{"id":9456,"date":"2019-08-31T14:17:28","date_gmt":"2019-08-31T17:17:28","guid":{"rendered":"http:\/\/2015.defensoriaformosa.gob.ar\/?p=9456"},"modified":"2019-08-31T14:17:28","modified_gmt":"2019-08-31T17:17:28","slug":"afirmo-la-defensoria-del-pueblo-que-la-quita-del-iva-no-beneficia-a-las-familias-y-hogares-mas-pobres-y-menos-aun-a-los-sectores-medios-con-bajos-ingresos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=9456","title":{"rendered":"AFIRMO LA DEFENSORIA DEL PUEBLO QUE LA QUITA DEL IVA NO BENEFICIA A LAS FAMILIAS Y HOGARES MAS POBRES Y MENOS AUN A LOS SECTORES MEDIOS CON BAJOS INGRESOS"},"content":{"rendered":"<p><strong>Desde la Defensor\u00eda del Pueblo de la Provincia de Formosa, se afirm\u00f3 que la reducci\u00f3n del 0% de la al\u00edcuota del IVA aplicado a 13 productos alimentarios b\u00e1sicos, (Pan, Leche, Az\u00facar, Aceite girasol, ma\u00edz y mezcla, Pastas secas, Arroz, Harinas de trigo, Polenta, Rebozador y Pan rallado, Yerba mate, Mate cocido y t\u00e9, Conservas de frutas, Hortalizas y Legumbres, Yogur y Huevos), que luego se extienden a sus subproductos, con lo que su cantidad aumenta exponencialmente en n\u00famero y desde que ha sido implementado el mismo, esto es a partir del dictado del Decreto N\u00ba 567\/19 publicado el 16 de agosto del corriente a\u00f1o por el Gobierno Nacional y que tendr\u00e1 vigencia hasta el 31 de diciembre, \u00fanicamente viene beneficiando a los hogares y familias de ingresos medios y de mayores ingresos, pero no a los hogares m\u00e1s pobres y obviamente de menores entradas. <\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>El Ombudsman Provincial Dr. Jos\u00e9 Leonardo Gialluca, se\u00f1al\u00f3 que la medida entre los consumidores tuvo una buena aceptaci\u00f3n al principio de la misma, ya que se valor\u00f3 la intensi\u00f3n de aliviar la fuerte alza que ten\u00edan y contin\u00faan teniendo en la actualidad los principales alimentos de la Canasta B\u00e1sica Alimentaria, pero si tomamos la informaci\u00f3n proveniente de la -Encuesta Nacional de los Hogares del Indec-, podemos observar que el 30% de los hogares de menores ingresos (pobres) asigna el 47% de sus ingresos a alimentos, pero compra s\u00f3lo el 26% de todos los alimentos que se venden en el pa\u00eds. El 40% de los hogares de ingresos medios asigna 30% de sus ingresos a alimentos y consume el 38% de los mismos y el 30% de hogares de mayores ingresos asigna s\u00f3lo el 20% de sus ingresos a alimentos, pero consume el 36% del total de estos que se consumen. El punto central que pudo determinar la -Direcci\u00f3n de Consumidores y Usuarios- del Organismo de la Constituci\u00f3n Provincial, es que los sectores medios y de altos ingresos compran las mercader\u00edas en supermercados o hipermercados donde se viene cumpliendo con la aplicaci\u00f3n de esta medida de reducci\u00f3n al 0% de la al\u00edcuota del IVA; entre tanto las familias pobres, los desocupados, adquieren sus alimentos en almacenes barriales, comercios minoristas que son todos monotributistas y que no est\u00e1n obligados a la quita del IVA en los productos de la canasta alimentaria. As\u00ed tenemos, que los almacenes de barrios y de nuestro interior provincial compran las mercader\u00edas a los mayoristas con el IVA incluido en el precio, el cual no est\u00e1 discriminado y por ser monotributistas no devengan IVA y en consecuencia los consumidores, esto es sus clientes, no se ven beneficiados por la medida dictada por el Gobierno Nacional. En este relevamiento efectuado por la Defensor\u00eda del Pueblo, se pudo determinar que en los comercios barriales un poco m\u00e1s organizados, ya son Responsables Inscriptos ante la AFIP y por lo tanto, conforme al Decreto 567\/19, deber\u00edan eliminar el IVA de los productos antes citados, pero la mayor\u00eda no lo hace porque no est\u00e1n recibiendo un asesoramiento correcto y los mismos manifiestan que ellos compran a los mayoristas o a sus proveedores con IVA y que no pueden sacar el mismo pues perder\u00edan rentabilidad y no lograr\u00edan reponer los productos que necesitan.<br \/>\nPor otro lado, tambi\u00e9n se pudo observar que luego de la eliminaci\u00f3n del IVA para determinados alimentos, como consecuencia de la suba del d\u00f3lar, se produjeron, \u201cnuevos incrementos en los l\u00e1cteos y otros productos con lo cual la inflaci\u00f3n ya ha licuado totalmente cualquier beneficio econ\u00f3mico a favor de los consumidores que se pensaba obtener mediante el Decreto 567\/19\u201d. Ante este panorama, el Defensor del Pueblo afirm\u00f3 que, pedir\u00e1n al actual Ministro de Producci\u00f3n y Trabajo de la Naci\u00f3n, Dante Sica que ponga en funcionamiento un Instrumento m\u00e1s eficiente y justo a trav\u00e9s de la devoluci\u00f3n del IVA a las familias m\u00e1s pobres cuando las mismas pagan con Tarjetas de D\u00e9bito. Hasta el a\u00f1o pasado, se devolv\u00eda parte del IVA a los jubilados con haberes m\u00ednimos, beneficiarios de la AUH &#8211; SUAF, del Plan Progresar y el Servicio Dom\u00e9stico y por ello, ante la profunda crisis econ\u00f3mica se hace imperioso ampliar el padr\u00f3n de beneficiarios procurando llegar a las familias m\u00e1s vulnerables y extender la eximici\u00f3n del IVA a todos los alimentos, no solamente acotado a la lista que dispuso el Gobierno Nacional, pero en este caso apelando a estos Instrumentos que por otra parte, no afectar\u00eda a los ingresos coparticipables de los Gobiernos Provinciales, evitando as\u00ed un conflicto que ha llegado a la propia CSJN.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desde la Defensor\u00eda del Pueblo de la Provincia de Formosa, se afirm\u00f3 que la reducci\u00f3n del 0% de la al\u00edcuota del IVA aplicado a 13 productos alimentarios b\u00e1sicos, (Pan, Leche, Az\u00facar, Aceite girasol, ma\u00edz y mezcla, Pastas secas, Arroz, Harinas de trigo, Polenta, Rebozador y Pan rallado, Yerba mate, Mate cocido y t\u00e9, Conservas de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":9457,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1,3],"tags":[],"class_list":["post-9456","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","category-defensa-de-los-derechos-del-usuario-consumidor-contribuyentes"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/9456","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=9456"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/9456\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":9458,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/9456\/revisions\/9458"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/9457"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=9456"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=9456"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=9456"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}