Desde la -Dirección de Derechos del Consumidor, Usuario y Contribuyentes, Relaciones de Consumo- de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa, se rechazo la exigencia del Ministro de Justicia, Germán Garavano, para que la  Corte Suprema de Justicia intervenga frente a los amparos que frenaron los tarifazos en los servicios públicos, «para empezar a generar certidumbre» según él.

El Ombudsman Provincial,  Dr. José Leonardo Gialluca, consideró como una intervención inaceptable del Poder Ejecutivo Nacional  en las decisiones que debe impartir cada uno de los distintos juzgados federales de todo el país ya que la decisión política del aumento desmesurado en las tarifas energéticas y de gas han sido desproporcionadas y no se han cumplido con requisitos esenciales, como lo es el de las Audiencias Públicas, lo que tiene en vilo a miles de usuarios , que no pueden hacer frente al pago de los montos que les vienen en cada factura.

En esto, no se le puede pedir a la Corte Suprema que convalide el tarifazo, pues el Gobierno Nacional no tuvo en cuenta por ejemplo para las provincias del NEA, que somos absolutamente electrodependientes, que no tenemos a la fecha gas por redes y que de un día para otro se incrementaron las tarifas en un 500% y que la Tarifa Social de 150 kv o de 300 kv es una frazada demasiado corta y mas lo será cuando tengamos temperaturas de 50º durante las 24 horas del día.

Afirmar que el Gobierno Nacional, no interfiere ni presiona a través del “per saltum” solicitado por la Procuración del Tesoro a la Corte Suprema, es tomarnos el pelo a todos los usuarios y esperamos  que la Corte rechace este pedido y ponga certidumbre, pero a favor de la parte más débil de toda esta relación que somos los consumidores. Decir que los fallos judiciales que frenaron los aumentos en las tarifas de electricidad y gas generan una situación irregular y que tienen deficiencias técnicas por parte de un Ministro de Justicia de la Nación es insultante para jueces que se fundaron en hechos y normativas vigentes, que entendieron que el aumento dispuesto por las Resoluciones Nº 6 y 7 del Ministerio de Energía y Minería de Nación, fueron dictadas sin ajustarse a derecho y vulnerando garantías constitucionales esenciales.