La Defensoría del Pueblo, a través de su Dirección de Defensa del Consumidor, Usuario, Contribuyentes y Relaciones de Consumo, remitió una actuación al Presidente del Banco Central de la República Argentina (BCRA), Dr. Federico Adolfo Sturzenegger, a los efectos de que revea la medida mediante la cual dispuso que los bancos puedan enviar a sus clientes los resúmenes de cuenta o de tarjetas de crédito a través de medios electrónicos, tales como el correo electrónico o el acceso a través de home banking.

“En principio – remarcó la Defensora del Pueblo Adjunta de la Provincia, Sylvina Portillo – la medida guarda un grado de coherencia pues, conforme se explicó desde el BCRA, apunta a salvaguardar el Medio Ambiente, es decir evitar la emisión de los comprobantes en soporte de papel. Asimismo, entre otras cosas, se aspira a bancarizar a todos los estratos sociales, previendo también otros usos de la tecnología, tales como el envío de e-mail o SMS para comunicar fechas de vencimientos de cuotas de préstamos o pagos de tarjetas de crédito. El cuestionamiento que realizamos a las autoridades BCRA, guarda relación con que, además, se dispuso que, los clientes que deseen mantener el envío en papel, no sólo tienen que solicitarlo expresamente, sino que, además, deben asumir el costo del envío postal, lo cual genera situaciones de injusticia. En primer lugar, hay personas que no están consustanciadas con la tecnología y que no tienen a quien acudir para informarse por medios electrónicos de las novedades de sus cuentas, por tanto caerían en una desinformación perjudicial a sus intereses. Por otra parte, el nuevo sistema, prevé lo que se denomina la “adhesión compulsiva”, es decir, los clientes bancarios y de tarjetas, son obligados a aceptar el nuevo sistema, excepto que expresen lo contrario. Pero sin dudas lo más cuestionable, subrayó la Defensora Ajunta, es que se desplaza el costo de la emisión de los resúmenes, los que, en adelante, serán a cuenta de los clientes, sumándose al cuestionado cargo por emisión. Esto es lo más grave, pues la Ley de Defensa del Usuario y Consumidor Nº 24.240, en su Art. 4º impone a todo proveedor de bien o servicio el deber de informar, de manera adecuada, veraz y suficiente sobre las características esenciales de los mismos. Esta disposición, va en contra de la ley, pues hace caer en cabeza de los consumidores el costo del cumplimiento de una obligación imputable a bancos y prestadoras de tarjetas que, eventualmente, son socios. Es decir, se carga sobre el extremo más débil de la relación de consumo, el cliente, un gasto del cual deben hacerse cargo quienes están lucrando con un servicio que le prestan y esto es lo que esperamos que entiendan las autoridades del BCRA. La medida va en contra de la Ley de Defensa del Usuario y Consumidor, atenta contra el derechos a la información de los consumidores y, por tanto, debe ser inmediatamente corregida.-”