{"id":9414,"date":"2019-08-24T15:17:33","date_gmt":"2019-08-24T18:17:33","guid":{"rendered":"http:\/\/2015.defensoriaformosa.gob.ar\/?p=9414"},"modified":"2019-08-24T15:17:33","modified_gmt":"2019-08-24T18:17:33","slug":"afirmo-la-defensoria-del-pueblo-que-el-diferimiento-de-cuotas-en-los-planes-de-ahorro-dispuesto-por-la-igjn-es-una-medida-insuficiente","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=9414","title":{"rendered":"AFIRMO LA DEFENSORIA DEL PUEBLO QUE EL DIFERIMIENTO DE CUOTAS EN LOS PLANES DE AHORRO DISPUESTO POR LA IGJN ES UNA MEDIDA INSUFICIENTE"},"content":{"rendered":"<p><strong>Desde la Defensor\u00eda del Pueblo se se\u00f1al\u00f3 que, desde el Gobierno Nacional, siguen implementando medidas que tienden a atenuar la crisis econ\u00f3mica pero que lamentablemente devienen tard\u00edas e insuficientes para los distintos sectores de la sociedad como es la que posee graves inconvenientes para pagar las cuotas de los planes de ahorro de veh\u00edculos. <\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Se estableci\u00f3 a trav\u00e9s de una Resoluci\u00f3n General de la IGJN un congelamiento de las cuotas de los planes de ahorro para autos cero kil\u00f3metros, con el ofrecimiento para los adjudicatarios del diferimiento del 20% de las cuotas en otras 12 cuotas m\u00e1s. Gialluca consider\u00f3 que esta Resoluci\u00f3n est\u00e1 fundada, \u201cteniendo en cuenta las necesidades de las C\u00e1maras de Autoahorro y no de los problemas que tienen los consumidores que desde hace m\u00e1s de 2 a\u00f1os estamos pidiendo una soluci\u00f3n de fondo a esta cuesti\u00f3n\u201d. Tenemos que tener en cuenta que en nuestro medio hay miles de personas que lo \u00fanico que encontrar\u00e1n ser\u00e1 un diferimiento de los aumentos, esto es alargan la agon\u00eda de quienes adhirieron a un plan de ahorro y en la pr\u00e1ctica podemos ver como en las concesionarias si alguien quiere comprar un cero kil\u00f3metro, \u201cexisten dos listas de precios, la de contado y la bonificada y si el precio de lista llega a los $800.000, el de contado baja a los $500.000\u201d. La Ley vigente respecto a los planes es clara en cuanto a que el precio que se debe tomar es el precio de contado y con las mejores bonificaciones y eso no se lo ofrecen a los ahorristas de los planes a quienes les est\u00e1n cobrando el precio de lista para cada cuota. Ante esta situaci\u00f3n, se sugiri\u00f3 a todos los interesados a concurrir a la Sede de la Defensor\u00eda del Pueblo, teniendo en cuenta que entre los puntos m\u00e1s relevantes de la Resoluci\u00f3n 2\/19 de la IGJN, se pueden se\u00f1alar los siguientes: *Las entidades administradoras de planes de ahorro bajo la modalidad de \u201cgrupos cerrados\u201d, DEBERAN OFRECER a los suscriptores ahorristas y adjudicatarios que no registren una mora superior a tres (3) cuotas a la fecha de la vigencia de la presente Resoluci\u00f3n, el diferimiento del pago de un porcentaje no inferior al veinte por ciento (20%) de las cuotapartes a emitir por las entidades administradoras. Dicho diferimiento ser\u00e1 ofrecido a los suscriptores desde la entrada en vigencia de la presente Resoluci\u00f3n y hasta el 31 de diciembre de 2.019. El diferimiento se aplicar\u00e1 como m\u00ednimo durante cinco meses desde la aceptaci\u00f3n por parte del suscriptor. *El diferimiento ser\u00e1 aplicable a los planes de ahorro que se hubieren agrupado hasta el 31 de Agosto de 2.019. *Los talones de pago discriminar\u00e1n el monto total de la cuotaparte y el que corresponda deducido el porcentaje diferido, precis\u00e1ndose el porcentaje del valor del bien-tipo que quedar\u00e1 cancelado con ese pago parcial. Los suscriptores conservar\u00e1n siempre la facultad de abonar el total al vencimiento de la cuotaparte. *Las cargas administrativas ser\u00e1n calculadas sobre el monto efectivamente pagado conforme el diferimiento otorgado. *El recupero del diferimiento a otorgar, se realizar\u00e1 en las cuotas inmediatamente consecutivas a los meses del diferimiento y en un plazo no inferior a doce (12) meses. En caso de que el suscriptor adherido al presente diferimiento resulte adjudicado, el mismo deber\u00e1 cancelar lo diferido pendiente de recupero hasta el momento, como requisito para la entrega de la unidad. *El ofrecimiento del diferimiento ser\u00e1 opcional de las administradoras respecto a los suscriptores que sean parte de procesos judiciales. *El diferimiento se ofrecer\u00e1 a los suscriptores cuyos planes tengan un plazo de duraci\u00f3n igual o mayor a la sumatoria de los per\u00edodos de diferimiento y recupero, a partir de la vigencia de la presente Resoluci\u00f3n. *A partir de la vigencia de la presente Resoluci\u00f3n y hasta el 30 de junio de 2.020, las administradoras suspender\u00e1n el cobro de los intereses punitorios pactados contractualmente como sanci\u00f3n por los pagos realizados fuera de t\u00e9rmino, a los suscriptores morosos. Cabe aclarar que, la entrada en vigencia de este Instrumento, fue a partir del 20\/08\/19 y que al margen de la misma, se aplicar\u00e1 un diferimiento al universo de ahorristas y adjudicatarios que pudieran haber visto afectada su capacidad de pago de las cuotas de sus planes a partir de los aumentos de los precios de los bienes suscriptos, debiendo tener presente que, las Sociedades Administradoras podr\u00edan ofrecer otras medidas tendientes a normalizar la situaci\u00f3n de los adherentes y adjudicatarios en mora, por lo que, se pidi\u00f3 que, todos aquellos interesados, acudan adem\u00e1s a la concesionaria correspondiente, para obtener toda la informaci\u00f3n necesaria y poder optar por la alternativa que le resulte m\u00e1s conveniente y ante cualquier duda concurrir posteriormente a este Organismo de la Constituci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desde la Defensor\u00eda del Pueblo se se\u00f1al\u00f3 que, desde el Gobierno Nacional, siguen implementando medidas que tienden a atenuar la crisis econ\u00f3mica pero que lamentablemente devienen tard\u00edas e insuficientes para los distintos sectores de la sociedad como es la que posee graves inconvenientes para pagar las cuotas de los planes de ahorro de veh\u00edculos.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":9415,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1,3],"tags":[],"class_list":["post-9414","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","category-defensa-de-los-derechos-del-usuario-consumidor-contribuyentes"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/9414","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=9414"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/9414\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":9416,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/9414\/revisions\/9416"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/9415"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=9414"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=9414"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=9414"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}