{"id":8597,"date":"2019-03-20T15:40:54","date_gmt":"2019-03-20T18:40:54","guid":{"rendered":"http:\/\/2015.defensoriaformosa.gob.ar\/?p=8597"},"modified":"2019-03-20T15:40:54","modified_gmt":"2019-03-20T18:40:54","slug":"se-acordo-desde-la-defensoria-del-pueblo-con-intendentes-del-interior-provincial-concretar-reuniones-de-trabajo-en-defensa-de-los-beneficiarios-de-pensiones-por-invalidez","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=8597","title":{"rendered":"SE ACORD\u00d3 DESDE LA DEFENSOR\u00cdA DEL PUEBLO CON INTENDENTES DEL INTERIOR PROVINCIAL CONCRETAR REUNIONES DE TRABAJO EN DEFENSA DE LOS BENEFICIARIOS DE PENSIONES POR INVALIDEZ"},"content":{"rendered":"<p><strong>Se llev\u00f3 a cabo en la Sede de la Defensor\u00eda del Pueblo, una reuni\u00f3n de trabajo, de la cual particip\u00f3 el Sr. Intendente de Tres Lagunas Dr. Guillermo Silva junto a la Concejal Lic. Rosaura Medina, el Titular del Organismo de la Constituci\u00f3n Dr. Jos\u00e9 Leonardo Gialluca, y la Responsable del \u00c1rea de Seguridad Social, Dra. Mar\u00eda Eugenia Pereyra. <\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>El principal punto que se abord\u00f3, fueron las m\u00faltiples notificaciones efectuadas a beneficiarios de Pensiones No Contributivas por Invalidez, \u201cque las est\u00e1n recibiendo, tanto por Cartas Documentos, como en las tirillas de los recibos de pago de estos, bajo el apercibimiento de que, en el t\u00e9rmino de 60 d\u00edas corridos, deben presentar el CMO Digital, caso contrario en un primer t\u00e9rmino se le suspender\u00e1n los pagos y luego se le quitar\u00e1n los beneficios\u201d. Desde la Defensor\u00eda del Pueblo, informaron a los presentes y acordaron realizar inmediatas reuniones informativas y de asesoramientos gratuitos a todas las personas que tengan estos inconvenientes, tanto en los Departamentos Pilcomayo como Pati\u00f1o y Pilag\u00e1s, debiendo todos los interesados acudir con su documento de identidad y los \u00faltimos recibos o constancias de los cobros que tengan en su poder. Se les hizo entrega tambi\u00e9n de una copia de la Nulidad solicitada contra las Resoluciones 39\/19 y 44\/19 dictadas por la Agencia Nacional de Discapacidad a cargo del Lic. Santiago Ibarzabal. El Defensor del Pueblo, denunci\u00f3 que jur\u00eddicamente desde el Gobierno Nacional se est\u00e1 pidiendo a los beneficiarios de Pensiones por Discapacidad, \u201cque presenten una prueba de contenido imposible\u201d y por lo tanto nadie est\u00e1 obligado a cumplimentar el mismo y de all\u00ed es que el mismo deviene \u201cNulo\u201d, por ello hemos solicitado la suspensi\u00f3n de las intimaciones y tambi\u00e9n nos hemos reservado el derecho de acudir a la Justicia Federal, en caso de insistirse con las mismas. Recordaron que se trata de la Resoluci\u00f3n 39\/19 de la Agencia, en la que se estableci\u00f3 que el CMO debe presentarse v\u00eda digital, a trav\u00e9s de internet, y les da como plazo sesenta (60) d\u00edas corridos a los interesados, un tiempo que, en la pr\u00e1ctica, no es suficiente a ra\u00edz de los tiempos que manejan en los hospitales y centros de salud oficiales o p\u00fablicos. Claramente, lo exigido resultar\u00eda eficiente en un plano ideal, pero en la realidad para los establecimientos de salud de la provincia constituye un acto de cumplimiento imposible por el desborde actual que significar\u00eda implementar en los hechos esta medida, \u201csin antes coordinarse absolutamente todo lo relativo al CMO Digital\u201d. Calificaron como un \u201cagravante\u201d que el instructivo y la viabilidad del inicio del CMO digital se deba realizar a trav\u00e9s de la P\u00e1gina Web de AFIP: \u201cIncre\u00edblemente la Agencia Nacional pretende que un m\u00e9dico, que no resulta ser el m\u00e9dico tratante del pensionado, y que carece de especificidad para la determinaci\u00f3n de una incapacidad laboral, ingrese la solicitud de un CMO con su clave fiscal\u201d. Desde la Defensor\u00eda del Pueblo, afirmaron que el mecanismo establecido demuestra la intenci\u00f3n de que el procedimiento para la tramitaci\u00f3n del CMO no pueda ser realizado, convirti\u00e9ndose as\u00ed \u201cen una clara violaci\u00f3n a lo establecido en la Convenci\u00f3n sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la cual posee jerarqu\u00eda Constitucional. Por \u00faltimo, se solicit\u00f3 a todos los beneficiarios que reciban estas intimaciones a comunicarse o contactarse de manera inmediata con la Sede de la Defensor\u00eda del Pueblo, sito en calle Padre Pati\u00f1o N\u00ba 831 de la Ciudad de Formosa o a los n\u00fameros de tel\u00e9fono 370 4436379 \u00f3 4436320 \u00f3 0800 4441770 y\/o a los correos electr\u00f3nicos depuefor@fibertel.com.ar \u2013 denuncia@formosa.gov.ar, tanto en horario matutino (08 a 13 hs) como vespertino (18 a 20 hs).<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se llev\u00f3 a cabo en la Sede de la Defensor\u00eda del Pueblo, una reuni\u00f3n de trabajo, de la cual particip\u00f3 el Sr. Intendente de Tres Lagunas Dr. Guillermo Silva junto a la Concejal Lic. 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