{"id":3825,"date":"2016-08-28T20:44:46","date_gmt":"2016-08-28T23:44:46","guid":{"rendered":"http:\/\/2015.defensoriaformosa.gob.ar\/?p=3825"},"modified":"2016-08-28T20:44:46","modified_gmt":"2016-08-28T23:44:46","slug":"desde-la-defensoria-sostienen-que-la-ley-no-preve-el-llamado-a-audiencia-publica-para-la-revision-de-los-costos-del-servicio-de-provision-de-agua-potable-en-formosa-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=3825","title":{"rendered":"DESDE LA DEFENSOR\u00cdA SOSTIENEN QUE LA LEY NO PREV\u00c9 EL LLAMADO A AUDIENCIA P\u00daBLICA PARA LA REVISI\u00d3N DE LOS COSTOS DEL SERVICIO DE PROVISI\u00d3N DE AGUA POTABLE EN FORMOSA"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Ante la consulta de usuarios del servicio de agua potable y de energ\u00eda el\u00e9ctrica, tanto de capital como del interior provincial, por ante la Defensor\u00eda del Pueblo, pidiendo asesoramiento e informaci\u00f3n acerca de c\u00f3mo se fijan los montos o precios de las tarifas de los servicios p\u00fablicos esenciales; el Ombudsman Provincial, Jos\u00e9 Leonardo Gialluca, se\u00f1al\u00f3 que los vecinos se encuentran inquietos, y en un estado de incertidumbre, desde que el Gobierno Nacional implemento abruptamente los tarifazos de energ\u00eda y gas natural; siendo que la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n (CSJN) ha determinado como una necesidad, en su \u00faltimo fallo que para incrementar las tarifas del gas por redes, debe existir un gradualismo, haci\u00e9ndole entender de ese modo al Gobierno Nacional, que es necesario, como lo se\u00f1alo el flamante Ministro de la CSJN, Horacio Rosatti, \u201cque lo m\u00e1s importante es garantizar la razonabilidad de las tarifas de los servicios p\u00fablicos esenciales y que es imprescindible que exista por parte del Estado una clara diferenciaci\u00f3n de sectores y regiones con atenci\u00f3n especial a los m\u00e1s vulnerables\u201d. Por ello, resulta imprescindible que el Gobierno Nacional y los Provinciales respeten el Art. 42 de la Constituci\u00f3n Nacional que reconoce a los usuarios el derecho a un -trato equitativo y digno-.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><!--more--><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En este contexto, desde el Organismo de la Constituci\u00f3n, se inform\u00f3 a todos los usuarios del servicio de energ\u00eda el\u00e9ctrica que, oportunamente, se llevara a cabo la Audiencia P\u00fablica respectiva, para determinar el valor de la tarifa el\u00e9ctrica que tendremos que pagar los vecinos pero, previamente, le caben a las dos empresas del Estado Nacional ENARSA y CAMMESA, la responsabilidad de fijar el precio de la energ\u00eda que comprar\u00e1 REFSA y de all\u00ed en adelante, la Distribuidora Estatal tendr\u00e1 la obligaci\u00f3n de explicarnos e informarnos sus pretensiones en la fecha y lugar a se\u00f1alarse. Diferente es la situaci\u00f3n que se plantea con el precio de la tarifa de agua potable en nuestra ciudad, en donde existe un sector servido por la Empresa Aguas de Formosa S.A que alcanza aproximadamente a unos 70 mil usuarios y el resto de los vecinos son atendidos por el SPAP. Desde la Defensor\u00eda se se\u00f1al\u00f3 que hay sectores que no aportan claridad a este tema por desconocimiento o por alguna intencionalidad y en el caso del servicio de agua potable el 132 % de incremento fijado por el EROSP, por tramos, para todo un a\u00f1o, se ajusta a lo establecido en los pliegos vigentes, punto 14.10 del Contrato de Concesi\u00f3n, ya que este servicio, a diferencia del de Energ\u00eda El\u00e9ctrica, prev\u00e9 una Revisi\u00f3n del R\u00e9gimen Tarifario Extraordinario, que es el que se aplica actualmente y que no requiere de Audiencia P\u00fablica alguna. Estamos siguiendo el proceso de adecuaci\u00f3n tarifaria de Aguas de Formosa S.A., pues exigimos que se nos suministre informaci\u00f3n, permanentemente y estamos en condiciones de afirmar que la Revisi\u00f3n Tarifaria Extraordinaria, ha permitido cumplir con todos los requisitos de la Constituci\u00f3n Nacional Art. 42 y 16. Esto es, se ha informado objetiva y verazmente a los usuarios y de esta manera, con la estricta fiscalizaci\u00f3n de la Defensor\u00eda y el EROSP, se ha llegado al establecimiento de precios o valores \u201cjustos, razonables y graduales que es lo que exige la Corte Suprema\u201d. Con el porcentaje que surge de la Revisi\u00f3n Extraordinaria que cumple lo establecido legalmente para el servicio de agua en nuestra provincia, el 132% cubre s\u00f3lo lo que es operaci\u00f3n y mantenimiento del servicio de agua potable en Formosa, el resto es subsidiado por el Gobierno Provincial. El sector energ\u00e9tico, se maneja completamente con otras pautas, remarc\u00f3 finalmente el funcionario, pues la Ley de creaci\u00f3n del Ente Nacional Regulador de la Electricidad, establece expresamente la obligaci\u00f3n de celebrar Audiencias P\u00fablicas, para poder modificar tarifas. Debemos ser respetuosos de la Ley y donde esta no establezca obligaci\u00f3n alguna y se respete lo que mandan la Constituci\u00f3n Nacional, la Provincial, las leyes dictadas en consecuencia y los Pliegos de Concesi\u00f3n respectivos, no es necesario que se llame a Audiencia P\u00fablica, porque no resulta un deber hacerlo. Lo cual no implica que, desde el Estado Provincial, no se vele por el cumplimiento del deber de brindar informaci\u00f3n objetiva a los usuarios del servicio de agua potable y, por sobre todas las cosas, se asegure, la tan mentada protecci\u00f3n de sus intereses econ\u00f3micos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ante la consulta de usuarios del servicio de agua potable y de energ\u00eda el\u00e9ctrica, tanto de capital como del interior provincial, por ante la Defensor\u00eda del Pueblo, pidiendo asesoramiento e informaci\u00f3n acerca de c\u00f3mo se fijan los montos o precios de las tarifas de los servicios p\u00fablicos esenciales; el Ombudsman Provincial, Jos\u00e9 Leonardo Gialluca, se\u00f1al\u00f3 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":3764,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-3825","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3825","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=3825"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3825\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3826,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3825\/revisions\/3826"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/3764"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=3825"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=3825"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=3825"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}