Dada la inacción de los Organismos de contralor y fiscalización y siendo que las prestatarias de telefonía celular, continúan brindando un “pésimo y desastroso servicio”, a lo cual se le suma que los usuarios pagamos elevadas sumas de dinero, ya sea que tengamos sistemas con facturación o prepagos en todo el territorio de nuestra provincia (saldo virtual); las comunicaciones tanto por telefonía celular e internet, padecen graves interrupciones e irregularidades que deben ser subsanadas en defensa de los derechos de los usuarios. La variedad de reclamos por la mala calidad de servicios van desde: “falta de señal, falta de cobertura, SMS que llegan después de horas, errores de facturación, venta de equipos deficientes, venta de equipos con mayores prestaciones de las que puede brindar la red, servicios no solicitados, etc.

Es que a la falta de inversiones que viene denunciado la Defensoría del Pueblo por parte de todas las empresas de telecomunicaciones, principalmente Telecom Personal que es la que tiene la mayor cantidad de clientes, y en donde en pequeñas provincias como la nuestra las mismas directamente no están interesadas en invertir para mejorar el servicio, pues lo único que les interesa es el universo de aparatos de telefonía móvil que representa aproximadamente dos (2 )unidades por habitantes de los 40 millones de ciudadanos de la Argentina, y de hecho se instala la mayor cantidad de antenas en ciudades y provincias importantes discriminando a Formosa. El Defensor del Pueblo señalo que en los últimos tiempos el Gobierno Nacional, “ha avanzado en regulaciones parciales”; entre las que se puede mencionar la aplicación de la portabilidad numérica, el anuncio y aparición de Arsat en el mercado de telefonía móvil, la aplicación del daño directo frente al colapso de las proveedoras del servicio, la determinación de que solo se permite tarifar desde la conexión efectiva de la llamada, la obligación de fraccionar las llamas por segundos, y el llamado a un proceso de elaboración participativa para un nuevo reglamento para el usuario.

Frente a estas situaciones, el Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca expreso que a pesar de estos avances parciales, “la mala calidad del servicio no ha mejorado y se mantiene inalterable desde hace muchos años” y al estar convencidos de que las empresas han priorizado la venta de servicios, sin haber realizado las consiguientes inversiones previas indispensables para sostener el servicio vendido; nos vemos obligados a interponer ante el Juzgado Federal una Acción Judicial que tenga por efecto hacer realidad lo dispuesto por el Decreto 681/13 publicado en el Boletín Oficial y donde dicho Instrumento explica claramente que se otorga a la Secretaría de Comunicaciones a cargo del Dr. Norberto Berner, la facultad preventiva de evitar un deterioro grave en la calidad de los servicios de telecomunicaciones. Se lo instruye además, a que proceda a establecer de acuerdo a la evolución tecnológica y a las modalidades en la prestación de los servicios de telecomunicación, nuevos parámetros objetivos de calidad, que deberán ser cumplidos por los licenciatarios.

El Defensor del Pueblo agrego que para ello, se ha incorporado el Art. 10 bis al Reglamento de Licencias para Servicios de Telecomunicaciones que como Anexo 1 forma parte de otro Decreto, el Nº 764 de fecha 3 de septiembre del año 2.000 y sus modificatorias que establece medidas preventivas del deterioro en la calidad del servicio y en donde la Autoridad de Aplicación, podrá disponer con carácter preventivo antes que se continúe agravando la calidad del mismo de telecomunicaciones, LAS MEDIDAS QUE RESULTEN IDONEAS PARA GARANTIZAR LA CALIDAD DEL SERVICIO, y le cabe a la Secretaria de Comunicaciones como parte del Estado Nacional hacer realidad lo que determina el Decreto Nº681/13   que es proveer los medio necesarios tendientes a lograr un mejor desarrollo de los servicios de comunicaciones procurando un mayor beneficio para los usuarios, conforme la –manda- establecida en el Art 42 de la Constitución Nacional.