{"id":790,"date":"2015-04-15T16:46:00","date_gmt":"2015-04-15T19:46:00","guid":{"rendered":"http:\/\/2015.defensoriaformosa.gob.ar\/?p=790"},"modified":"2015-04-15T16:46:00","modified_gmt":"2015-04-15T19:46:00","slug":"senalo-la-defensoria-del-pueblo-que-las-distribuidoras-y-comercios-estan-obligados-a-recibir-garrafas-de-cualquier-color","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=790","title":{"rendered":"SE\u00d1ALO LA DEFENSORIA DEL PUEBLO QUE LAS DISTRIBUIDORAS Y COMERCIOS ESTAN OBLIGADOS A RECIBIR GARRAFAS DE CUALQUIER COLOR"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Posteriormente se procede al intercambio de los mismos entre las Distribuidoras o en los Centros de Canjes sin crear inconvenientes a los consumidores-<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><!--more--><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Una de las situaciones, que se han acentuado en los \u00faltimos d\u00edas entre los consumidores de GLP de 10 y 15 kg, en nuestra provincia, es el inconveniente que se concreta con el rechazo de algunos comercializadores de no aceptar garrafas de determinado color o rechazar las de 15 kg. Esto va en progreso no solamente en capital, sino que tambi\u00e9n este Organismo de la Constituci\u00f3n ha recibido denuncias desde Misi\u00f3n Laishi, Colonia Pte. Irigoyen, Villafa\u00f1e, San Hilario, Gran Guardia, donde existen vecinos que han tenido que trasladarse hasta la Ciudad de El Colorado, para adquirir una garrafa de 10 kg.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Ombudsman Provincial, Dr. Jos\u00e9 Leonardo Gialluca, informo a todos los consumidores e intimo a las Distribuidoras de capital e interior provincial, ubicadas en la ciudad de El Colorado y en Clorinda (Fraccionadora), como as\u00ed tambi\u00e9n a todos los comercios habilitados debidamente por cada Municipio, a vender GLP envasado , a que cumplan las normativas de la Ley N\u00ba 26.020 que regula esta situaci\u00f3n estableciendo los par\u00e1metros para la comercializaci\u00f3n del gas licuado de petr\u00f3leo, en sus distintos envases para uso domiciliario.<br \/>\nComo es de p\u00fablico conocimiento, los envases circulan libremente y cada empresa posee un color caracter\u00edstico reglamentado, tal como lo aclara el art\u00edculo 14 de la mencionada Ley N\u00ba 26.020, adem\u00e1s de la placa de identificaci\u00f3n de cada empresa. El Art\u00edculo 14:Envases: su propiedad e identificaci\u00f3n: reza lo siguiente. &#8211; Los envases podr\u00e1n circular libremente en el mercado nacional de conformidad con las previsiones contenidas en la presente ley y la reglamentaci\u00f3n que se dicte al efecto.La propiedad de los envases se rige por las normas del C\u00f3digo Civil.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Pero que sucede cuando un usuario llega al negocio minorista y no le aceptan el envase, porque el distribuidor tiene otro color en uso? Normalmente, ese usuario, contin\u00faa recorriendo proveedores y pagando cifras superiores a los $87 o $97. Por esto la Ley N\u00ba 26.020, vigente al d\u00eda de hoy, en su art\u00edculo 17, expresa que el envase, independientemente del color debe ser recepcionado por el distribuidor o comercio. De esta manera se protege al consumidor, especialmente en aquellos lugares donde existen distintos distribuidores y adem\u00e1s tambi\u00e9n se contempla el otro extremo que son los pueblos o comunidades, donde no funcionan distribuidoras, pero si comercios habilitados para la venta de gas envasado, y a los son las propias fraccionadoras las que le dejan el producto \u201cpor lo cual deben y es m\u00e1s f\u00e1cil que reciban cualquier color de envase\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El propio Art\u00edculo 17- Captaci\u00f3n de envases, menciona que: &#8211; Los fraccionadores, distribuidores y dem\u00e1s integrantes de la cadena de comercializaci\u00f3n, est\u00e1n obligados a recibir de los consumidores los envases de su marca o leyenda o de terceros. La Autoridad de Aplicaci\u00f3n podr\u00e1 adoptar un mecanismo de recepci\u00f3n de distintos envases, en funci\u00f3n de la evoluci\u00f3n tecnol\u00f3gica futura de las mismas y de las consecuentes modalidades de comercializaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Otro de los inconvenientes que estamos recibiendo de los usuarios se da cuando es propietario de un envase de 15 kg, situaci\u00f3n que le genera en muchas ocasiones impedimento para acceder a la compra de gas.<br \/>\nEsta situaci\u00f3n tambi\u00e9n est\u00e1 contemplada en la ley vigente. Es responsabilidad de las empresas distribuidoras el montaje de los centros de canje, por lo tanto son para la ley, los agentes autorizados para efectuar los cambios requeridos. Caso contrario estar\u00edan violando la ley en perjuicio de los usuarios.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Ante ello el Art\u00edculo 19 prev\u00e9 los Centros de Canje:- Los participantes del mercado deber\u00e1n organizar centros de canje de unidades de envase, debiendo cada uno de esos centros estar registrados ante la Autoridad de Aplicaci\u00f3n, en los t\u00e9rminos que la misma determine.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Posteriormente se procede al intercambio de los mismos entre las Distribuidoras o en los Centros de Canjes sin crear inconvenientes a los consumidores-<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":791,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1,3],"tags":[],"class_list":["post-790","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","category-defensa-de-los-derechos-del-usuario-consumidor-contribuyentes"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/790","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=790"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/790\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":792,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/790\/revisions\/792"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/791"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=790"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=790"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=790"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}