{"id":5953,"date":"2017-08-28T15:57:49","date_gmt":"2017-08-28T18:57:49","guid":{"rendered":"http:\/\/2015.defensoriaformosa.gob.ar\/?p=5953"},"modified":"2017-08-28T15:57:49","modified_gmt":"2017-08-28T18:57:49","slug":"afirmo-la-defensoria-del-pueblo-que-ante-la-falta-de-pago-de-facturas-de-agua-la-empresa-no-puede-cortar-el-servicio-y-si-perseguir-el-cobro-de-las-deudas-con-intereses-y-mas-otros-gastos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=5953","title":{"rendered":"AFIRMO LA DEFENSORIA DEL PUEBLO QUE ANTE LA FALTA DE PAGO DE FACTURAS DE AGUA, LA EMPRESA NO PUEDE CORTAR EL SERVICIO Y S\u00cd PERSEGUIR EL COBRO DE LAS DEUDAS CON INTERESES Y MAS OTROS GASTOS"},"content":{"rendered":"<p><strong>Dada las repercusiones y confusiones originadas en centenares de usuarios del servicio p\u00fablico de agua brindado en nuestra ciudad por la Empresa Aguas de Formosa, ante la decisi\u00f3n de la Jueza Civil y Comercial N\u00ba5 Graciela Patricia LUGO, de determinar que en esta relaci\u00f3n de consumo la empresa prestataria, \u201cno est\u00e1 habilitada legalmente, por falta de pago, a cortar directamente el servicio de agua potable\u201d; el Ombudsman Provincial, Jos\u00e9 Leonardo GIALLUCA, aclar\u00f3 a todos los usuarios que es necesario \u201cinterpretar correctamente este fallo, para evitar consecuencias negativas en el patrimonio de la gente\u201d. Son muchas las personas que recibimos ayer y que nos plantearon, \u201cporque nosotros vamos a continuar pagando el agua potable, si la empresa no tiene derecho a cortarnos el servicio\u201d.<\/strong><\/p>\n<p><!--more--><br \/>\nEl funcionario remarc\u00f3 que esto no as\u00ed, en primer lugar no es el primer fallo judicial de estas caracter\u00edsticas en nuestra jurisdicci\u00f3n y por otro lado no tiene efectos \u201cErga omnes\u201d (es decir para todos); sino que solo beneficia al usuario que tiene su domicilio en calle Jos\u00e9 Mar\u00eda Uriburu al 800 y que le debe a la Empresa Aguas de Formosa aproximadamente m\u00e1s de $6.000 por no pagar los servicios de agua potable y cloaca que corresponde a unos 5 meses de facturas de servicios.<br \/>\nLo que la Justicia determina, son los errores en que incurre la Empresa Aguas de Formosa al interpretar una Ley Provincial la 1.142 y su Art\u00edculo 34\u00ba donde faculta a la prestataria a proceder al corte del servicio, cuando se verifiquen atrasos consecutivos de tres (3) periodos en el pago del servicio, previo cumplimiento del procedimiento previsto. Es aqu\u00ed donde la misma Ley Provincial determina que la distribuci\u00f3n de agua potable reviste calidad de Servicio P\u00fablico (Art 1\u00ba) y que debe ser prestado en condiciones que aseguren su continuidad, regularidad, calidad y generalidad, de manera tal que se garantice su efectiva y eficiente prestaci\u00f3n a los usuarios y la protecci\u00f3n al medio ambiente (Art. 4\u00ba), determin\u00e1ndose adem\u00e1s el nivel de calidad de agua conforme a las normas internacionales de la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud y el C\u00f3digo Alimentario Nacional, con prestaciones ininterrumpidas, garantiz\u00e1ndose la disponibilidad durante las 24 horas del d\u00eda (Art 5\u00ba).<br \/>\nGialluca, se\u00f1alo que el Art\u00edculo 34\u00ba no puede ser le\u00eddo aisladamente sino que forma parte de un todo y que cuando hablamos de un servicio p\u00fablico no implica solamente una relaci\u00f3n jur\u00eddica de naturaleza econ\u00f3mica, sino que entre la prestataria estatal y los usuarios existen derechos humanos fundamentales como son los de la salud, educaci\u00f3n, seguridad p\u00fablica, acceso a la justicia, etc. Por ello nade puede pretender en estos d\u00edas que alguien viva sin agua potable, es un derecho relacionado directamente con la vida, no es algo abstracto y ello est\u00e1 consagrado en el Art.80\u00ba de nuestra Constituci\u00f3n Provincial.<br \/>\nEso por un lado, y por el otro est\u00e1 el derecho econ\u00f3mico que tiene la Empresa Aguas de Formosa a cobrar por el servicio que presta, y el Fallo Judicial analizado nunca le neg\u00f3 ese derecho, pero s\u00ed le hace ver que la propia Ley Marco Regulatorio ha previsto y provisto a la Concesionaria de las herramientas procesales adecuadas para perseguir el cobro de las deudas (Art 33\u00ba), con lo cual su derecho de propiedad se encuentra totalmente resguardado.<br \/>\nEn este contexto, desde el Organismo de la Constituci\u00f3n se afirmo que tambi\u00e9n es cierto que en la actualidad hasta la propia justicia ha determinado en algunos casos, que las empresas deben tener en cuenta, \u201clas condiciones sociales, econ\u00f3micas, culturales y otras\u201d, al momento de exigir el pago de los servicios que prestan. Institucionalmente, nuestra sugerencia siempre analiza, \u201cel todo de cada situaci\u00f3n que nos plantean y por ello no podemos poner en riesgo el patrimonio de los usuarios, asesor\u00e1ndolos irregularmente de que dejen de pagar las facturas de agua, pues con seguridad la empresa los intimar\u00e1 como en el caso en an\u00e1lisis, varias veces, pasara a la gesti\u00f3n de cobranzas y posteriormente proceder\u00e1 a ejecutar la deuda por ante la justicia y all\u00ed ya se le podr\u00edan embargar sueldos, bienes o lo que se decida\u201d. Por \u00faltimo el Ombudsman llamo la atenci\u00f3n a Aguas de Formosa que por m\u00e1s que le haya dado aviso al EROSP, de que proceder\u00e1 al corte del servicio, \u201cesto no la habilita a realizarlo y tambi\u00e9n considerando el incumplimiento del actor, mas all\u00e1 de sus razones legales que compartimos avalamos, tambi\u00e9n es cierto que existen en una Comunidad, derechos y obligaciones y si el Estado o una empresa est\u00e1 brindando un servicio, el mismo debe ser pagado en tiempo y forma, de lo contrario no podr\u00edamos gozar todos los usuarios de agua potable que para llegar a ser tal, tiene un proceso de producci\u00f3n y en donde las cloacas tambi\u00e9n encierran otro servicio que aunque no lo veamos nos permite vivir con una mejor calidad de vida, m\u00e1xime si el usuario est\u00e1 en condiciones econ\u00f3micas de hacer frente a la deuda; que es muy distinto a no estar de acuerdo con las cifras que facturan en algunos casos las empresas y que son legalmente impugnables.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Dada las repercusiones y confusiones originadas en centenares de usuarios del servicio p\u00fablico de agua brindado en nuestra ciudad por la Empresa Aguas de Formosa, ante la decisi\u00f3n de la Jueza Civil y Comercial N\u00ba5 Graciela Patricia LUGO, de determinar que en esta relaci\u00f3n de consumo la empresa prestataria, \u201cno est\u00e1 habilitada legalmente, por falta [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":4496,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-5953","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/5953","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=5953"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/5953\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5954,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/5953\/revisions\/5954"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/4496"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=5953"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=5953"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=5953"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}