Frente a las manifestaciones vertidas por el Senador Luis Naidenoff, respecto al análisis realizado de unas 100 facturas de energía electrica del mes de febrero, de las cuales 60 pertenecían a usuarios beneficiarios de Tarifa Social, concluyendo que la Distribuidora estaba aplicando mal la Tarifa Social, y entre otras expresiones, que: “…REFSA le está metiendo la mano en el bolsillo a los beneficiarios de la tarifa social…”(Sic.), desde la Defensoría del Pueblo, como lo hacemos habitualmente, clarificamos algunos aspectos que son indispensables para que los usuarios tengan un acabado conocimiento de la situación que estamos enfrentando todos como clientes de este servicio público monopólico.

Como ya lo dijéramos en anteriores ocasiones, el precio de la energía eléctrica para la Provincia es establecido por el EROSP a través de las Resoluciones que disponen los cuadros tarifarios en forma trimestral y, la Empresa Concesionaria del Servicio, actualmente REFSA, inexorablemente debe aplicar los mismos, sin ningún tipo de excepción. Debiendo destacarse que los valores que se fijan en los Cuadros reflejan y contemplan los precios del Mercado Mayorista Eléctrico que establecen el Ministerio de Energía y Minería de Nación, la Secretaria de Energía Eléctrica y el Ente Nacional Regulador de la Energía, este último, en lo que respecta al precio del transporte de la misma. La Resolución Nº 1.751/17 del E.R.O.S.P. publicada en el B.O en fecha 04/01/2018 –modificatoria de la Res.1.582/17 en virtud de los nuevos precios mayoristas fijados por la Res.1091-E/2017 de la Secretaria de Energía Eléctrica de Nación-, aplicable a los consumos del 01/12/2017 al 31/01/2018 y, que además dispone la reprogramación febrero/abril de 2018, ha establecido un nuevo sistema de cálculo de la Tarifa Social, con valores diferenciados para los primeros 150 kwhs/m, segundos 150 kwhs/m, terceros 150 kwhs/m y el excedente de 450 kwhs/m. Como surge de las Res. Nº 6/16, 7/16 y 111/16 del M.EyM los 300 KWH/M que se reconoce a los usuarios con Tarifa Social lo son al precio mayorista, por lo cual, es erróneo pensar y aún más grave difundir que del total de la factura se debe descontar lisa y llanamente el importe en pesos equivalente a 300KWH. Para ilustrar a la ciudadanía, el precio que paga la Distribuidora por la energía que vende CAMMESA –Empresa que monopoliza la comercialización de la energía en todo el país-, solo comprende la “materia prima” que hace al servicio, y esta debe ser transportada, trasformada y distribuida a cada usuario, todo lo cual conlleva un costo, que es cada día más elevado. Volviendo al tema de la facturación de las Tarifas Sociales, a principios del mes de marzo del año en curso, en este Organismo de la Constitución hemos recibido numerosas consultas por parte de “usuarios desorientados” porque en las facturas del Periodo 2/2018 les vino en concepto de Tarifa Social un monto significativamente inferior al consignado en las facturas del periodo anterior. Frente a esta situación, el Ombudsman Provincial, José Leonardo Gialluca, señaló que nos abocamos a analizar los casos traídos a nuestro conocimiento, y, como primera medida, en fecha 08/03/2018 enviamos a REFSA la Actuación Nº 623/18; requiriendo un Control de las Facturaciones y la Emisión de las Notas de Crédito que correspondieren. Por ello, lo denunciado por el Senador Naidenoff y algunos Concejales, no nos ha sorprendido para nada, y sí nos permite afirmar que realmente, “les cuesta sentarse a trabajar a favor de la gente, cuando esta Institución ya lo venía haciendo desde hace meses sobre el punto en cuestión, analizado por los nombrados como un gran hallazgo en el día de ayer”. Por otra parte hemos mantenido Reuniones con los Responsables de la Concesionaria para trasladar masivamente denuncias y encontrar soluciones. Así, una vez detectado que los errores obedecían a la falta de actualización/adecuación del programa/aplicativo de facturación frente al nuevo sistema previsto en el cuadro tarifario vigente para las lecturas de diciembre/17 y enero/18, cuyas facturas vencían en los meses de marzo y abril, y además de ello, habiendo efectuado nuestros cálculos con base a los valores y metodología del cuadro tarifario aplicable, continuamos formalizando reclamos contra la distribuidora por cada usuario afectado, requiriendo el reintegro de las sumas cobradas en exceso. Luego de todas estas gestiones efectuadas ante REFSA en defensa de los usuarios, y en este caso, de aquellos que se encuentran en un estado de vulnerabilidad aun mayor, el día viernes 06/04/18 nos han respondido que procederían a devolver los importes mal calculados en las sucesivas facturaciones, siendo alrededor de 25.000 los usuarios que percibirán los mismos. Por otro lado, cada reintegro que se efectivice, será controlado por esta Defensoría a los fines de que cada usuario reciba lo que realmente le corresponde y de no ser así, cuestionaremos la liquidación “caso por caso”. En este punto, informamos a la ciudadanía que en toda la Provincia existen alrededor de 182.000 usuarios, de los cuales, aproximadamente 80.000 son beneficiarios de la Tarifa Social. Teniendo en cuenta el número de devoluciones que efectuará REFSA, nos encontramos con que del padrón total, resultaron afectados entre un 13 y 14% de los usuarios. Por último, reiteramos que por el elevado valor actual de la energía electrica, los mayores consumos propios de una provincia electrodependiente, continuamos recolectando firmas para así poder obtener una -Tarifa Regional Diferenciada- para el NEA y NOA; ya que la promesa de no eliminarse más subsidios y de posibles reducciones de un 50% en la generación de futuros aumentos, es algo prometedor pero que queremos que se instrumente y obviamente que a la par, continuaremos demandando al EROSP, una mayor y eficaz fiscalización sobre los servicios públicos que se brindan en nuestra jurisdicción; pues hechos como este no pueden repetirse.