{"id":8736,"date":"2019-04-11T16:07:48","date_gmt":"2019-04-11T19:07:48","guid":{"rendered":"http:\/\/2015.defensoriaformosa.gob.ar\/?p=8736"},"modified":"2019-04-11T16:07:48","modified_gmt":"2019-04-11T19:07:48","slug":"la-justicia-federal-autorizo-a-gendarmeria-nacional-a-usar-la-fuerza-necesaria-para-despejar-los-diferentes-cortes-de-rutas-nacionales-en-nuestra-provincia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=8736","title":{"rendered":"LA JUSTICIA FEDERAL AUTORIZO A GENDARMERIA NACIONAL A USAR LA FUERZA NECESARIA PARA DESPEJAR LOS DIFERENTES CORTES DE RUTAS NACIONALES EN NUESTRA PROVINCIA"},"content":{"rendered":"<p><strong>Luego de haberse presentado formalmente diez (10) denuncias penales por ante la Fiscal\u00eda Federal N\u00ba 1 a cargo de la Dra. Marisa V\u00e1zquez, Secretar\u00eda del Dr. Ar\u00edstides Norberto Fern\u00e1ndez Bedoya, a pedido de diferentes vecinos y usuarios de las Rutas Nacionales N\u00ba 81 y 86, todas radicadas en el Juzgado Federal Subrogante N\u00ba 1 a cargo del Dr. Fernando Carbajal; desde la Defensor\u00eda del Pueblo de la Provincia de Formosa, con sorpresa y gran asombro, informaron que tomaron conocimiento el d\u00eda de ayer, del dictado de la Resoluci\u00f3n N\u00ba 3632\/19 -suscripta por el Juez antes citado y por la Dra. Ghysella M. M. G\u00f3mez Secretaria Penal-, mediante la cual, frente a la petici\u00f3n de que se ordene la liberaci\u00f3n de las Rutas Nacionales en todos los lugares donde se prob\u00f3 fehacientemente que las mismas se encuentran efectiva y actualmente cortadas, esto es, lo que en el derecho penal se conoce como delitos cometidos en flagrancia, tal como viene ocurriendo desde hace varios d\u00edas en la Provincia de Formosa; la Justicia Nacional entendi\u00f3 que es innecesaria su intervenci\u00f3n en el corte de la Ruta N\u00ba 86 a la altura del KM 1362, acceso a la Localidad de Buena Vista, sentando con ello un criterio que seguramente se extender\u00e1 a las dem\u00e1s interrupciones del tr\u00e1nsito que acaecen en las trazas nacionales afectadas, determinando que son las Fuerzas de Seguridad \u2013en este caso Gendarmer\u00eda Nacional- las que deben actuar, sin previa intervenci\u00f3n (orden) judicial-, ante la eventual comisi\u00f3n de hechos presuntamente delictivos en curso de ejecuci\u00f3n. <\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Agregando, que tampoco es procedente que esa Magistratura deba requerir la intervenci\u00f3n del Ministerio de Seguridad de la Naci\u00f3n a efectos de que se adopten recaudos tendientes a garantizar la libre circulaci\u00f3n del corredor vial, atento que estas cuestiones exceden el marco de competencia y labor jurisdiccional que es propia del Juzgado Federal y del Poder Judicial en general. El Ombudsman Provincial Dr. Jos\u00e9 Leonardo Gialluca se\u00f1al\u00f3 que el Juez Subrogante Carbajal, entiende que el Juzgado Federal solo debe intervenir en forma posterior a trav\u00e9s de una acci\u00f3n represiva, a los fines de evaluar la eventual vulneraci\u00f3n de normas penales y establecer las responsabilidades consecuentes, pero no en el curso de los acontecimientos que pueden acaecer en una sociedad\u201d. En la grave situaci\u00f3n que nos ata\u00f1e a ra\u00edz de los cortes de ruta que buscan sitiar nuestra Provincia, S.S. comprende que no existen delitos en flagrancia y, en consecuencia, son las fuerzas de seguridad (Gendarmer\u00eda Nacional) las que deber\u00e1n impedir que los hechos cometidos sean llevados a consecuencias ulteriores; invocando para ello los art. 183 y 184 del CPPN. En definitiva, el Juez Federal resolvio que no es necesaria la petici\u00f3n a la Justicia Federal, ordenando lisa y llanamente notificar tal Resoluci\u00f3n. En este sentido, Gialluca anunci\u00f3, por un lado, que ya hemos presentado este Instrumento Judicial al Comandante Principal Enzo Duarte de la Agrupaci\u00f3n VI para que proceda en consecuencia a liberar todas las trazas interrumpidas actualmente y que comunique formalmente esta orden a todos los Jefes de los diferentes Escuadrones de nuestro interior provincial. Por otra parte, desde el Organismo de la Constituci\u00f3n, se\u00f1alaron que es inentendible lo que el Juzgado Federal ha prove\u00eddo y es necesario que toda nuestra Comunidad a la cual representamos, conozca como va a llevar adelante su cometido la Fuerza de Gendarmer\u00eda Nacional, sin que exista una orden del Poder Judicial Federal de Formosa, situaci\u00f3n esta que coloca a los usuarios \u2013 reclamantes en las rutas, en una mayor situaci\u00f3n de peligro y vulnerabilidad de sus integridades psicof\u00edsicas, cuyas responsabilidades y garant\u00edas quedan ahora en manos exclusivamente del Juez Fernando Carbajal. Por \u00faltimo, se puso en conocimiento de esta Resoluci\u00f3n al actual Ministro de Derechos Humanos y Justicia de la Naci\u00f3n Dr. Germ\u00e1n Garavano y a la Dra. Patricia Bullrich Ministra de Seguridad para que adopten las medidas que se encuentren dentro de sus competencias en relaci\u00f3n a esta decisi\u00f3n judicial.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Luego de haberse presentado formalmente diez (10) denuncias penales por ante la Fiscal\u00eda Federal N\u00ba 1 a cargo de la Dra. 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