El Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa Dr. José Leonardo Gialluca, afirmó que, frente al fracaso de la nueva Ley de Alquileres se hace necesario que todos los Bloques de la Cámara de Diputados del Congreso de la Nación suspendan esa norma, por un tiempo prudencial, hasta tanto se pueda consensuar un nuevo proyecto, considerando los distintos aspectos de las más de 7 iniciativas existentes, con el objetivo de que tengamos una ley que contemple los intereses, tanto de los inquilinos, propietarios e inmobiliarias. Gialluca, señaló que no estamos a favor del Proyecto de Derogación de la Ley de Alquileres, presentada por la Diputada Radical Karina Banfi, pues hay varios artículos de la ley actual que se pueden mantener y lo que se deben modificar no son más de 3 o 4 para resolver esta situación.

El Organismo de la Constitución realizó una comparación entre lo que establece, la Ley Nº 27.551 y un Proyecto presentado por el Diputado Nacional José L. Gioja del cual se desprende que: * la ley 27.551 en cuanto a Precio, no disponía tope, el proyecto de Gioja, en lo que hace a precio inicial del alquiler señala como tope un 20% adicional al que corresponda con el ajuste anual previsto por la ley actual y en caso de renovación tendrá un tope del 10%; * Requisitos, la ley mantiene opciones de garantía: Título de propiedad inmueble, Seguros de caución, Garantías de fianza, Garantía personal, con recibo de sueldos, en tanto el proyecto en cuanto a Requisitos, en el caso de Monotributistas determina que los que otorguen seguros de caución deberán aceptar tomadores a las personas inscriptas en el régimen simplificado y no podrán requerirles, más que la constancia de inscripción y comprobantes de pagos, de los últimos seis meses, ni podrán cobrarles más que a los empleados en relación de dependencia; * Registración, la ley de alquileres vigente, obliga a los locadores a declarar ante la AFIP los contratos y establece sanciones en caso de que no se haga, el proyecto establece que la AFIP deberá publicar en su página web, el Registro de Inmuebles Locados con destino a vivienda, el que será de acceso libre e incluirá el domicilio, fecha de entrada en vigencia del contrato y precio de alquiler inicial. En este contexto, desde el Organismo de la Constitución se remitió una sugerencia al Presidente de la Cámara de Diputados de la Nación Sergio Massa, en la que se requirió que se suspenda la ley de alquileres y que en el proyecto que se consensue entre los bloques, tenga en cuenta especialmente los siguientes puntos: que la duración mínima del contrato disminuya de 3 años a 2; que la actualización de los montos sea semestrales y no anuales; en cuanto al precio que se permita un libre acuerdo entre las partes, o en su caso regulación del precio inicial, constituyéndose este punto en el más controvertido toda vez que si el Estado reglamenta excesivamente, se produce una escasez de oferta en el mercado de propiedades para alquilar y por ello es fundamental trasparentar la oferta de los alquileres, evitar las publicidades engañosas y establecer canales de denuncias ante el incumplimiento de la legislación aplicable. En cuanto al impuesto a la vivienda vacía, la Defensoría sostuvo que debe ser establecido, pues su función es limitar las especulaciones de los propietarios y que de esta manera aumente la oferta para que bajen los precios, al mismo tiempo se debe formular un plan de construcción y adquisición de inmuebles por parte el Estado Nacional y las 24 provincias, que se destinen a alquileres sociales, esto es a precios accesibles o más bajos que los del mercado. También es necesario que el Estado establezca una medición oficial de precios de los alquileres y controlar todo lo relacionado a las transferencias de impuestos a los inquilinos, precios dolarizados, facturaciones e indexaciones violatorias a la legislación vigente.