{"id":4715,"date":"2017-02-15T18:36:11","date_gmt":"2017-02-15T21:36:11","guid":{"rendered":"http:\/\/2015.defensoriaformosa.gob.ar\/?p=4715"},"modified":"2017-02-15T18:36:11","modified_gmt":"2017-02-15T21:36:11","slug":"la-defensoria-del-pueblo-y-usuarios-locales-presentaron-amparos-ante-la-justicia-federal-por-los-aumentos-en-el-transporte-de-la-energia-electrica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=4715","title":{"rendered":"LA DEFENSORIA DEL PUEBLO Y USUARIOS LOCALES PRESENTARON AMPAROS ANTE LA JUSTICIA FEDERAL POR LOS AUMENTOS EN EL TRANSPORTE DE LA ENERGIA ELECTRICA"},"content":{"rendered":"<p><strong>La Defensor\u00eda del Pueblo, patrocin\u00f3 a un grupo de usuarios del servicio de energ\u00eda el\u00e9ctrica de la Provincia, suscribiendo conjuntamente Acci\u00f3nes de Amparo, contra la Resoluci\u00f3n del Gobierno Nacional que autoriz\u00f3 el aumento del 1.072 % en la tarifa que percibe TRANSNEA, empresa Transportista de Energ\u00eda en Alta Tensi\u00f3n para todo el Nordeste Argentino (NEA).<\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Los fundamentos dados en el escrito de demanda, dan cuenta de la nulidad de la Audiencia P\u00fablica celebrada en nuestra ciudad capital a fines del a\u00f1o pasado, as\u00ed como la invalidez de la Resoluci\u00f3n emitida en consecuencia que pretende convalidar un exorbitante y artificioso aumento que no hace m\u00e1s que premiar a una empresa que desde hace d\u00e9cadas presta un servicio ineficiente e ineficaz en toda la Regi\u00f3n del NEA, siendo que las provincias que la componen reclaman el manejo del servicio para cambiar dicha realidad. En \u00e9ste sentido, el Defensor del Pueblo de la Provincia, Jos\u00e9 Leonardo Gialluca expres\u00f3: \u201cTal y como adelant\u00e1ramos en la Audiencia P\u00fablica, dicho acto no fue m\u00e1s que una farsa tendiente a validar cualquier cosa despu\u00e9s, que es lo que sucedi\u00f3 finalmente, no se puede aplicar un incremento de m\u00e1s del 1.000 % en un componente de la facturaci\u00f3n de los usuarios de la noche a la ma\u00f1ana, menos a\u00fan si el servicio que presta la transportista beneficiada es p\u00e9simo. Lo hecho escapa a la l\u00f3gica y la legalidad. La Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n ha fijado al Gobierno Nacional pautas para que las subas sean absorbidas por la econom\u00eda de los usuarios comunes, puesto que la mayor\u00eda de la gente que no es due\u00f1a de un holding de empresas o posee ingresos descomunales para poder pagar sus facturas de energ\u00eda si se las aumentan, de una vez, un 500 %, como lo dispuso el Ministerio de Energ\u00eda de la Naci\u00f3n, a comienzos del a\u00f1o pasado o un 80 %, como lo hizo a inicios del presente. Como si las alzas no fueran suficientes, sobre las mismas, se autoriza un nuevo enorme incremento sobre uno de los componentes de la facturaci\u00f3n, que es el transporte de energ\u00eda. Esto, muy a pesar de lo que digan algunos representantes del oficialismo nacional en Formosa, va a impactar en las facturaciones que emita REFSA, porque si debe comprar la energ\u00eda un 100 % m\u00e1s cara y pagar 1.072 % m\u00e1s por el transporte de la misma hasta Formosa \u00bfqui\u00e9n va a creer que tales valores no ser\u00e1n trasladados a los usuarios?\u201d.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s Gialluca pidi\u00f3 a trav\u00e9s de medidas cautelares que se retrotraigan los valores a los vigentes antes del dictado de las Resoluciones N\u00ba 75\/17 y 20\/17 emitidas por la Secretaria de Energ\u00eda de Naci\u00f3n y la Resoluci\u00f3n N\u00ba 66\/15 emitida por el ENRE , ello es as\u00ed puesto que el tiempo que hay que esperar hasta la sentencia definitiva derivar\u00eda en da\u00f1os econ\u00f3micos sobre los usuarios que son obligados ileg\u00edtimamente por los incrementos en las tarifas aplicadas a los distribuidores. Se explic\u00f3 que una de las audiencias trato la tarifa de transporte de energ\u00eda de media tensi\u00f3n cuya administraci\u00f3n las provincias reclaman hace tiempo dado el desastroso desenvolvimiento de TRANSNEA y por otro lado simult\u00e1neamente se llev\u00f3 a cabo la Audiencia por los precios estacionales que corresponden al costo del\u00a0 transporte de alta tensi\u00f3n. Todas las Resoluciones dictadas son\u00a0 inconstitucionales y arbitrarias ya que no contemplan ni siquiera el derecho humano de acceso a la energ\u00eda, como tampoco el rol protector del Estado Nacional que deteriora la calidad de vida de todos los usuarios del NEA.<\/p>\n<p>A su turno el Secretario Letrado de la Defensor\u00eda, Jos\u00e9 Porfirio Garc\u00eda, remarc\u00f3: \u201cUn grupo de usuarios se presentaron espont\u00e1neamente ante la Defensor\u00eda del Pueblo a solicitar que se haga algo porque no le ser\u00e1 posible afrontar nuevos aumentos en el servicio de energ\u00eda con sus magros ingresos, siendo totalmente insuficientes los subsidios que actualmente concede el Estado Nacional, siendo cabezas de familias integradas por ni\u00f1os, personas de tercera edad y enfermos, quienes no pueden ser privados de este servicio p\u00fablico esencial, todo lo cual reforz\u00f3 la decisi\u00f3n adelantada por el Ombudsman Provincial, de formular la presentaci\u00f3n a la Justicia Federal, de la manera que lo har\u00e1n los restantes Defensores del Pueblo de la Regi\u00f3n, pues la problem\u00e1tica no solo ata\u00f1e a los usuarios formose\u00f1os sino que afecta por igual a chaque\u00f1os, correntinos, misioneros y entrerrianos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Defensor\u00eda del Pueblo, patrocin\u00f3 a un grupo de usuarios del servicio de energ\u00eda el\u00e9ctrica de la Provincia, suscribiendo conjuntamente Acci\u00f3nes de Amparo, contra la Resoluci\u00f3n del Gobierno Nacional que autoriz\u00f3 el aumento del 1.072 % en la tarifa que percibe TRANSNEA, empresa Transportista de Energ\u00eda en Alta Tensi\u00f3n para todo el Nordeste Argentino (NEA).<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":4716,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1,3],"tags":[],"class_list":["post-4715","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","category-defensa-de-los-derechos-del-usuario-consumidor-contribuyentes"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4715","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=4715"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4715\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4717,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4715\/revisions\/4717"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/4716"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=4715"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=4715"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=4715"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}