El DEBIN “débito inmediato” permite realizar el pago online a una persona humana o jurídica en forma inmediata. Así, el vendedor emite la orden de DEBIN y el comprador la acepta o rechaza de acuerdo a lo establecido. Al aceptarlo, el dinero se debita y acredita automáticamente de una cuenta a la otra-

La Defensoría del Pueblo, remitió una formal actuación al BCRA, entidad reguladora del sistema financiero ante la aparición de una nueva modalidad de ilícitos, solicitando evaluar la implementación de nuevos mecanismos de seguridad. Desde el Organismo de la Constitución, se informó la aparición de esta modalidad de estafa virtual, a través del Debin (El DEBIN -débito inmediato- permite realizar el pago online a una persona humana o jurídica en forma inmediata. Así, el vendedor emite la orden de DEBIN y el comprador la acepta o rechaza de acuerdo a lo establecido. Al aceptarlo, el dinero se debita y acredita automáticamente de una cuenta a la otra), solicitando información sobre esta operativa y consultando sobre la posibilidad de implementar nuevos parámetros de seguridad, a los fines de evitar este tipo de situaciones. Asimismo, manifestó la necesidad de que todos los bancos realicen campañas de difusión para informar a sus clientes. El hecho sobre el que tomamos conocimiento consistió en una aparente estafa mediante Debin. El mecanismo consistiría en obtener los datos de cuentas de las víctimas utilizando como pretexto una supuesta operación comercial y generar un DEBIN. Luego se comunican y avisan de una transferencia que requiere de autorización del destinatario, cuando la persona ingresa efectivamente observa una operación pendiente de ejecución y, al aceptar creyendo autorizar una transferencia a su favor, se le debita automáticamente el monto del Debin puesto por los estafadores. En ese contexto, se consultó al BCRA si no se deberían considerar nuevos parámetros de seguridad en este tipo de operatorias, tales como exigir factores de seguridad (PIN, token, coordenadas, SMS) o implementarse un sistema de alerta donde el destinatario pueda verificar efectivamente que la operatoria es de débito inmediato de fondos, instruyéndose a todos los bancos que procedan de esa manera.

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