{"id":4641,"date":"2017-01-31T19:50:44","date_gmt":"2017-01-31T22:50:44","guid":{"rendered":"http:\/\/2015.defensoriaformosa.gob.ar\/?p=4641"},"modified":"2017-01-31T19:57:54","modified_gmt":"2017-01-31T22:57:54","slug":"la-asociacion-de-defensores-del-pueblo-de-la-republica-argentina-repudia-la-reforma-introducida-por-un-dnu-a-la-ley-de-migraciones-25871-y-a-la-ley-de-ciudadania-346","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=4641","title":{"rendered":"LA ASOCIACION DE DEFENSORES DEL PUEBLO DE LA REPUBLICA ARGENTINA REPUDIA LA REFORMA INTRODUCIDA POR UN DNU A LA LEY DE MIGRACIONES 25871 Y A LA LEY DE CIUDADANIA 346"},"content":{"rendered":"<p><strong>La Asociaci\u00f3n de Defensores del Pueblo de la Rep\u00fablica Argentina repudio la reforma de la pol\u00edtica migratoria por parte del poder ejecutivo nacional a trav\u00e9s del Decreto de Necesidad y Urgencia 70\/ 17, el que es rechazado por organismos p\u00fablicos y por toda la sociedad civil dedicados a la protecci\u00f3n de los derechos de las personas migrantes que llegan a nuestro pa\u00eds en busca de mejores condiciones de vida tanto personales como familiares.<\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Durante los \u00faltimos meses ADPRA- Asociaci\u00f3n de Defensores del Pueblo de la Rep\u00fablica Argentina-, ha expresado su preocupaci\u00f3n respecto del discurso que desde los medios de comunicaci\u00f3n masiva se ha instalado. Funcionarios nacionales y periodistas han construido un relato negativo de la migraci\u00f3n asociada al delito. Este discurso ha permitido avanzar en la dr\u00e1stica y absolutamente regresiva modificaci\u00f3n de la Ley Nacional de Migraciones 25871, sancionada hace 15 a\u00f1os con el aval de distintos sectores pol\u00edticos y sociales, y de la Ley de Ciudadan\u00eda 346.<\/p>\n<p>La regresividad del Decreto se observa en distintos aspectos. Especialmente preocupante es el retroceso que plantea el DNU en el reconocimiento de derechos y garant\u00edas fundamentales como la reunificaci\u00f3n familiar, el debido proceso y el control judicial de las decisiones de la Direcci\u00f3n Nacional de Migraciones.<\/p>\n<p>As\u00ed, el procedimiento implementado afecta a las poblaciones m\u00e1s vulnerables al disponer, por ejemplo, que si no se constituye domicilio o es inexistente el declarado, quedara notificado por Mesa de Entradas en DOS d\u00edas h\u00e1biles. Aquella persona tendr\u00e1 que ir todos los d\u00edas\u00a0 a la Direcci\u00f3n Nacional de Migraciones a ver su expediente. Esta modificaci\u00f3n no promueve su derecho de defensa sino que lo atenta.<\/p>\n<p>Por su parte, para acceder a asistencia jur\u00eddica gratuita las personas deber\u00e1n acreditar ante migraciones \u201cfehacientemente\u201d la falta de medios econ\u00f3micos, caso contrario se continuaran las actuaciones administrativas sin m\u00e1s tramite. Es sabido que la obtenci\u00f3n de Cartas de Pobreza demora m\u00e1s que el plazo recursivo de TRES DIAS IMPROROGABLE, que fija la nueva norma, lo que termina vulnerando el acceso a la justicia de la poblaci\u00f3n migrante que no se encuentra en condiciones de contratar un abogado particular.<\/p>\n<p>En igual sentido, el procedimiento de revisi\u00f3n de las decisiones administrativas que supo marcar un cambio de paradigma respecto de la pol\u00edtica migratoria durante la vigencia de la Ley Videla, se transforma en un control simb\u00f3lico, autom\u00e1tico, de los actos de la Direcci\u00f3n Nacional de Migraciones. Tal es as\u00ed, que la Ley dice al Juez como actuar frente a cada supuesto rest\u00e1ndole un escaso margen de decisi\u00f3n. Por ejemplo: el Juez no puede dispensar un impedimento por reunificaci\u00f3n familiar, el que solo puede dispensar Migraciones previa acreditaci\u00f3n\u00a0 de la \u201cConvivencia del Grupo Familiar\u201d para lo que se tendr\u00e1 en cuenta el inter\u00e9s afectivo y econ\u00f3mico. Se desconocen as\u00ed las distintas modalidades de familia y adem\u00e1s se genera una intromisi\u00f3n en la vida privada de las personas por parte de la autoridad administrativa.<\/p>\n<p>Solo como un ejemplo m\u00e1s de la regresividad normativa,\u00a0 cabe mencionar la obligaci\u00f3n de responder los pedidos de informes sobre la situaci\u00f3n migratoria por parte de las oficinas p\u00fablicas, que se ver\u00e1n sancionadas de no hacerlo en plazos que van de 2 a 5 d\u00edas h\u00e1biles. Esta modificaci\u00f3n merece el repudio por su naturaleza, en tanto obliga a sus destinatarios a generar un control de permanencia sobre la poblaci\u00f3n migrante, resabio de la Ley Videla que supo ser cuestionado y finalmente modificado, lo que fue la famosa \u201c obligaci\u00f3n de denuncia\u201d. Merece\u00a0 la modificaci\u00f3n a otra norma, la Ley de Ciudadan\u00eda 346. Este cambio resulta irrazonable ya que se sustenta en el \u201cfraude a la Ley Migratoria\u201d, categor\u00eda que no es ni delito ni sanci\u00f3n administrativa, sino meramente una construcci\u00f3n doctrinaria de la Direcci\u00f3n Nacional de Migraciones utilizada para negar derechos. \u00a0Se exige asi la obtenci\u00f3n de residencia temporaria o permanente para acreditar el arraigo normado por la Constituci\u00f3n Nacional. Esta modificaci\u00f3n es contraria a la misma y a la doctrina de la Corte de Justicia de la Naci\u00f3n y de numerosos precedentes jurisprudenciales que de modo un\u00e1nime dispusieron que los dos a\u00f1os de residencia no estuvieran sujetos a una categor\u00eda de residencia migratoria. Lo m\u00e1s preocupante es que no hay argumentos para modificar esta Ley ya que el DNU se centra en \u201clos hechos de criminalidad organizada\u201d en tanto que la obtenci\u00f3n de la ciudadan\u00eda exige medios de vida l\u00edcitos, lo que se prueba con numerosos informes que el Juez solicita a las distintas fuerzas de seguridad.<\/p>\n<p>De este modo, \u00bfCu\u00e1l es el sentido de modificar la forma de probar el arraigo?. Se observa una desviaci\u00f3n de poder preocupante que merece su rechazo. Es importante subrayar que la ley 25871 y el decreto 616\/2010 buscan proteger a un colectivo especialmente vulnerable que ha estado expuesto durante d\u00e9cadas a abusos y arbitrariedades por parte tanto\u00a0 de la Administraci\u00f3n p\u00fablica como de redes delictivas. La migraci\u00f3n en Argentina ha estado siempre vinculada al trabajo y a la posibilidad de mejorar la calidad de vida. Hoy como hace m\u00e1s de un siglo, hombres mujeres y ni\u00f1os, motivados por el deseo de desarrollar una vida digna. El cambio normativo por decreto, cuya urgencia se funda en la lucha por el delito, preocupa no solo porque desconoce el lugar de las instituciones de la democracia sino, fundamentalmente, por el impacto que tendr\u00e1 en la vida cotidiana de miles de familias migrantes, hoy utilizadas como chivo expiatorio del poder pol\u00edtico. Por ello ADPRA, refuerza m\u00e1s que nunca su compromiso en la protecci\u00f3n de los derechos de las personas migran teas y repudia la modificaci\u00f3n arbitraria y regresiva de una Ley que es considerada modelo en el mundo entero.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Asociaci\u00f3n de Defensores del Pueblo de la Rep\u00fablica Argentina repudio la reforma de la pol\u00edtica migratoria por parte del poder ejecutivo nacional a trav\u00e9s del Decreto de Necesidad y Urgencia 70\/ 17, el que es rechazado por organismos p\u00fablicos y por toda la sociedad civil dedicados a la protecci\u00f3n de los derechos de las [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":4646,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-4641","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4641","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=4641"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4641\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4643,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4641\/revisions\/4643"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/4646"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=4641"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=4641"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=4641"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}