Desde la – Dirección de Educación y Patrimonio Cultural- de la Defensoria del Pueblo de la Provincia de Formosa en relación a la toma del edificio escolar donde funciona la EPET Nº 529 y el Instituto Superior de Formación Docente y Técnica de Villa Dos Trece por parte de un grupo de personas que se encuentran reclamando por el desplazamiento del cargo de Director Suplente de dicho Instituto Superior, lo que provocó que en el día de la fecha los docentes y alumnos de esas instituciones se encontraran con los portones con candado obstaculizándose el libre ingreso de los mismos al edificio para realizar sus actividades normales, razón por la cual se giraron Actuaciones al Ministerio de Cultura y Educación de la Provincia para que se arbitren en forma urgente las medidas pertinentes a fin de garantizar el normal dictado de clases tanto en la EPET Nº 529 y en el Instituto de Formación Docente y Técnica, dado que se encuentra actualmente vulnerado el derecho a la educación y al trabajo, ambos tutelados por nuestras Cartas Magnas Nacional y Provincial.
En el mismo edificio escolar funcionan estas dos instituciones la escuela primaria en el turno matutino y el Instituto Superior de Formación Docente y Técnica en horario vespertino de donde habría sido removido su Director Suplente, Sr. Pablo López Pereyra, viéndose directamente perjudicados y afectados los alumnos y maestros quienes no pudieron asistir normalmente a clases en el día de la fecha ante la medida adoptada por un grupo de personas que consideran como un acto de injusticia la situación que habría sido dispuesta por el Ministerio de Educación respecto al Directivo mencionado, razón por la cual este Organismo de la Constitución, solicito formalmente ante la Cartera de Educación que se dirima por el área que corresponda dicha situación sin que se perjudique a los alumnos que deben concurrir a clases como a los docentes que allí trabajan quienes son totalmente ajenos a la situación que ha llevado a que se adopte dicha medida.
Asimismo se solicitó a la Policía local que se garantice la seguridad de los ciudadanos y se eviten daños materiales a las instalaciones del edificio educativo que se encontraría con sus portones clausurados para impedir mayores perjuicios, advirtiendo a los manifestantes las consecuencias judiciales que podrían traer aparejadas esta acción delictiva que estarían llevando adelante.