, fundamentalmente, tienden a dar seguridad a los usuarios, previéndolos de cualquier tipo de daños en su seguridad personal o en el de sus bienes. En cuanto a los requisitos que deben cumplir las redes domiciliarias, según la Reglamentación para la Ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles de la Asociación Electrotécnia Argentina son: 1) Pilares de acometidas conformes al plano que debe proveer REFSA, con llave de corte bipolar y jabalina puesta a tierra; 2) Las instalaciones internas deben contar con cables de entre 4 a 6 mm para el ingreso del medidor al domicilio y de menor milimetraje para las bajadas a los puntos y tomas; 3) Tablero general y tableros por sectores del edificio que cuenten con interruptores diferenciales bipolares o en el mejor de los casos disyuntores; 4) Llaves térmicas o interruptores termo-magnéticos, según la cantidad de artefactos eléctricos con los que se cuenten, debiendo respetarse en cada caso la carga recibida por el tramo de instalación (ejemplo: para un aire de 3.500 f corresponde un interruptor de 20 amp. Todo ello en principio para resguardar la seguridad de los usuarios y la de sus bienes, eventualmente, en caso de siniestros, a los efectos de tener derecho a la indemnización correspondiente. –
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