El actual Subsecretario de Defensa al Consumidor de la Provincia del Chaco, dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Servicios, Dr. Ricardo Walter Marimón, se reunió en la Sede de la Defensoría del Pueblo con el Ombudsman José Leonardo Gialluca.


El objetivo de este encuentro, se centró en la necesidad de coordinar acciones Institucionales en defensa de los usuarios, consumidores y vecinos de cada provincia, ante las realidades y demandas comunes que se dan en las dos jurisdicciones.
Así se abordó la urgencia de continuar trabajando para obtener una Tarifa Regional Diferenciada de la energía, que alivie los altos costos que pagan los usuarios finales producto de los tarifazos impuestos desde el Gobierno Nacional y por otro lado la perentoria necesidad de implementar medidas administrativas y legales para encontrarle una solución a la temática de las esperas de los ciudadanos tanto en Bancos, Organismos Públicos, y Privados. En este sentido, la Provincia del Chaco, ya ha sancionado la Ley 7.780, cuyo Artículo 1º, establece normas para la atención de usuarios y/o consumidores en establecimientos comerciales, empresas de servicios públicos, entidades bancarias y/o financieras de la provincia, que registren una concurrencia masiva y requieran una atención personalizada de los mismos, a efectos de garantizar el trato digno y correcto, estableciéndose un mecanismo claro, ágil y eficaz de atención al público de conformidad con lo establecido en el Art. 5 de la Ley Nacional 24.240, Art. 42 de la Constitución Nacional y otros. Artículo 2º, será considerada infracción a la presente, la espera por un lapso mayor de 30 minuto.- Y su reglamentación le permite girar todas las Actuaciones a los Tribunales de Faltas, cuando las Entidades Bancarias, las Obras Sociales u otros sectores “denigran a los ciudadanos con largas y tediosas como inhumanas horas de esperas que conculcan Derechos y Garantías Constitucionales, además de Derechos Humanos fundamentales”.
El Defensor del Pueblo, José Leonardo Gialluca, se comprometió a presentar el Proyecto de Ley respectivo por ante la Legislatura Provincial, y bregará para que su reglamentación por Decreto permita que la Autoridad de Aplicación, gire las Actuaciones a los Juzgados de Paz, quienes podrán imponer las sanciones que contemple la norma.
Por otra parte, ambos funcionarios, analizaron la necesidad de implementar políticas inclusivas y no discriminatorias hacia las Comunidades Paraguayas de ambas provincias y por ello la Subsecretaría de Defensa del Consumidor hizo entrega al Ombudsman Provincial de la Ley Nº 24.240 modificada por la Ley Nº 26.361 de Defensa del Consumidor “traducida totalmente al guaraní”, (LÉI PY. 24240 OMBA ‘EJOGUÁVA MO’ ÃMBY – OIKE ÑEMOAMBUE PAHA LÉI PY. 26.361 RUPI). Ambas partes consideraron que estas iniciativas implican una visión integracionista de los distintos sectores de nuestra sociedad, de la Argentina y Latinoamérica, que permitirá una más fluida interrelación con aquellos vastos sectores que hablan guaraní y que habitan la Argentina, y que según los últimos datos estadísticos, constituyen uno de los mayores flujos migratorios a nivel nacional, seguido por ciudadanos bolivianos, chilenos, peruanos y uruguayos. Por último y siempre a través de la «Dirección de Derechos Humanos, y Grupos Minoritarios – Discriminación – Xenofobia – Trata de Personas – Discapacidad», se analizó la actual situación de Derechos y Garantías de las que son titulares las Comunidades Qom y en este contexto, el Subsecretario de Defensa al Consumidor de la Provincia del Chaco, hizo entrega en la Sede de la Defensoría del Pueblo de ejemplares de la Ley 24.240 y otras normativas sobre Regulación de las Relaciones de Producción y Consumo, en lengua QOM y a la que se le adhiere en Sistema Braille escrito y audios con la finalidad de encontrar la más fluida relación con todas nuestras Comunidades Originarias.