{"id":7656,"date":"2018-08-31T17:02:00","date_gmt":"2018-08-31T20:02:00","guid":{"rendered":"http:\/\/2015.defensoriaformosa.gob.ar\/?p=7656"},"modified":"2018-08-31T17:02:30","modified_gmt":"2018-08-31T20:02:30","slug":"la-defensoria-catalogo-de-absurdas-las-decisiones-de-la-justicia-federal-frente-a-los-cortes-de-rutas-nacionales-en-nuestra-provincia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=7656","title":{"rendered":"LA DEFENSORIA CATALOGO DE ABSURDAS LAS DECISIONES DE LA JUSTICIA FEDERAL FRENTE A LOS CORTES DE RUTAS NACIONALES EN NUESTRA PROVINCIA"},"content":{"rendered":"<p><strong>El corte de la Ruta Nacional N\u00ba 81 a la altura de Bartolom\u00e9 de las Casas efectuado por aproximadamente 20 pobladores originarios, que se encuentran demandando viviendas, planes sociales y otros beneficios y que fueron denunciados por ante la Gendarmer\u00eda Nacional y tambi\u00e9n por ante la Fiscal\u00eda Federal N\u00ba 1 a cargo de la Dra. Marisa Fern\u00e1ndez, quien dio intervenci\u00f3n al Juez Federal Subrogante de Formosa Dr. Juan Carlos Vallejos, quien lejos de aplicar las normativas del C\u00f3digo Penal Argentino, orden\u00f3 que las Fuerzas Nacionales de Seguridad se constituyan en el lugar para \u201csalvaguardar la seguridad de los manifestantes, debi\u00e9ndose cumplir la orden dada evitando en todo momento el ejercicio de la violencia sobre las personas\u201d. <\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>El Ombudsman Provincial Dr. Jos\u00e9 Leonardo Gialluca se\u00f1al\u00f3 que desde hace un tiempo a esta parte la Justicia Federal en Formosa sostiene que existe un derecho constitucional a manifestarse que pareciera que otorga un superpoder que permite cortar calles y rutas sin responsabilidad alguna. Ello es falso, no existe nada en la Constituci\u00f3n Nacional que permita a nadie entorpecer la circulaci\u00f3n del tr\u00e1nsito ni la libertad de que el argentino criollo o abor\u00edgenes hagan lo que quieran. Es una vaga tergiversaci\u00f3n del derecho de reuni\u00f3n y manifestaci\u00f3n, que reconocen varios tratados internacionales a los que hemos adherido, y nuestra Ley Suprema a trav\u00e9s del derecho a la libertad de expresi\u00f3n. Los derechos constitucionales no son absolutos, todos son relativos, terminan donde empiezan los derechos del otro. Est\u00e1 consagrado el derecho a la libertad de expresi\u00f3n, pero ello no implica decir cualquier cosa de cualquier persona sin responsabilidad alguna; ese derecho cede al momento de cometer una calumnia o injuria. Existe el derecho a la libertad individual de la persona, pero puede ser limitado en caso de cometer un delito, como todos los dem\u00e1s. Los derechos a manifestarse y reunirse son libertades que nuestras normas respetan, pero ello no implica, como err\u00f3neamente se ha sostenido, que ampare la posibilidad de cortar las rutas e impedir la libre circulaci\u00f3n del tr\u00e1nsito. Todos los argentinos tenemos derecho a circular y transitar libremente por el territorio del pa\u00eds; y todos tenemos derecho a trabajar, a saber y a aprender, a ense\u00f1ar y a ejercer toda industria l\u00edcita. Entonces, \u00bfc\u00f3mo coexisten estos derechos con los de manifestarse y reunirse? Todos tenemos derecho a expresar lo que pensamos, a reclamar por nuestros derechos, a reunirnos y agruparnos de forma pac\u00edfica y reclamar ante nuestras autoridades de manera incansable; pero ello implica respetar los derechos que tienen el resto de las personas a\u00fan en ejercicio de los propios. Es que aceptar que el derecho de manifestarse y reunirse implica tambi\u00e9n el de cortar las rutas y restringir los derechos del resto ser\u00eda lo mismo que aceptar que en ocasi\u00f3n de una manifestaci\u00f3n es v\u00e1lido agredir a otras personas, destruir los locales que est\u00e1n al paso, etc\u00e9tera. Nadie tiene derecho a cortar las rutas o v\u00edas de comunicaci\u00f3n y a impedir la libertad de circulaci\u00f3n, ni la de trabajar, ni la de ir a ense\u00f1ar o a aprender. Es inaceptable pensar que quienes han redactado nuestra Constituci\u00f3n, y que han establecido la obligaci\u00f3n de contribuir con impuestos, los derechos de las personas, y que: \u00abtoda reuni\u00f3n de personas que se atribuya los derechos del pueblo y peticione a nombre de este, comete delito de sedici\u00f3n\u00bb (art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n Nacional), hayan hecho pensando en otorgar, a trav\u00e9s de las libertades de expresi\u00f3n, manifestaci\u00f3n, huelga y de reclamar por sus derechos, el derecho a interrumpir la circulaci\u00f3n y los derechos de las personas. Debemos seguir reclamando que lo que ocurre con los cortes de rutas nacionales en nuestra provincia y que perjudican a miles de formose\u00f1os, argentinos y extranjeros, no se constituyan en abusos y en donde seguramente este s\u00e1bado y domingo no habr\u00e1 m\u00e1s corte de ruta, pero el d\u00eda lunes y si el tiempo est\u00e1 bueno en la propia cara de las Fuerzas de Seguridad Nacionales (Gendarmer\u00eda), los manifestantes subir\u00e1n nuevamente al asfalto y la Justicia Federal que cobra sus sueldos, no pagan ganancias; continuar\u00e1n en deuda con los ciudadanos y todo ello porque se permite y se deja hacer lo que se quiere a la otra parte, siendo que hasta la propia Ministra de Seguridad de Naci\u00f3n en CABA ordena actuar de una manera y en el Norte del Pa\u00eds de otro, en este \u00faltimo caso siempre en contra de la gente que quiere trabajar.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El corte de la Ruta Nacional N\u00ba 81 a la altura de Bartolom\u00e9 de las Casas efectuado por aproximadamente 20 pobladores originarios, que se encuentran demandando viviendas, planes sociales y otros beneficios y que fueron denunciados por ante la Gendarmer\u00eda Nacional y tambi\u00e9n por ante la Fiscal\u00eda Federal N\u00ba 1 a cargo de la Dra. 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