{"id":9813,"date":"2019-11-10T15:08:05","date_gmt":"2019-11-10T18:08:05","guid":{"rendered":"http:\/\/2015.defensoriaformosa.gob.ar\/?p=9813"},"modified":"2019-11-10T15:08:05","modified_gmt":"2019-11-10T18:08:05","slug":"la-defensoria-del-pueblo-advirtio-sobre-publicidades-y-promociones-enganosas-y-pidio-que-se-denuncien-las-mismas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=9813","title":{"rendered":"LA DEFENSORIA DEL PUEBLO ADVIRTIO SOBRE PUBLICIDADES Y PROMOCIONES ENGA\u00d1OSAS Y PIDIO QUE SE DENUNCIEN LAS MISMAS"},"content":{"rendered":"<p><strong>La publicidad enga\u00f1osa es una modalidad de publicidad que suele incluir informaci\u00f3n equivocada o claramente falsa sobre un bien o servicio en particular, con intenci\u00f3n de generar confusi\u00f3n en el p\u00fablico y alterar su comportamiento como consumidor para que \u00e9ste forme una idea del bien o servicio alejada de la realidad. <\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Siempre a la hora de llevar a cabo la campa\u00f1a publicitaria se destacan determinados aspectos sobre el producto para llamar la atenci\u00f3n del comprador potencial y de esta manera aumentar el nivel de ventas. \u00bfC\u00f3mo define la ley a la publicidad enga\u00f1osa? Una publicidad es enga\u00f1osa cuando contiene indicaciones falsas u ocultamientos que induzcan o puedan inducir a error, enga\u00f1o o confusi\u00f3n al consumidor. En nuestro pa\u00eds, el Art. 9 de la ley de Lealtad Comercial (22.802) y el C\u00f3digo Civil y Comercial de la Naci\u00f3n (art. 1101) establecen su prohibici\u00f3n. Adem\u00e1s, la Ley N\u00ba 24.240 establece en su art\u00edculo 4 y el CCCN en su art\u00edculo 1100 disponen que \u201cEl proveedor est\u00e1 obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las caracter\u00edsticas esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercializaci\u00f3n\u201d. El efecto que logra una publicidad enga\u00f1osa \u2013que puede aparecer en soportes audiovisual o gr\u00e1fico, en diarios, redes sociales a trav\u00e9s de internet, televisi\u00f3n, radio, v\u00eda p\u00fablica, entre otros- es frustrar las expectativas del consumidor, haya comprado o no el producto. El enga\u00f1o puede ser real o posible; no se necesita que se haya consumado. Por eso la ley dice que \u201cinduzcan o puedan inducir\u201d a error al consumidor. El Ombudsman Provincial Dr. Jos\u00e9 Leonardo Gialluca, se\u00f1al\u00f3 que por la crisis social y econ\u00f3mica que venimos atravesando, en los \u00faltimos tiempos la publicidad enga\u00f1osa se ha convertido en una herramienta muy utilizada y que logra que centenares de consumidores concreten negocios o actos de comercio que luego terminan siendo o grandes estafas y tambi\u00e9n importantes defraudaciones. As\u00ed, existen numerosas formas de realizar una publicidad que resulte enga\u00f1osa, est\u00e1n son las principales: * Publicidad con t\u00e9rminos que puedan significar diferentes cosas y lleven a confusi\u00f3n al comprador, alterando su percepci\u00f3n del producto. *Utilizar fechas enga\u00f1osas en forma de promociones para apremiar al cliente a tomar su decisi\u00f3n de compra y que luego este periodo de tiempo no sea finalmente tan corto. *Omitir los costos adicionales del producto u otros datos importantes, o bien incluirlos de manera pr\u00e1cticamente oculta o ininteligible. Un claro ejemplo son aquellas ocasiones en las que no se incluye el importe del IVA en los precios finales de los productos. O no citar en contratos las cl\u00e1usulas de permanencia, especialmente en telefon\u00eda m\u00f3vil. *No informar de productos complementarios y necesarios para el disfrute del bien principal, como por ejemplo en el caso de un decodificador en los servicios de televisi\u00f3n de pago. *Publicitar como un beneficio otorgado graciosamente por el proveedor lo que no es m\u00e1s que una obligaci\u00f3n legal. Es el caso en que el proveedor le hace creer al consumidor que le brinda alg\u00fan beneficio o servicio \u201cextra\u201d, que s\u00f3lo \u00e9l le da o que se lo da por su propia voluntad, cuando en realidad es su obligaci\u00f3n impuesta por la ley. Ejemplo de esto puede ser la posibilidad de migrar de empresa de telefon\u00eda celular (portabilidad num\u00e9rica) o devolver un producto comprado a distancia (derecho de arrepentimiento de compras realizadas por internet, por tel\u00e9fono, etc.). * Exagerar alguna caracter\u00edstica de un producto, de manera tal que la informaci\u00f3n termina por ser falsa. Ejemplos de esto son las fotos publicitarias que vemos a diario, que exageran el tama\u00f1o de un producto, ya sea aument\u00e1ndolo (las hamburguesas de casas de comidas r\u00e1pidas) o haci\u00e9ndolo parecer m\u00e1s peque\u00f1o (un aud\u00edfono que pretende ser disimulado). *Utilizar envases, packaging, logotipos, nombres de fantas\u00eda y\/o razones sociales de empresas o productos que gozan del conocimiento y confianza de los usuarios y consumidores para inducirlos a adquirir el producto o servicio mediante el enga\u00f1o. Por ello, desde el Organismo de la Constituci\u00f3n, se record\u00f3 a los Formose\u00f1os una serie de recomendaciones para evitar que se conviertan en v\u00edctimas de publicidades enga\u00f1osas. Entre algunos puntos a tener en cuenta es que las ofertas deben contener la fecha precisa de comienzo y de finalizaci\u00f3n, modalidades, condiciones o limitaciones. Se enfatiz\u00f3 la importancia de controlar siempre las caracter\u00edsticas de los productos o servicios que se ofrecen en publicidades, \u201cpara poder exigir el efectivo cumplimiento de la oferta a los proveedores de bienes y servicios\u201d. Es importante guardar siempre un ejemplar de folletos o propagandas y denunciar los incumplimientos. Gialluca advirti\u00f3 que las precisiones detalladas en publicidades, anuncios, prospectos, circulares u otro medio de difusi\u00f3n, \u201cse tienen por incluidas en el contrato con el consumidor y obligan al oferente a respetarlas. Por eso tenemos que exigir su cumplimiento\u201d. Por esto, la ley establece la prohibici\u00f3n de realizar publicidades que mediante inexactitudes pueda inducir a error, enga\u00f1o o confusi\u00f3n, respecto de las propiedades, naturaleza, origen, calidad, pureza, mezcla, cantidad, uso, precio, condiciones de comercializaci\u00f3n o t\u00e9cnicas de producci\u00f3n de bienes muebles, inmuebles o servicios. El Defensor del Pueblo, record\u00f3 que los consumidores pueden presentar su reclamo en las oficinas de la Instituci\u00f3n o por correo electr\u00f3nico denuncia@formosa.gov.ar \u2013 depuefor@fibertel.com.ar.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La publicidad enga\u00f1osa es una modalidad de publicidad que suele incluir informaci\u00f3n equivocada o claramente falsa sobre un bien o servicio en particular, con intenci\u00f3n de generar confusi\u00f3n en el p\u00fablico y alterar su comportamiento como consumidor para que \u00e9ste forme una idea del bien o servicio alejada de la realidad.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":9814,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1,3],"tags":[],"class_list":["post-9813","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","category-defensa-de-los-derechos-del-usuario-consumidor-contribuyentes"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/9813","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=9813"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/9813\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":9815,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/9813\/revisions\/9815"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/9814"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=9813"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=9813"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=9813"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}