{"id":6588,"date":"2017-12-27T18:04:24","date_gmt":"2017-12-27T21:04:24","guid":{"rendered":"http:\/\/2015.defensoriaformosa.gob.ar\/?p=6588"},"modified":"2017-12-27T18:04:24","modified_gmt":"2017-12-27T21:04:24","slug":"afirmo-la-defensoria-del-pueblo-que-el-superior-tribunal-de-justicia-no-resolvio-el-objeto-de-la-accion-judicial-interpuesta-para-prohibir-el-uso-de-la-pirotecnia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=6588","title":{"rendered":"AFIRMO LA DEFENSORIA DEL PUEBLO QUE EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA NO RESOLVIO EL OBJETO DE LA ACCION JUDICIAL INTERPUESTA PARA PROHIBIR EL USO DE LA PIROTECNIA"},"content":{"rendered":"<p><strong>Se mantuvo en el d\u00eda de ayer en la sede de la Defensoria del Pueblo una reuni\u00f3n, de la que participaron el Sr. V\u00edctor SANCHEZ, Representante de la Asociaci\u00f3n Civil TGD Padres TEA Fsa. y la Sra. Romina BENITEZ de la Asociaci\u00f3n Civil Puentes de Esperanza TEA Fsa., quienes recibieron del Defensor del Pueblo y la Secretaria General, Dra. CACERES Mariela A., el Fallo del S.T.J de la Provincia que rechaz\u00f3 una Medida Autosatisfactiva, pero al mismo tiempo, Recomend\u00f3 a la Municipalidad extreme el control efectivo de las medidas de seguridad dispuestas por el Decreto 3.958\/17 y adem\u00e1s solicit\u00f3 que el Cuerpo de Bomberos detalle las medidas de seguridad adoptadas al respecto. <\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Los integrantes de las Asociaciones de Ni\u00f1os Autistas, \u201cdescribieron los grav\u00edsimos efectos causados por los fuegos artificiales sonoros que debieron soportar sus hijos, llegando algunos a trasladarse a otros lugares donde el uso de la pirotecnia es menos intensa\u201d. \u201cExplicaron los mismos que ni sus propios vecinos entienden los perjuicios que les producen a sus hijos autistas y que este a\u00f1o nadie tuvo reparos en hacer uso y abuso de la pirotecnia, adquirida en diferentes lugares no habilitados y donde la misma se comercializa junto a otros productos peligrosos, denunciando tambi\u00e9n que lamentablemente no existe una conciencia colectiva de que esto puede causar tragedias con p\u00e9rdida de vidas humanas por la forma en que se la acumula\u201d. Desde el Organismo de la Constituci\u00f3n, aclararon que el objeto de la Acci\u00f3n Judicial buscaba que se intime los funcionarios municipales para que den estricto cumplimiento a las previsiones contenidas en el Cap\u00edtulo XXV de la Ordenanza N\u00ba 333\/78, no permitiendo o autorizando, aunque sea a titulo excepcional, la venta de pirotecnia en la v\u00eda p\u00fablica, tal como anunciaron en medios period\u00edsticos que se proceder\u00e1 en el marco de la \u201cFeria Navide\u00f1a\u201d, organizada para el d\u00eda 20 al 24 y 26 al 31 del mes en curso en el Paseo Ferroviario de esta Ciudad, como as\u00ed tambi\u00e9n, respecto de cualquier otro lugar dentro del Ejido Municipal que no re\u00fana estrictamente los requisitos exigidos en la Ordenanza N\u00ba 333\/78; y a la cual la Defensoria nunca prest\u00f3, \u201cconsentimiento alguno, sino que como todas las otras partes fuimos \u00fanicamente informados de lo que se est\u00e1 llevando a cabo\u201d.<br \/>\nCon esta acci\u00f3n, se busc\u00f3 la intervenci\u00f3n de un organismo jurisdiccional tendiente a que interprete la norma vigente, valorando si la venta de pirotecnia en el Predio Ferroviario, dispuesto por el Municipio y dado a conocer a trav\u00e9s de medios period\u00edsticos locales -hechos de p\u00fablico y notorio conocimiento- se adecuaban a los recaudos y requisitos establecidos en la norma, es decir, la Ordenanza N\u00ba 333\/78, cuya parte pertinente hemos adjuntado, a pesar de la regla- lura novit curia-. Puesto que, a consideraci\u00f3n de esta Defensor\u00eda, no lo hac\u00edan, debi\u00e9ndose recurrir por lo tanto al Poder Judicial, para que act\u00fae en el \u00e1mbito de las facultades conferidas constitucionalmente, es decir, interpretar la ley y exigir su fiel cumplimiento cuando as\u00ed no lo hicieran los obligados a cumplirlas. Es esto, lisa y llanamente lo que hemos peticionado al Poder Judicial y no otra cosa. No les pedimos que sancionen una norma, debido a que amparado en la facultad prevista en la Ley N\u00ba 1.065 de \u201cCreaci\u00f3n y Competencia de la Defensor\u00eda del Pueblo\u201d, art. 10, inc. F) el 24\/11\/2016 presentamos al Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Formosa, un proyecto de ordenanza sobre pirotecnia y existe otro proyecto de ley presentado por el Diputado Adri\u00e1n Bogado y la Dra. Silvia Andraus Mateo, Expte 137\/ 2017, ambos sin tratar.<br \/>\nA\u00f1adieron que, la peligrosidad de este modo de comercializaci\u00f3n al aire libre, con exposiciones a las altas temperaturas -por m\u00e1s que existan gacebos- y en un espacio f\u00edsico donde se entremezclan distintas actividades, hacen que la seguridad p\u00fablica y la integridad psicof\u00edsica de los consumidores, vendedores y eventuales transe\u00fantes no se encuentre garantizada de ninguna manera. Se interpuso dicha acci\u00f3n a los efectos de evitar que, mediante la inobservancia de una norma vigente, sancionada al efecto de establecer estrictos par\u00e1metros de seguridad para la comercializaci\u00f3n, dep\u00f3sito, transporte y manipulaci\u00f3n de la pirotecnia, se exponga a la ciudadan\u00eda a sufrir un da\u00f1o en su salud, sus bienes e intereses. Por ello, rechazaron enf\u00e1ticamente la calificaci\u00f3n del S.T.J como que el pedido del Ombudsman Provincial, Jos\u00e9 Leonardo GIALLUCA, \u201cfuera hu\u00e9rfano de claridad y carente de pruebas\u201d. Todo lo contrario, conforme lo se\u00f1alado con anterioridad, \u201c\u00fanicamente se pidi\u00f3 que se haga cumplir una normativa a favor de sectores vulnerables y la justicia err\u00f3neamente no hizo lugar a la Acci\u00f3n Autosatisfactiva, -pero sin embargo, en atenci\u00f3n al principio de prevenci\u00f3n de eventuales da\u00f1os que potencialmente engendra la pirotecnia, resolvi\u00f3 hacer recomendaciones a la Municipalidad y pedir informes al Cuerpo de Bomberos en el marco de un decreto dictado para tratar de controlar la venta ilegal y clandestina de pirotecnia y brindar as\u00ed seguridad a toda la ciudadan\u00eda por parte del Municipio de la Ciudad.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se mantuvo en el d\u00eda de ayer en la sede de la Defensoria del Pueblo una reuni\u00f3n, de la que participaron el Sr. V\u00edctor SANCHEZ, Representante de la Asociaci\u00f3n Civil TGD Padres TEA Fsa. y la Sra. 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