{"id":7313,"date":"2018-06-07T16:15:11","date_gmt":"2018-06-07T19:15:11","guid":{"rendered":"http:\/\/2015.defensoriaformosa.gob.ar\/?p=7313"},"modified":"2018-06-07T16:15:55","modified_gmt":"2018-06-07T19:15:55","slug":"remitio-al-obispo-de-formosa-la-defensoria-del-pueblo-postura-y-fundamentos-que-prueban-que-las-banderas-de-libertad-sexual-y-autonomia-de-su-propio-cuerpo-no-son-suficientes-para-que-se-acepte-el-abo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=7313","title":{"rendered":"REMITIO AL OBISPO DE FORMOSA LA DEFENSORIA DEL PUEBLO POSTURA Y FUNDAMENTOS QUE PRUEBAN QUE LAS BANDERAS DE LIBERTAD SEXUAL Y AUTONOMIA DE SU PROPIO CUERPO NO SON SUFICIENTES PARA QUE SE ACEPTE EL ABORTO"},"content":{"rendered":"<p><strong>El Ombudsman Provincial, Jos\u00e9 Leonardo Gialluca, envi\u00f3 una formal Actuaci\u00f3n la N\u00ba 1698\/18 al Obispo Diocesano de Formosa Monse\u00f1or Jos\u00e9 Vicente Conejero Gallego, y en la cual se vuelcan todos los antecedentes de hecho y de derecho, por los cuales el Organismo de la Constituci\u00f3n se opone f\u00e9rreamente a la legalizaci\u00f3n del aborto en nuestro pa\u00eds. Desde la Defensoria del Pueblo, se puso de relieve las profundas contradicciones y confusiones en que han ingresado diferentes actos y movilizaciones en los \u00faltimos d\u00edas y se puso como ejemplo las marchas de #NiUnaMenos, punto este en el que nadie puede estar en desacuerdo, pues es una lucha para exigir que se respete la integridad psicof\u00edsica de todas las mujeres de la Argentina; y otro hecho muy distinto es, \u201cconfundir a la sociedad con quienes llevan adelante un movimiento a favor del aborto y en contra de la vida\u201d. <\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>El Defensor del Pueblo, expres\u00f3 que lo que le expusimos al Obispo de Formosa y que representa el sentir, la visi\u00f3n, los sentimientos y la lucha de todos los cat\u00f3licos a quienes nos ense\u00f1aron y nos conculcaron siempre de que la vida la otorga Dios Nuestro Se\u00f1or y nadie en el mundo tiene el derecho a privar a otro ser humano de la misma y quien lo haga esta pecando y cometiendo adem\u00e1s un delito, por mas que lo presenten de la forma que quieran. Por ello afirmamos que surge \u201cprima facie\u201d la afirmaci\u00f3n de que el feto es un sujeto de derechos. Si no lo fuera, el tema del aborto ni siquiera ser\u00eda un tema en discusi\u00f3n, pues ser\u00eda extra\u00eddo del cuerpo de la mujer como un organismo extra\u00f1o a ella aut\u00f3nomo o no, respecto al cual el mundo jur\u00eddico carece de inter\u00e9s. La segunda cuesti\u00f3n a analizar es que el embri\u00f3n a partir de la 8 semana se denomina feto, es considerado vida a los fines de su protecci\u00f3n. Este punto nos lleva a la afirmaci\u00f3n de que el embri\u00f3n es un ser vivo y por tanto sujeto de derechos toda vez que \u201c abortar\u201d significa privar de salir, nacer, no estar\u00edamos refiri\u00e9ndonos a esa privaci\u00f3n si no reconoci\u00e9ramos esa existencia. Afirmamos entonces que el feto es vida en una etapa de evoluci\u00f3n que se desarrolla en el cuerpo de una mujer. Nos encontramos entonces en una etapa de la evoluci\u00f3n que finaliza con el parto con vida, en otros t\u00e9rminos el embarazo es el proceso de gestaci\u00f3n que abarca el crecimiento y desarrollo de un nuevo individuo dentro de una mujer desde el momento de la concepci\u00f3n a lo largo de los periodos embrionario y fetal hasta el nacimiento, nos parece que m\u00e1s all\u00e1 de las discusiones otrora significativas desde cuando puede ser considerado un ser con vida lo cierto es que cualquier legislaci\u00f3n que despenalice el aborto deber\u00e1 revisar antes su eficacia y legitimidad. Y decimos otrora significativas porque el debate tiene hoy como centro de gravedad a la autonom\u00eda de la mujer para decidir independientemente de los datos de la embriolog\u00eda y la reflexi\u00f3n antropol\u00f3gica sobre el embri\u00f3n, en general confunden conceptos de Autonom\u00eda y Libertad como sin\u00f3nimos, advi\u00e9rtase que la autonom\u00eda no es ilimitada, es parte de la libertad responsable del ser humano que sabe que tienen que actuar respetando la libertad de los dem\u00e1s , aunque ello le limite u ocasione un problema y a sabiendas que tambi\u00e9n debe actuar conforme a su propia dignidad. Esto obliga moralmente a cada ser humano a cuidar y respetar los bienes b\u00e1sicos que conforman la dignidad, vida, salud, conciencia propia. Las banderas de las organizaciones que defienden el derecho al aborto en base a la autonom\u00eda de las mujeres y el derecho a decidir sobre su propio cuerpo es al menos una proclama peligrosa pues la decisi\u00f3n sobre el propio cuerpo tiene limitaciones no solo para el g\u00e9nero femenino sino para el masculino de lo contrario no estar\u00eda penalizado el suicidio asistido que en nuestro pa\u00eds es considerado homicidio. La pregunta ser\u00eda \u00bf puede la madre y el medico interviniente realizar un acto maleficiente contra el feto como es el aborto para un fin benef\u00edciente para la madre? Es posible una autonom\u00eda sin la responsabilidad ante uno mismo y los dem\u00e1s? Estamos en presencia de un movimiento a favor de la mujer o de tapar las consecuencias de la falta de prevenci\u00f3n y de pol\u00edticas p\u00fablicas acordes a las valoraciones vigentes respecto al derecho a la vida. En principio podr\u00edamos afirmar que la noci\u00f3n de autonom\u00eda choca indefectiblemente con los derechos de un ser que dependiente del cuerpo de esa mujer aut\u00f3noma no pude decidir por lo que su estado de vulnerabilidad resulta protegido por la legislaci\u00f3n con argumentos m\u00e1s que fundados respecto al amparo de un derecho fundamental como es la vida. La concepci\u00f3n de la autonom\u00eda para justificar \u201cper-se\u201d el acto de interrupci\u00f3n resulta pobre pues la cuesti\u00f3n del aborto no es \u00fanicamente un tema de autonom\u00eda de la madre pues se contrapone a la autonom\u00eda y beneficencia debida al feto como ser humano cuya dignidad debe ser respetada. La libertad y la autonom\u00eda no significa realizar siempre lo que uno desea porque nos remite a elevar a la irresponsabilidad a un valor que deba ser reconocido, la libertad de vida sexual no implica no poder preveer las consecuencias , m\u00e1xime cuando los ciudadanos en menor o mayor medida pueden acceder a m\u00e9todos preventivos hasta a trav\u00e9s del sistema p\u00fablico de salud.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Ombudsman Provincial, Jos\u00e9 Leonardo Gialluca, envi\u00f3 una formal Actuaci\u00f3n la N\u00ba 1698\/18 al Obispo Diocesano de Formosa Monse\u00f1or Jos\u00e9 Vicente Conejero Gallego, y en la cual se vuelcan todos los antecedentes de hecho y de derecho, por los cuales el Organismo de la Constituci\u00f3n se opone f\u00e9rreamente a la legalizaci\u00f3n del aborto en nuestro [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":7315,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4,6,3],"tags":[],"class_list":["post-7313","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ddhh","category-salud","category-defensa-de-los-derechos-del-usuario-consumidor-contribuyentes"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/7313","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=7313"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/7313\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":7314,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/7313\/revisions\/7314"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/7315"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=7313"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=7313"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=7313"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}