Sobre el arranque de la semana la Defensoría del Pueblo, recibió numerosas quejas de beneficiarios de jubilaciones y otros beneficios sociales que perciben sus haberes en determinadas entidades bancarias con asiento en nuestra Provincia en el sentido de que al realizar sus operatorias de retiro de sus salarios por “cajeros automáticos” se encontraron con una novedad ya que previo a habilitar el ingreso a las operatorias de extracción de efectivo los mecanismos electrónicos (cajeros automáticos), realizaban nada menos que la oferta de contratación por un seguro de vida, poniendo en la disyuntiva de los perplejos clientes de las entidades si el no aceptar la contratación le vedaría o no el cobro de sus ingresos.
Las personas que acudieron a la Defensoría, en su totalidad, cancelaron la operatoria que estaban realizando por el cajero y acudieron a consultar al organismo, desde donde se les informó que la aceptación de la oferta no es obligatoria para que puedan retirar el dinero de sus cajas. No obstante lo cual, se informó que varias personas aceptaron, en la convicción de algunas que, si no lo hacían, no podrían continuar operando en el cajero automático y otras por simple desconocimiento. Sobre este particular, el Ombudsman Provincial, José Leonardo Gialluca, señaló que: “Resulta detestable la maniobra realizada por ciertas entidades bancarias que a sabiendas de la necesidad, ligereza e inexperiencia de vastas franjas de beneficiarios de pensiones y/o jubilaciones nacionales colocan a los mismos frente a estas situaciones que pueden generar y de hecho generan abusos”. “Media una flagrante violación al deber de informar veraz y adecuadamente a los consumidores de los servicios bancarios – subrayó el Secretario Letrado de la Defensoría, José Porfirio García – La Constitución Nacional, en su Art. 42. Hay un atropello a elementales normas técnicas de información a los clientes, establecidas a fin de proteger la voluntad negocial de los mismos. En realidad, remarcaron los funcionarios, la realidad cotidiana nos demuestra que el común de la gente “desconoce” la normas y técnicas propias de la actividad financiera y es por ello que las entidades bancarias deben hacer el mayor esfuerzo por brindar el mayor cúmulo de información y abstenerse de colocar a sus clientes en la situación de contratar con una voluntad viciada, inducida al error o engaño. Los titulares de cuentas bancarias, más bien confían o deben confiar plenamente en sus bancos y tal confianza se cimenta en la imagen que la propia entidad refleja de sí misma en el medio en el que desarrolla su actividad. En este sentido claras disposiciones del Banco Central de la República (BCRA) contienen exigencias concretas que estimamos han sido desconocidas en el caso. Estos deberes, que pesan sobre las entidades bancarias, las obligan a informar adecuada y verazmente a fin de posibilitar que los usuarios de los servicios bancarios, no caigan en contrataciones “no deseadas”, con el enorme perjuicio económico que les acarrea el tener que hacerse cargo de cuotas por pagos de bienes o prestaciones aceptadas ante el error o el desconocimiento surgido de la circunstancia de haber sido ofrecidos en medio de operatorias de extracción de dinero, las cuales se caracterizan por su automatización, celeridad y brevedad. Finalmente desde el Organismo de la Constitución aseguraron que, luego de las intimaciones cursadas se están realizando constataciones en diversos cajeros automáticos que funcionan en la Provincia y de persistir la “irregularidad” enunciada y de persistir la “irregularidad” enunciada, dentro de las próximas 24 hs. se comunicará tal extremo a la Superintendencia de Entidades Bancarias dependiente del Banco Central de la República Argentina, cuyo titular es Miguel Ángel Pesce, para que se adopten las medidas que el caso amerita, sin perjuicio de otras acciones administrativas y/o judiciales que tanto la Defensoría como los afectados adopten ante la gravedad de los hechos.