-El Ombudsman Provincial, informó que hemos peticionado a la Municipalidad de la Ciudad de Formosa que, se dicten las normas para que este sistema de transporte pueda ser utilizado por los vecinos, no solo por sus beneficios, sino también porque se constituye en una alternativa más accesible y a su vez origina nuevas fuentes laborales, sin perder de vista que al mismo tiempo constituye una actividad lícita garantizada por el art. 14 de la C.N. y contemplado por el art. 1280 del CCyC y de ahí la necesidad de su regulación para resguardar los derechos de los usuarios y consumidores. Institucionalmente apoyamos las actividades que despliegan estas plataformas electrónicas, pero no se debe perder de vista que, “Uber no solo organiza el servicio de transporte, sino que impone tarifas, las regula, da de alta a los conductores, de baja y también los sanciona”, y por ello, debe reconocer el Poder de Policía, tanto de las Autoridades Competentes de la Provincia de Formosa, como de la Municipalidad de la Ciudad, para estar conforme a la Ley-
El Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa, Dr. José Leonardo Gialluca, señaló, que Uber es una “plataforma tecnológica” que conecta a Socios Conductores con Usuarios por medio de una aplicación de celular. El Usuario obtiene así una alternativa de transporte rápida, segura y confortable para trasladarse de un punto a otro de la ciudad en un principio. Advirtió al mismo tiempo que, “afirmar como lo hace esta empresa de que a falta de regulación para los viajes compartidos no le impide funcionar en nuestra ciudad”, es una verdad a medias. Lo que no dicen los responsables de Uber es que en nuestro país lo que se debate es, si el mismo es un servicio público de transporte y, por lo tanto, necesita de la autorización y regulación que tienen los demás servicios, o si se trata de un servicio de transporte entre privados al ser una empresa de tecnología. Desde abril de 2016, cuando comenzó a operar en la Argentina, Uber sostuvo que su operatoria es legal de acuerdo con el artículo 1280 y siguientes del Código Civil y Comercial Argentino que refiere a los contratos de transporte “entre privados”. No obstante, lo cual, en varias ciudades donde el servicio no ha sido regulado, se retienen los vehículos por “transporte ilegal”, toda vez que se considera que Uber encuadra en el ámbito de los transportes. En la práctica, Uber ha entrado en nuestra provincia por la fuerza y clandestinamente, lo que permitirá a las Autoridades Municipales Competentes, desplegar las acciones que correspondan. Este accionar no es nuevo, Uber siempre actuó de esa manera, tanto en argentina, como en otros países, “ingresa, actúa, presiona y después se sienta a negociar las condiciones con las Autoridades Provinciales o Municipales de donde se trate”. Es por ello que, Provincias como Mendoza, Corrientes y otras, “han blanqueado esta situación y los choferes de Uber para poder trabajar deben tener una habilitación municipal y cumplir con una serie de requisitos para brindar el servicio”, todo lo cual, ha terminado beneficiando hoy en día a miles de usuarios, frente a las deficiencias y abusos de otros servicios tradicionales, entre los que se encuentran el transporte público de pasajeros, remises y taxis.