Desde la – Dirección de Salud y Vivienda- de la Defensoria del Pueblo, se remitió la Actuación Nº 3068/17 al Presidente de la Cámara de Diputados de Nación, Dr. Emilio Monzó, solicitándole Institucionalmente en nombre y representación de los consumidores en general, especialmente de los jóvenes; se haga lugar a la modificación original enviada por el Gobierno Nacional de la Reforma Tributaria, “en lo que respecta a gravar las bebidas energizantes, que en el Articulo 112 estaban absolutamente excentas”.


El ombudsman Provincial, José Leonardo GIALLUCA, describió que son variados los estudios existentes, que determinan que las bebidas energizantes sin azúcar al contener altos porcentajes de proteína y taurina entre otras sustancias son peligrosas para la salud de los jóvenes y además se ha comprobado que los estudiantes que la consumen, un 66% de los mismos es más propenso a mostrar síntomas de hiperactividad. Los científicos y médicos poseen preocupaciones reales en cuanto al modo indiscriminado en como se comercializan estas bebidas energéticas y sus impresionantes marketing que llevan a ser mezcladas con alcohol y en donde con la taurina y otras sustancias esta comprobado que no solamente produce aumento del ritmo cardiaco, presión arterial alta, lo que en muchos casos ha llegado a ocasionar la muerte en personas que tenían condiciones cardiacas subyacentes. En la actualidad estas bebidas son sumamente demandadas y se las relaciona con un estilo de vida vanguardista- deportivo dirigida a los jóvenes principalmente y también existen mensajes de marketing que apelan a niños, lo que es realmente preocupante.
Por otro lado, el impuesto interno a las cervezas del 17% previsto en el proyecto se redujo al 14% mientras que para las artesanales el gravamen quedo fijado en un 8% .
Desde el Organismo de la Constitución se consideró como altamente positivo que el oficialismo nacional diera marcha atrás con los artículos 23 y 24 que terminaban con la excepción del pago del impuesto a las ganancias para cooperativas y mutuales.
Es que las cooperativas y mutuales son entidades gestionadas democráticamente por sus usuarios, cuyo objetivo no es la retribución al capital sino garantizar el acceso a los servicios en condiciones de equidad y transparencia. Para ello requieren un tratamiento tributario acorde a su naturaleza, “asimilar el tratamiento de una cooperativa o mutual al de una entidad lucrativa atenta contra la equidad, ya que no se puede tratar de igual manera a quienes son distintos”. Por ello en defensa del trabajo nacional, por el desarrollo local sostenible, por respeto a la sociedad civil que organizada en cooperativas y mutuales da respuesta desde la solidaridad y la ayuda mutua a las necesidades de sus miembros y de la comunidad, y por respeto a las leyes vigentes y a la Constitución Nacional, el cooperativismo y mutualismo, conjuntamente con varias Defensorías del Pueblo, entre ellas la de Formosa, habíamos pedido que las mismas no pagaran el impuesto a las ganancias y de esta manera con beneficiar a todas estas entidades que existen en nuestra provincia.