-Fuertes críticas a la falta de responsabilidad empresarial y a la inexistencia de servicios técnicos para todos los bienes que ofrecen y venden a sus clientes-
Existen numerosas formas en que las empresas pueden promover la protección del consumidor, como por ejemplo los “Principios para unas Buenas Prácticas Comerciales”, donde se prevé que las empresas deben poner a disposición de los consumidores mecanismos de reclamos que les permitan resolver controversias de manera rápida, justa, transparente, poco costosa, accesible y efectiva. En este marco, la Secretaría de Comercio creó la figura del “Defensor del Cliente”. La misma se propicia para todos aquellos vendedores que voluntariamente la implementen y tendrá por finalidad atender y resolver en forma simple y expeditiva, las quejas y/o reclamos de sus consumidores o usuarios. Cabe resaltar que la figura que se crea no desplaza otros mecanismos de resolución de conflictos de consumo previstos por la normativa vigente; por el contrario, se complementa con otros ámbitos u organismos que tienen como finalidad dar respuesta al reclamo del consumidor. El Ombudsman Provincial Dr. José Leonardo Gialluca, denunció que las casas de venta de electrodomésticos de nuestro mercado local, carecen de buenos servicios técnicos y que algunas hasta no los tienen en nuestra propia ciudad, lo que nos ha llevado a tener que intimar a las mismas, frente a diferentes casos puntuales. Así con la intervención del Organismo de la Constitución se ha logrado, “el cambio de heladeras, cocinas, que estaban siendo pagadas aún por los consumidores y ya presentaban -fallas en su funcionamiento- y ante la ausencia de un servicio técnico y la ineficiencia y negligencia de las casas comerciales, se decidió intimarlas y así lograr posteriormente obtener que entreguen productos nuevos a sus propios clientes”. El funcionario provincial señaló que la Ley de Defensa al Consumidor cuando trata la temática del servicio técnico en el Capítulo IV, Cosas Muebles No Consumibles, en su art. 11- garantías “…el consumidor y los sucesivos adquirentes gozarán de garantía legal por los defectos o vicios de cualquier índole, aunque hayan sido ostensibles o manifiestos al tiempo del contrato, cuando afecten la identidad entre lo ofrecido y lo entregado, o su correcto funcionamiento…” La garantía legal tendrá vigencia por TRES (3) meses cuando se trate de bienes muebles usados y por SEIS (6) meses en los demás casos a partir de la entrega, pudiendo las partes convenir un plazo mayor. En su artículo Art.12. – SERVICIO TÉCNICO. Los fabricantes, importadores y vendedores de las cosas mencionadas en el artículo anterior, deben asegurar un servicio técnico adecuado y el suministro de partes y repuestos. Este artículo impone al vendedor, asegurar la prestación de un servicio técnico apropiado para mantenimiento y suministro de partes y repuestos cada vez que sea necesario, incluso cuando fuese requerido fuera de la garantía legal. Esta obligación que impone el Art.12 se deberá cumplir respetando los precios y condiciones del mercado. Ante estas permanentes irregularidades desde el Organismo de la Constitución se llevó a cabo un relevamiento entre los Responsables de los Servicios Técnicos de nuestra ciudad y los mismos nos explicaron que: “las casas comerciales los contratan, pero no les hacen llegar los repuestos para las reparaciones de cada línea de productos y además no les abonan por los trabajos que realizan, siendo “el blanco” preferido del malestar de los clientes cuando fallan o no funcionan lo que compraron y por ello han dejado de trabajar para las cadenas de ventas de electrodomésticos de nuestro medio”. Esta realidad hace que los vendedores de todo lo que se da en llamar productos de -línea blanca-, deben poseer los servicios técnicos adecuados aquí en nuestra ciudad o en el lugar que los comercialicen y por ello les sugerimos a los consumidores que se encuentren con estas situaciones, concurran a los lugares de ventas, exijan hablan con sus gerentes y hagan valer sus derechos y en caso de que no solucionen sus inconvenientes, concurran por ante la Defensoría del Pueblo, donde le iniciaremos los trámites gratuitos correspondientes para que cumplan con las garantías legales y/o en su caso con la sustitución de los artículos con vicios ocultos y que les fueron entregados en su momento.