{"id":8428,"date":"2019-02-15T19:15:03","date_gmt":"2019-02-15T22:15:03","guid":{"rendered":"http:\/\/2015.defensoriaformosa.gob.ar\/?p=8428"},"modified":"2019-02-15T19:15:03","modified_gmt":"2019-02-15T22:15:03","slug":"la-defensoria-del-pueblo-impulsa-el-dictado-de-un-marco-regulatorio-para-la-telefonia-movil-en-la-argentina","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=8428","title":{"rendered":"LA DEFENSORIA DEL PUEBLO IMPULSA EL DICTADO DE UN MARCO REGULATORIO PARA LA TELEFONIA MOVIL EN LA ARGENTINA"},"content":{"rendered":"<p><strong>El nuevo C\u00f3digo Civil y Comercial, incorpora y ampl\u00eda los principios de la ley 24240 de defensa al consumidor. <\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Este incluye la prohibici\u00f3n de cl\u00e1usulas abusivas por parte de las empresas, pr\u00e1cticas de trato discriminatorio, publicidad falsa, entre otros. De acuerdo a lo informado por la Defensor\u00eda del Pueblo de la Provincia de Formosa, el servicio de telefon\u00eda m\u00f3vil y fijo, junto a tarjetas de cr\u00e9ditos son las que generan mayores n\u00fameros de reclamos y denuncias a la fecha. En el caso de la telefon\u00eda fija y m\u00f3vil que en nuestra provincia es monopolizada por Telecom &#8211; Personal, pr\u00e1cticamente existe una nula inversi\u00f3n y para mantener las l\u00edneas con ciertos a\u00f1os de antig\u00fcedad, \u201cse a tercerizado el -servicio t\u00e9cnico- en empresas que llevan adelante sus trabajos de manera abusiva y sin ning\u00fan tipo de control, perjudicando gravemente a los vecinos frentistas\u201d. El Ombudsman Provincial Dr. Jos\u00e9 Leonardo Gialluca denunci\u00f3 que la brecha digital se observa con mayor claridad en el norte del pa\u00eds, donde actualmente apenas tenemos un servicio m\u00e1ximo de 30 megas cuando en Buenos Aires, C\u00f3rdoba y otras provincias el servicio que existe llega hasta los 100 Mb, esto en relaci\u00f3n a internet. En lo que respecta a la telefon\u00eda m\u00f3vil, los inconvenientes contin\u00faan principalmente por la falta de inversiones en infraestructuras, al punto tal que vecinos &#8211; usuarios de barrios del denominado Circuito Cinco o Villa del Carmen, Nueva Pompeya, Divino Ni\u00f1o, Nueva Formosa, no poseen una se\u00f1al estable y sin embargo pagan como si la tuvieran. De all\u00ed surgen las denuncias de que las llamadas se cortan o no se escuchan bien, errores en la facturaci\u00f3n o cobros excesivos, problemas con los paquetes de datos, \u201caumento de los abonos sin aviso, cobro de servicios no solicitados\u201d, entre otros. En este contexto desde el Organismo de la Constituci\u00f3n se considera que en la actualidad existen m\u00e1s celulares que Argentinos en nuestro Pa\u00eds en funcionamiento y denunciaron de que sea conformado un -mercado oligop\u00f3lico de operadores de telefon\u00eda m\u00f3vil- con un crecimiento de la cantidad de usuarios por tenencia y adquisici\u00f3n de equipos per c\u00e1pita que se encuentra entre los m\u00e1s altos de Latinoam\u00e9rica. El Defensor del Pueblo denunci\u00f3 que estos mercados oligop\u00f3licos determinan unilateralmente los precios que debemos pagar frente a una demanda que no tiene opciones, por lo cual los usuarios deben abonar por los servicios lo que las Empresas deciden y no lo que un mercado en competencia establezca. Los alt\u00edsimos precios que pagamos por la telefon\u00eda m\u00f3vil en el mercado local, est\u00e1 dado como consecuencia de la restricci\u00f3n de operadores y de la escaza competencia. A la par de esta situaci\u00f3n, la telefon\u00eda m\u00f3vil crece sin un marco regulatorio en nuestro Pa\u00eds. Es por ello que hemos remitido una Formal Actuaci\u00f3n al Vicejefe de Gabinete Andr\u00e9s Ibarra para que tenga en cuenta de que cuando se privatiz\u00f3 Entel, no se previ\u00f3 la telefon\u00eda m\u00f3vil y por ello no hay en esta materia reglas fijadas por el Estado, quien es el due\u00f1o de las frecuencias por las cuales se presta el servicio. Gialluca se\u00f1al\u00f3 que lo que pedimos es que las tarifas no las puedan cambiar unilateralmente las prestatarias actuales, sino que lo deben hacer bajo un criterio de razonabilidad y de justificaci\u00f3n de los mayores costos, mediante la celebraci\u00f3n de Audiencias P\u00fablicas para las mismas. Prohibir tambi\u00e9n la modificaci\u00f3n unilateral de las condiciones de prestaci\u00f3n de los servicios de telefon\u00eda fija, m\u00f3vil e internet. Regular que los servicios prestados y la seguridad del usuario queden bajo la supervisi\u00f3n de alguna Autoridad con Competencia para imponer penalidades m\u00e1s all\u00e1 del actual ENACOM. El Funcionario provincial critic\u00f3 duramente al actual Gobierno Nacional que se justifica en fundamentos de democratizaci\u00f3n y federalizaci\u00f3n y siendo que el propio Estado Nacional es el due\u00f1o y licenciatario del espectro en el que se manejan las se\u00f1ales, las empresas de telefon\u00eda m\u00f3vil en nuestro pa\u00eds no tienen l\u00edmites, no poseen obligaciones, \u00fanicamente gozan derechos y prerrogativas y por ello debemos recordar que la tutela de los usuarios, fue incorporada ya en la Constituci\u00f3n en 1994 como un \u201cDerecho de Tercera Generaci\u00f3n\u201d, que implica un desplazamiento del derecho privado hacia el derecho p\u00fablico para resguardar a los m\u00e1s d\u00e9biles en un contrato masivo; es que el propio Art. 42 de la Constituci\u00f3n Nacional prev\u00e9 la existencia de -marcos regulatorios para los servicios p\u00fablicos-, d\u00e1ndonos a todos los usuarios el derecho a impugnar toda prestaci\u00f3n sin marco regulatorio como lo es actualmente la telefon\u00eda celular e internet en la Argentina.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El nuevo C\u00f3digo Civil y Comercial, incorpora y ampl\u00eda los principios de la ley 24240 de defensa al consumidor.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":8429,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1,3],"tags":[],"class_list":["post-8428","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","category-defensa-de-los-derechos-del-usuario-consumidor-contribuyentes"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/8428","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=8428"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/8428\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":8430,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/8428\/revisions\/8430"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/8429"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=8428"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=8428"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=8428"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}