{"id":8386,"date":"2019-02-05T18:19:16","date_gmt":"2019-02-05T21:19:16","guid":{"rendered":"http:\/\/2015.defensoriaformosa.gob.ar\/?p=8386"},"modified":"2019-02-05T18:23:39","modified_gmt":"2019-02-05T21:23:39","slug":"8386-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=8386","title":{"rendered":"AFIRMARON DESDE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO QUE LOS VECINOS PARA ACCEDER A LA ENERGIA ELECTRICA DEBEN CUMPLIR CON REQUISITOS QUE SIEMPRE ESTUVIERON PREVISTOS"},"content":{"rendered":"<p><strong>-Gialluca, se\u00f1al\u00f3 que el concejal Fabi\u00e1n Olivera es un -mal intencionado- y que el Organismo de la Constituci\u00f3n informa objetivamente cual es la validez y el alcance de los Certificados de Supervivencia en Formosa-<\/strong><\/p>\n<p><!--more--><br \/>\nSe corrobor\u00f3 que, funcionarios del ANSES UDAI-Formosa a cargo del Dr. Diego Herrera y otros concejales capitalinos, entre ellos Fabi\u00e1n Olivera, lamentablemente no est\u00e1n asesorando conforme a las Normativas Vigentes a los vecinos para constituirse en usuarios de REFSA, no tienen en cuenta la existencia del Reglamento de Suministro de Energ\u00eda El\u00e9ctrica que siempre se aplic\u00f3 y pretenden; \u201cdarle validez a los -Certificados de Vivienda Familiar- que surgen del Relevamiento Nacional de Barrios Populares (RENABAP) Ley Nacional N\u00ba 27453 complementado por el Decreto del Gobierno Nacional N\u00ba 358\/17 y donde se prev\u00e9 que la Agencia de Administraci\u00f3n de Bienes del Estado (Dependiente de la Jefatura de Gabinete del Poder Ejecutivo Nacional creado por Decreto PEN 2670\/15), en coordinaci\u00f3n con Organismos Provinciales, ser\u00e1 la encargada de entregar a los habitantes de los barrios populares los Certificados de Vivienda Familiar\u201d, lo cual no rige para la Provincia de Formosa y no obliga ni al Estado Provincial, ni a los Municipios a la entrega de T\u00edtulo alguno sobre las tierras y menos a\u00fan se constituyen en documentaciones v\u00e1lidas para exigir los servicios de energ\u00eda el\u00e9ctrica, agua corriente, cloacas, como se pretende hacerlo, \u201cenga\u00f1ando en su buena fe a los vecinos\u201d. Gialluca confirm\u00f3 que los propios vecinos, \u201cse\u00f1alaron que Olivera les afirm\u00f3 que existe mucha -mala leche- con el tema del Certificado de Supervivencia\u201d y tambi\u00e9n el concejal habl\u00f3 de que tiene que ir un agrimensor a los asentamientos irregulares para determinar las manzanas y otros puntos. Asimismo, con una conducta c\u00edvica totalmente irresponsable les dijo \u201cahora s\u00ed, con la pol\u00edtica te van a meter luz, metele nomas, prendan el aire y a otra cosa\u201d. Desde la Defensor\u00eda se inform\u00f3 que por Reglamento: se otorgar\u00e1 la Titularidad de un servicio de energ\u00eda el\u00e9ctrica a las personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas, agrupaciones de colaboraci\u00f3n y uniones transitorias de empresas, que acrediten la posesi\u00f3n o tenencia legal del inmueble o instalaci\u00f3n para el cual se solicita el suministro y mientras dure su derecho de uso. Para la Titularidad Precaria: se otorgar\u00e1 la misma en los casos, en que, si bien no cuenten con el T\u00edtulo de Propiedad o Contrato de Locaci\u00f3n respectivo, puedan los vecinos acreditar la posesi\u00f3n o tenencia del inmueble, o instalaci\u00f3n con la presentaci\u00f3n de un Certificado de Domicilio, expedido por Autoridad Competente o Instrumento equivalente, que en este caso ser\u00eda las Juntas Vecinales o Juzgados de Paz conforme al domicilio de cada ciudadano, adem\u00e1s son requisitos para que se habilite el servicio de energ\u00eda el\u00e9ctrica: no registrar deudas pendientes, dar cumplimiento al dep\u00f3sito de garant\u00eda establecido en el Art. 5, Inc. 5.3 del Reglamento, cuando la Distribuidora as\u00ed lo requiera (en el caso por ejemplo del B\u00ba Villa del Carmen, al ser tierras fiscales es muy posible que se les solicite, como tambi\u00e9n en otros lugares, donde existen los denominados \u201casentamientos irregulares\u201d esto es donde no hay calles, manzanas, ni parcelas que puedan identificar donde se brindar\u00e1 el servicio de energ\u00eda el\u00e9ctrica o de agua potable. Abonar el derecho de conexi\u00f3n de acuerdo al Cuadro Tarifario Vigente, firmar el Formulario de Solicitud de Suministro o el Contrato de Suministro, seg\u00fan corresponda de acuerdo al tipo de tarifa a aplicar. Para los inmuebles o instalaciones nuevas destinadas a usos industriales o comerciales, acreditar la Habilitaci\u00f3n Municipal correspondiente o bien el inicio de los Tr\u00e1mites para la obtenci\u00f3n de la misma. Adem\u00e1s cualquier nuevo usuario debe tener en su domicilio para la conexi\u00f3n: * Pilar con Caja Reglamentaria, * Ca\u00f1o Reglamentario para bajada, * Llave T\u00e9rmica primaria, en este sentido Gialluca agreg\u00f3 que, a cualquier grupo familiar o ciudadano, viva donde viva en nuestro territorio provincial, \u201cdebe cumplir con estos requisitos para ser Titular del Servicio de Energ\u00eda El\u00e9ctrica o Titular Precario y que en ambos casos en ning\u00fan lugar del Reglamento tiene cabida lo que se ha dado en denominar a trav\u00e9s del Relevamiento Nacional de Barrios Populares (RENABAP), los -Certificados de Vivienda Familiar- que en nuestra Jurisdicci\u00f3n, no poseen validez alguna y no son admitidos, \u201cpara las diferentes finalidades y objetivos que se ha transcripto en los mismos\u201d; por ello, invitamos a cualquier persona interesada a que concurra a la Sede de la Defensor\u00eda del Pueblo, tanto en horario matutino como vespertino para ser asesorado debidamente y gratuitamente, en su defecto podr\u00e1 comunicarse a los tel\u00e9fonos 370 4436379 \u2013 4436320 \u2013 0800 444 1770, o mediante los emails: denuncia@formosa.gov.ar y\/o depuefor@fibertel.com.ar.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>-Gialluca, se\u00f1al\u00f3 que el concejal Fabi\u00e1n Olivera es un -mal intencionado- y que el Organismo de la Constituci\u00f3n informa objetivamente cual es la validez y el alcance de los Certificados de Supervivencia en Formosa-<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":8387,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-8386","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/8386","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=8386"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/8386\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":8389,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/8386\/revisions\/8389"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/8387"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=8386"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=8386"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=8386"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}