La Defensoría del Pueblo informó respecto del estado de trámite de la -Acción Colectiva de Consumo- en curso por ante la Justicia Provincial en representación de los ahorristas y adjudicatarios de planes de ahorro de toda la provincia; señalando que hasta la fecha, no existe en todo el país una Resolución Judicial definitiva y firme a favor o en contra de los consumidores-

El Defensor del Pueblo de la Provincia, Dr. José Leonardo Gialluca, recordó a los ahorristas y adjudicatarios de planes de ahorro de Formosa, que se encuentra en trámite por ante el Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial, una Acción Colectiva de Consumo contra las Sociedades Administradoras de Planes de Ahorro en defensa de los intereses de los consumidores afectados por los excesivos aumentos de las cuotas de dichos planes y el consecuente estado de incapacidad de pago en que se encuentran la mayoría de los adherentes, solicitando que se ordene a las accionadas que readecuen los contratos de adhesión suscriptos por nuestros asistidos. En tal sentido señalo que, debido al contexto de -Emergencia Sanitaria y Aislamiento Social Preventivo Obligatorio- dispuesto por el P.E.N. al cual se adhirió nuestra provincia, incluido el Poder Judicial, actualmente los plazos se hayan suspendidos, por lo que, una vez, normalizada la actividad se llevará a cabo la -Audiencia Preliminar- que, quedara pendiente con la presencia de las empresas demandadas. Asimismo, informó a todos los interesados que, por las características de esta Acción, no es necesario sumarse a ella, ya que, todos los ahorristas con domicilio en nuestra jurisdicción quedan incluidos en dicha medida, a menos que, manifiesten expresamente ante el Tribunal, desistir ser parte del proceso. Por otro parte, ante las numerosas consultas referidas a las distintas -Medidas Cautelares- que vienen dictando los Juzgados en diferentes puntos del país y que tienen un fuerte impacto a través de los medios de comunicación, Gialluca expresó que, esos “fallos” constituyen -medidas provisorias- dentro de un proceso y que muchas veces, las mismas son apeladas o apelables por las empresas, pudiendo ser revocadas; y en caso de ser admitidas, igualmente pueden sufrir un revés con la sentencia definitiva. En cuanto a esto último es dable mencionar que, hasta el día de la fecha, en todo el país no hay Resolución Judicial definitiva sobre la cuestión, por lo que no existen precedentes a favor o en contra de los consumidores. No obstante, lo expresado el Ombudsman precisó que, a raíz de los numerosos planteos, desde el Organismo de la Constitución diariamente se realizan variadas gestiones administrativas ante las Sociedades Administradoras y/o los Estudios Jurídicos que las representan, obteniéndose acuerdos de pago posible para aquellos que se encuentran en mora o cesación de pagos, como otras salidas frente a las dificultades económicas antes señaladas; recordando además que, se halla vigente el diferimiento de las cuotas dispuesto por la Resolución Nº 14/2020 dictada por la I.G.J.N. Para asesoramientos sobre este y demás temas podrán hacerlo vía mail a: denuncia@formosa.gov.ar – depuefor@fibertel.com.ar, telefónicamente al 0370 -4436379 – 0800 444 1770, WhatsApp: 3704 365924; 3704 259358 y 3704 073359.-