Desde la – Dirección de Salud y Vivienda- de la Defensoría del Pueblo, se concretó una formal presentación al actual Director Ejecutivo del PAMI, Lic. Sergio Daniel Cassinotti, que al igual que el resto de las Defensorías Asociadas en ADPRA; “ se ha requerido que las diferentes y graves problemáticas de los millones de afiliados al PAMI, al haberse impuesto unilateralmente un -sistema capitado- que implica ya inconvenientes en las prestaciones de salud para los adultos mayores; que en forma urgente se aborde – por provincia- y con las autoridades de las UGL junto a funcionarios del PAMI Central con poder de decisión, las actualizaciones y reestructuraciones de pagos por los servicios que se prestan”.


El Ombudsman Provincial, José Leonardo Gialluca, denuncio que tomando como ejemplo el Colegio de Bioquímicos de Formosa, que posee una ordenada administración y donde el importe mensual promedio gastado por el PAMI, “es el más bajo del país”; sin embargo se lo margina y se lo castiga como a otros prestadores de la salud de nuestra provincia, y se termina perjudicando a los afiliados y por ello pedimos al Gobierno Nacional y al PAMI, que reconsidere estos ajustes sobre la salud de nuestras abuelas y abuelos, pues es evidente que la decisión es que quede solamente un PAMI residual, pequeño y pasarle los beneficios económicos a las grandes clínicas y centros de salud, a las grandes corporaciones farmacéuticas, jugando con la vida de la gente y esta es una realidad que no se puede ocultar y que hoy está en manos de una decisión del Gobierno Nacional en no convertir a cada jubilado en un número y que los montos que se paguen alcancen a cubrir los costos.
Institucionalmente apoyamos las decisiones políticas que han implicado denunciar todos los convenios irregulares o con la industria de los medicamentos, no nos oponemos a las auditorias y a los controles y por ello desde este Organismo de la Constitución también hemos solicitado la intervención de la Defensoría de la Tercera Edad, a cargo de Eugenio Semino, para que el acceso a los medicamentos y a las coberturas de prestaciones que requieran los afiliados al PAMI sean cubiertas sin poner en riesgo la integridad psicofísica de los mismos.