El Ombudsman Provincial, José Leonardo Gialluca afirmó que se remitirán al Foro de Periodismo Argentino (FOPEA), ADEPA (Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas) y a la Fundación LED (Libertad de Expresión + Democracia), las pruebas que demuestran que lo expresado públicamente por Fernández Acosta y González, nada tiene nada que ver con el derecho de libre expresión y publicación de las ideas por la prensa y mucho menos con la labor periodística, más bien sus dichos se identifican con actos y conductas que son punibles por el CPA

Consultado respecto de los extremos de la denuncia penal interpuesta contra dos ciudadanos que conducen un programa radial por intimidación pública e instigación a la violencia colectiva, más precisamente Leonardo Fernández Acosta y Julieta González, el Ombudsman Provincial, José Leonardo Gialluca, remarcó: “Desde resonados casos de condenas a periodistas por expresiones y/o publicaciones realizadas y más allá de entrar en el detalle de cada uno de ellos, diré que apoyo la postura de FOPEA respecto de la no utilización del Derecho Penal para condenar a periodistas por difundir información. Es por ello que pondré en conocimiento del Foro y de otros Organismos, el material que tenemos a disposición, en el que Fernández Acosta y Julieta González, realizan afirmaciones muy alejadas de la labor periodística y más propias de una reunión privada de militantes de un partido político. Pues, una cosa es informar y publicar libremente las ideas por la prensa en los términos en que lo autoriza el Art. 14º de nuestra Constitución Nacional, lo cual es loable, si se realiza desde el noble ejercicio de la profesión del periodista o el comunicador social más aún. Pero nada tiene que ver con la importante función periodística el pretender denigrar a personas, con abstracción de quien se trate, mediante apelativos descalificantes por su edad o lisa y llanamente insultándolas, llamando a uno imbécil, a otro bufón de la corte o hijo de remil pu….. para, a renglón seguido, invitar a no votar a determinados candidatos. Consideramos hasta saludable la sanción a quienes, escudándose en una supuesta labor periodística, infringen leyes específicas que tutelan el orden público y lesionan la honra y dignidad de las personas. Pues una cosa es el trabajo que a cada uno nos toca realizar, sea desde la función pública o privada, la cual debe ser llevada con un absoluto respeto de las normas legales y otra muy diferente es pretender utilizar el lugar que eventualmente ocupamos para atacar, las Instituciones de la democracia, pedir la intervención del Estado Provincial por medios violentos y también la honra y el honor de las personas, peor aún para crear en la gente un estado de sobresalto, hechos que resquebrajan el tejido social o la integridad de las personas y que, por ello, están previstos y son sancionados por el Derecho Penal, en un Estado de Derecho que se concibe solamente con una Justicia que ponga cada cosa en su lugar. Gialluca sentenció que es contradictorio que quiénes dicen luchar por la libertad, por el respeto, por la no discriminación, estén permanentemente ultrajando a otros. Es bueno tener presente que, los insultos, son una forma de “violencia psicológica” y a la “violencia física” hay sólo una fina línea. La libertad de expresión entonces no es una “licencia” para el acoso, el insulto, la falta de respeto a lo que son los derechos de toda persona: su dignidad, su derecho a la seguridad, sino que es la capacidad y la posibilidad de denunciar todo lo que sea denunciable. Por ello, es que nunca avalaremos censura alguna, pero tampoco, el libertinaje sin sentido.

 

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