El Gobierno Nacional, mediante una Resolución de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), dispuso que si una persona con discapacidad que percibe una pensión por invalidez fuera contratada laboralmente en relación de dependencia, seguirá cobrando dicha asignación siempre que el sueldo no supere cuatro jubilaciones mínimas neto, esto es un ingreso menor a $56.000.

El Ombudsman Provincial Dr. José Leonardo Gialluca, señaló que según la Resolución Nº 34/2020 publicada en el Boletín Oficial, las personas con discapacidad que posean una pensión no contributiva podrán seguir cobrando el beneficio, “mediante notificación a la Agencia Nacional de Discapacidad al inicio de la relación laboral”; por lo que ante cualquier necesidad de asesoramiento gratuito al respecto, solicito que los interesados se contacten con el Organismo de la Constitución a sus teléfonos fijos o móviles o correos electrónicos que se encuentran en la página de la institución. Advirtió que si la remuneración supera el límite establecido, al informarlo, la ANDIS procederá a la suspensión del beneficio, “aunque también se estipula en la medida que será inmediatamente rehabilitado en caso de despido o finalización de la relación laboral”. Esta decisión se adoptó debido a que las personas con discapacidad con derecho asignado a pensión no contributiva por invalidez otorgada hasta la fecha, frente a la posibilidad de conseguir un trabajo registrado, tomaban como decisión no acceder al trabajo porque caducaba su pensión no contributiva. Debido a ese problema, la persona con discapacidad «para volver a obtener el beneficio debía iniciar el mismo y esperar aproximadamente un año o más para volver a tenerlo y, de esa forma, optaban por quedarse con la pensión y no ingresar al mercado laboral registrado». Ahora, con esta nueva resolución, las personas con discapacidad que posean una pensión no contributiva, si tienen la posibilidad de conseguir un trabajo registrado, podrán mediante notificación a la ANDIS, requerir la continuidad o la suspensión del beneficio. Una vez finalizada la relación laboral, y percibido en caso de corresponder el subsidio por desempleo, deberá notificar dicha circunstancia en forma inmediata a la Agencia Nacional de Discapacidad, la que procederá a la restitución de la pensión no contributiva por invalidez, oportunamente otorgada. Gialluca consideró que con esta medida se garantiza a las personas con discapacidad el beneficio de la pensión no contributiva, favoreciendo el derecho al trabajo digno registrado y no en negro como venía sucediendo en la práctica, en los términos de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, y frente a la pérdida del mismo, el acceso al inmediato beneficio suspendido, brindando un apoyo efectivo del Estado para las personas con discapacidad. Adelanto, además que en los próximos días nos reuniremos con el titular de la Delegación de la ANSES Formosa Ing. Ricardo Oviedo, “para coordinar diferentes actividades que permitan facilitar gestiones y tramites a todos los beneficiarios tanto de capital como del interior provincial, inclusive llegando hasta Ing. Juárez, donde en la última gestión a cargo del Señor Hugo Leguizamón existieron graves denuncias de discriminación contra las comunidades originaria de nuestro oeste formoseño”.