{"id":17701,"date":"2026-10-12T22:13:16","date_gmt":"2026-10-13T01:13:16","guid":{"rendered":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=17701"},"modified":"2026-10-12T22:13:16","modified_gmt":"2026-10-13T01:13:16","slug":"las-fiestas-de-egresados-o-eventos-privados-con-listas-cerradas-sea-un-quince-boda-eventos-empresariales-no-deben-pagar-sadaic-ni-aadi-ni-capif","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=17701","title":{"rendered":"LAS FIESTAS DE EGRESADOS O EVENTOS PRIVADOS CON LISTAS CERRADAS SEA UN QUINCE, BODA, EVENTOS EMPRESARIALES, NO DEBEN PAGAR SADAIC, NI AADI, NI CAPIF"},"content":{"rendered":"<p><strong>-No se debe pagar SADAIC, AADI_ CAPIF en las fiestas de egresados. Si el Sal\u00f3n o la Empresa Organizadora, lo exigen en la factura o el contrato, se debe realizar la denuncia-<\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>El Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa, Dr. Jos\u00e9 Leonardo Gialluca, se\u00f1al\u00f3 que, distintos grupos de padres y estudiantes, se acercaron a la Instituci\u00f3n y adem\u00e1s, se comunicaron mediante nuestros correos electr\u00f3nicos, para ser asesorados respecto a si las fiestas de egresados que se llevar\u00e1n a cabo en los pr\u00f3ximos meses, deben pagar SADAIC (Sociedad Argentina de Autores y Compositores), AADI (Asociaci\u00f3n Argentina de Int\u00e9rpretes) o CAPIF (C\u00e1mara Argentina de la M\u00fasica Grabada). El Funcionario Provincial, record\u00f3 que, en los a\u00f1os 2024 y 2025, se produjo una serie de interpretaciones antojadizas frente a lo establecido por el Decreto N\u00ba 765\/24 que modific\u00f3 la reglamentaci\u00f3n de la Ley N\u00b0 11.723 de Propiedad Intelectual en Argentina, limitando el pago de derechos de autor (como SADAIC, AADI o CAPIF). Actualmente, en fecha 8 de junio del corriente a\u00f1o, AADI, CAPIF, ACR (Asociaci\u00f3n Civil Recaudadora), se disolvi\u00f3 y se encuentra en proceso de liquidaci\u00f3n, por lo que, dicha entidad, ha cesado en el desarrollo de su actividad recaudatoria y no existe nadie autorizado ni habilitado para gestionar el cobre de aranceles por comunicaci\u00f3n p\u00fablica de fonogramas, no obstante, hemos tomado conocimiento que estas Instituciones est\u00e1n construyendo una nueva estructura recaudadora para retomar el cobro, pero siempre ahora, bajo los nuevos par\u00e1metros legales vigentes. A esto se suma la Causa Judicial \u201cBiella S.R.L. y otros c\/ SADAIC y otros s\/ Demanda Meramente Declarativa \u2013 Ordinario, que tramit\u00f3 en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominaci\u00f3n de la Provincia de Santa Fe, en fecha 3 de junio de 2026, donde se dict\u00f3 una Sentencia estableciendo que, la \u201cEjecuci\u00f3n P\u00fablica\u201d exige que un evento se realice en un espacio de acceso libre y dirigido a una pluralidad de personas, en el caso de ser fiestas privadas con acceso restringido, \u00fanicamente a invitados, egresados y familiares, la actividad no constituye \u201cejecuci\u00f3n p\u00fablica\u201d y por lo tanto, no est\u00e1n obligados a pagar SADAIC.<\/p>\n<p>En este sentido, desde el Organismo de la Constituci\u00f3n, se inform\u00f3 la postura y accionar de la -Federaci\u00f3n Argentina de la Industria de los Eventos- desde donde explicaron qu\u00e9 deben hacer los organizadores, si un sal\u00f3n les exige pagar estos aranceles, en una fiesta privada. En este contexto, Mar\u00eda Jos\u00e9 Oliva, Presidenta de la Federaci\u00f3n, explic\u00f3 que este tema se encuentra atravesado por el Decreto 765\/2024, publicado en agosto de 2024 y por distintas acciones judiciales, por lo que, las fiestas privadas no tienen que abonar estos aranceles. Gialluca, record\u00f3 que judicialmente continuamos en los Estrados Provinciales, litigando para que \u201csea la justicia quien aclare y defina el alcance y comprensi\u00f3n de las normativas vigentes\u201d, este resultado ser\u00e1 dado a conocer oportunamente. \u00a0Reiter\u00f3 que, los eventos privados realizados en \u201cespacios privados y con listas cerradas\u201d no deben pagar estos derechos. En el caso de que alg\u00fan sal\u00f3n de fiesta exija o pretenda el cobro de estas tasas, recomend\u00f3 realizar una denuncia ante la Defensor\u00eda del Pueblo o la Subsecretaria de Defensa al Consumidor y Usuario de la Provincia de Formosa, a su vez, la Federaci\u00f3n Argentina de la Industria de los Eventos sostienen que ni el organizador de una fiesta privada ni el sal\u00f3n deben afrontar actualmente estos aranceles cuando se trata de eventos privados con lista cerrada.<\/p>\n<p>El Funcionario tambi\u00e9n cuestion\u00f3 las situaciones en las que los salones trasladan a los clientes el costo, ante las presiones que, seg\u00fan indic\u00f3, contin\u00faan recibiendo por parte de las entidades. Para quienes tengan dudas o quieran consultar una situaci\u00f3n particular, se pueden contactar con la Defensor\u00eda del Pueblo, personalmente en Padre Pati\u00f1o N\u00ba 831 de lunes a viernes en horarios de 8 a 13 y 18 a 20 hs o a los correos electr\u00f3nicos Institucionales <a href=\"mailto:denuncia@formosa.gov.ar\">denuncia@formosa.gov.ar<\/a> \u2013 <a href=\"mailto:depuefor@fibertel.com.ar\">depuefor@fibertel.com.ar<\/a>.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>-No se debe pagar SADAIC, AADI_ CAPIF en las fiestas de egresados. 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