Ante el nuevo DNU -Decreto de Necesidad y Urgencia- firmado por el actual Presidente Mauricio Macri y que se relaciona con la extinción de dominio y con el cual se pretende recuperar los activos o bienes que poseen personas físicas o jurídicas y que no las pueden justificar, para de esta forma aliviar las arcas fiscales y poder disminuir las cargas tributarias descomunales que vienen soportando los usuarios, consumidores y las PyMEs, desde la Defensoría del Pueblo de la Provincia su titular Dr. José Leonardo Gialluca señaló que otra vez se repiten errores groseros desde el Gobierno Central, ya que han actuado nuevamente sin el cuidado necesario para ser congruentes con el debido proceso y el consiguiente resguardo a las autonomías individuales.

En cualquier caso, la llamada extinción de dominio pretende que la propiedad puede extinguirse, lo cual es un absurdo, puede eso si transferirse a otro u otros, voluntaria o coercitivamente. Es decir que por fuera del Poder Judicial resultaría posible al Estado intervenir en un proceso judicial, “pero si el confiscado resultara luego inocente podrá iniciar una causa con lo cual obligatoriamente tendrá que ser resarcido”. En verdad la figura de la extinción de dominio es una escapatoria para ocultar la confiscación enfáticamente excluida de las facultades del poder político por la Constitución Nacional. Esto no quiere decir que no se puedan adoptar medidas precautorias, pero no se debe tergiversar sus resultados y evaluar cuando hay reales posibilidades de fuga del sospechoso, pero siempre en última instancia debe prevalecer el principio de inocencia hasta que la Sentencia Definitiva demuestre lo contrario. “Obviamente que no somos ingenuos en conocer que también hay elementos políticos que interfieren en esta situación, pero esto se resuelve con la debida aceleración de los pronunciamientos que tiene que hacer el Poder Judicial”. Es por esto que desde el Organismo de la Constitución se objetó enfáticamente el DNU de extinción de dominio ya que el Presidente de la Nación no utiliza el Congreso Nacional cuando las medidas que pretende ejecutar pueden ser rechazadas y en este sentido el DNU de extinción de dominio es tan solo un acto de campaña del Gobierno Nacional, ya que los DNU están vedados para materia penal. Evidentemente no nos queda más que pensar que el Gobierno Nacional trata con esto de ocultar la crisis social y económica que vive todo el País y le pedimos Institucionalmente al Ejecutivo Nacional que esta iniciativa sea debatida democráticamente en el Congreso. Por otro lado se recordó que ya existen medidas para recuperar bienes de origen ilegal y este DNU, “en un año bisagra y de campaña donde Cambiemos se juega la continuidad de su proyecto político o el cierre de una etapa. La contracara de todos estos manotazos irregulares están dados en que desde el Estado Nacional: “no se ha promovido y el Gobierno de Macri no habla del desempleo, de la deuda privada estatizada, del desmantelamiento de la industria nacional, del Conicet, del PROCREAR, de las jubilaciones, del Correo Argentino, de los Panamá Papers”, pero sí anuncia una extinción de dominio por Decreto de Necesidad y Urgencia que es absolutamente inconstitucional; y que quede en claro que entendemos que lo que se debe hacer, es dictar correctamente y ajustado a derecho todos los Instrumentos para recuperar, pero dentro de la ley, lo que se haya robado y dejando como lo autoriza la Constitución Nacional que sea el Poder Judicial el que actúe y no el Ejecutivo que lo único que pretende es llevar acabo, “un acto de campaña política con este DNU que no puede contemplar temas penales y por ello es absolutamente inconstitucional”.