{"id":8098,"date":"2018-12-11T16:16:50","date_gmt":"2018-12-11T19:16:50","guid":{"rendered":"http:\/\/2015.defensoriaformosa.gob.ar\/?p=8098"},"modified":"2018-12-11T16:16:50","modified_gmt":"2018-12-11T19:16:50","slug":"resalto-la-defensoria-del-pueblo-el-fallo-de-la-csjn-que-rechazo-el-planteo-de-la-ucr-contra-la-ley-de-lemas-puesto-que-las-provincias-poseen-plena-autonomia-en-asuntos-electorales-que-son-materia-de","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=8098","title":{"rendered":"RESALTO LA DEFENSORIA DEL PUEBLO EL FALLO DE LA CSJN QUE RECHAZO EL PLANTEO DE LA UCR CONTRA LA LEY DE LEMAS, PUESTO QUE LAS PROVINCIAS POSEEN PLENA AUTONOMIA EN ASUNTOS ELECTORALES QUE SON MATERIA DEL DERECHO PUBLICO PROVINCIAL"},"content":{"rendered":"<p><strong>Desde el -Observatorio de Derechos Pol\u00edticos- que funciona en el seno de la Defensor\u00eda del Pueblo, se resalt\u00f3 la decisi\u00f3n de la CSJN que fall\u00f3 por unanimidad de los cinco miembros del cuerpo -Carlos Rosenkrantz, Elena Highton, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti-, quienes coincidieron en que se trata de un tema que debe resolver la Justicia Provincial, por lo que la Corte Suprema no tiene que inmiscuirse. <\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Esta decisi\u00f3n coincide con la l\u00ednea de hab\u00eda adoptado el m\u00e1ximo tribunal en el a\u00f1o 2003. En aquella ocasi\u00f3n se expidi\u00f3 sobre la provincia de Santa Fe, que utilizaba este sistema de votaci\u00f3n. El planteo de inconstitucionalidad hab\u00eda sido presentado por la Uni\u00f3n C\u00edvica Radical contra la Ley de Lemas para las categor\u00edas de Gobernador y Vicegobernador. De esta manera en las elecciones del 2019 seguir\u00e1 vigente este mecanismo en la provincia de Santa Cruz. El Ombudsman Provincial Dr. Jos\u00e9 Leonardo Gialluca se\u00f1al\u00f3 que se impuso en este caso la jurisprudencia de que los asuntos electorales son materia del derecho p\u00fablico provincial, y esto ha sido ratificado. Record\u00f3 que en la Corte hay dos Jueces que fueron constituyentes -Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti- que se caracterizan en sus Fallos por sostener siempre el Sistema Federal, este \u00faltimo fue Intendente de Santa Fe cuando reg\u00eda la Ley de Lemas y no se conoce que hubiera discutido su validez. Gialluca resalt\u00f3 que en el Fallo se dej\u00f3 en claro, que es necesario recordar que los espacios de decisi\u00f3n del pol\u00edtico y del juez son distintos. El pol\u00edtico -constituyente, legislador o administrador- tiene un amplio abanico de posibilidades para decidir conforme a un marco normativo general (que en ocasiones \u00e9l mismo puede modificar), a su ideolog\u00eda y a su prudencia; el juez debe hacerlo dentro del estrecho l\u00edmite de la Constituci\u00f3n y las normas dictadas en su consecuencia. Es tarea del pol\u00edtico modificar las normas que puedan generar disconformidad en la sociedad, y es tarea del juez distinguir entre disconformidad e inconstitucionalidad; la primera es una sensaci\u00f3n prudencial, t\u00edpica de todo ser humano. Si el juez intentara suplir al pol\u00edtico, proyectando su forma de pensar (en suma, su disconformidad con una decisi\u00f3n pol\u00edtica) en descalificaci\u00f3n jur\u00eddica, estar\u00eda excediendo su competencia y violentando la divisi\u00f3n de poderes. Es pertinente reiterar el criterio de esta Corte conforme al cual \u00abla conveniencia de adoptar un determinado sistema electoral, escapa al control judicial\u201d. Desde el Organismo de la Constituci\u00f3n Provincial se afirm\u00f3 que con este Fallo la CSJN, ha evitado lo que se denomina el &#8211; Gobierno de los Jueces &#8211; puesto que con el mismo visibilizamos una Corte que marca sus fronteras con los Poderes P\u00fablicos y decimos esto pues en el caso m\u00e1s conocido como es el de las jubilaciones, la Corte ha sido sede de reclamos contra la Autoridad Previsional y ha actuado siempre como instancia supletoria y previsional de los otros Poderes del Estado (Fallos Badar\u00f3). Por ello es que este tema (Ley de Lemas) nunca debi\u00f3 ser llevado a la -arena judicial-, pues no es el \u00e1mbito donde se debe resolver, ya que debemos recordar la estructura del Sistema Federal Argentino, donde la decisi\u00f3n final sobre la designaci\u00f3n de quienes son y ser\u00e1n las Autoridades Provinciales, nunca puede estar en manos del Gobierno Federal a trav\u00e9s de la intervenci\u00f3n de la Corte Suprema, vaciando de todo contenido Institucional al art. 122 (\u2026Se dan sus propias instituciones locales y se rigen por ellas. Eligen sus gobernadores, sus legisladores y dem\u00e1s funcionarios de provincia, sin intervenci\u00f3n del Gobierno federal&#8230;) de la Constituci\u00f3n Nacional y es por esto que \u201clos asuntos electorales son materia exclusiva del derecho p\u00fablico provincial\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desde el -Observatorio de Derechos Pol\u00edticos- que funciona en el seno de la Defensor\u00eda del Pueblo, se resalt\u00f3 la decisi\u00f3n de la CSJN que fall\u00f3 por unanimidad de los cinco miembros del cuerpo -Carlos Rosenkrantz, Elena Highton, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti-, quienes coincidieron en que se trata de un tema que [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":7980,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-8098","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/8098","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=8098"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/8098\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":8099,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/8098\/revisions\/8099"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/7980"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=8098"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=8098"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=8098"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}