{"id":17617,"date":"2026-09-10T10:24:59","date_gmt":"2026-09-10T13:24:59","guid":{"rendered":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=17617"},"modified":"2026-09-11T10:26:08","modified_gmt":"2026-09-11T13:26:08","slug":"denuncian-a-mercado-pago-por-el-cobro-de-intereses-superiores-al-1300-anual","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=17617","title":{"rendered":"DENUNCIAN A MERCADO PAGO POR EL COBRO DE INTERESES SUPERIORES AL 1300% ANUAL"},"content":{"rendered":"<p><strong>-En el caso de la actual demanda colectiva de ACFRA, el proceso se encuentra en una etapa de recolecci\u00f3n de pruebas. Si el juzgado decide que los cargos fueron abusivos, no solo podr\u00eda obligar a Mercado Pago a reducir sus intereses futuros, sino tambi\u00e9n a restituir el dinero cobrado en exceso durante los \u00faltimos tres a\u00f1os a los millones de usuarios implicados, beneficiando a los que residen en Formosa-<\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>La plataforma Mercado Pago fue denunciada por el presunto cobro de intereses abusivos, que superan el 1300% anual y un eventual fallo favorable podr\u00eda beneficiar a unas 7 millones de personas en la Argentina. El Ombudsman Provincial, Dr. Jos\u00e9 Leonardo Gialluca, se\u00f1al\u00f3 que, Mercado Pago cuenta actualmente con m\u00e1s de 25 millones de usuarios activos en el pa\u00eds y si se distribuye esa base de manera proporcional al peso demogr\u00e1fico de Formosa, se calcula que en la provincia hay entre 300.000 y 340.000 usuarios activos. Se estima que m\u00e1s del 70% de la poblaci\u00f3n formose\u00f1a mayor de 15 a\u00f1os utiliza habitualmente alguna billetera virtual para realizar cobros, transferencias o pagos de servicios y seg\u00fan informes privados del ecosistema fintech, Mercado Pago concentra el 81% de penetraci\u00f3n del mercado de cuentas digitales en el pa\u00eds, compitiendo a nivel local en Formosa principalmente con la app Onda del Banco Formosa. La propia compa\u00f1\u00eda destac\u00f3 en sus m\u00e9tricas federales que Formosa fue una de las jurisdicciones donde m\u00e1s r\u00e1pido se adopt\u00f3 la herramienta, llegando a multiplicar por seis su cantidad de usuarios en el per\u00edodo de mayor expansi\u00f3n de pagos QR. La acci\u00f3n fue impulsada por el abogado Diego Espasand\u00edn, fundador de la Asociaci\u00f3n de Consumidores Financieros de la Rep\u00fablica Argentina (ACFRA) y tramita en el Juzgado N\u00b0 24 de C.A.B.A.. De acuerdo con las mediciones efectuadas por la entidad, las tasas cobradas por la empresa sobrepasan el 1.300% anual, lo que representa niveles considerados desproporcionados. La pretensi\u00f3n del colectivo es que los tribunales analicen los montos aplicados en los \u00faltimos tres a\u00f1os y dispongan la devoluci\u00f3n de aquellas sumas que hubieran sido percibidas de forma indebida. Gialluca indic\u00f3 a todos los usuarios de Mercado Pago que, piensen que han sufrido perjuicios econ\u00f3micos mediante el cobro de intereses abusivos por esta plataforma, concurran por ante la Sede de la Defensor\u00eda del Pueblo de la Provincia de Formosa o se comuniquen a sus correos electr\u00f3nicos Institucionales <a href=\"mailto:denuncia@formosa.gov.ar\">denuncia@formosa.gov.ar<\/a> \u2013 <a href=\"mailto:depuefor@fibertel.com.ar\">depuefor@fibertel.com.ar<\/a>, ya que hemos podido determinar que un gran n\u00famero de usuarios solicitaron financiamientos para resolver contingencias econ\u00f3micas concretas y terminaron asumiendo costos financieros excesivos, con lo cual, de producirse una sentencia favorable, mediante esta acci\u00f3n judicial, se ver\u00edan beneficiados con las restituciones de distintas sumas de dinero que la Justicia ordene oportunamente. Si bien, la misma tuvo su origen por dos presentaciones individuales, la estrategia de ACFRA apunta a que una eventual resoluci\u00f3n favorable beneficie de manera colectiva a todos los usuarios en id\u00e9ntica posici\u00f3n, lo que podr\u00eda alcanzar a unos siete millones de personas en el pa\u00eds, siendo beneficiados usuarios formose\u00f1os, por lo que, este Organismo de la Constituci\u00f3n, remitir\u00e1 los antecedentes y datos necesarios a la Asociaci\u00f3n de Consumidores Financieros de la Rep\u00fablica Argentina, de modo tal que sean incluidos formalmente como damnificados, dado que, a diferencia de algunos cr\u00e9ditos regulados de la banca tradicional, las fintech operan bajo un marco de libre pactaci\u00f3n de tasas en el mercado. Al no existir un tope legal estricto fijado por el BCRA para este tipo de financiamiento de consumo privado, Mercado Pago tiene la libertad de elevar los intereses seg\u00fan las condiciones macroecon\u00f3micas y la mora generalizada, esto es, precisamente, lo que la demanda colectiva de ACFRA busca discutir en la Justicia: si se cruz\u00f3 el l\u00edmite de lo considerado un \u00abcobro abusivo o usura\u201d. Por \u00faltimo, el Ombudsman Provincial, se\u00f1al\u00f3 que, la Justicia puede fallar perfectamente en contra de Mercado Pago, ya que la inexistencia de un tope fijado por el Banco Central (BCRA) no significa que las empresas tengan v\u00eda libre absoluta. El marco jur\u00eddico mediante el cual los jueces suelen fallar en contra de tasas desproporcionadas en el pa\u00eds se sostiene sobre tres pilares principales: * El concepto de \u00abLesi\u00f3n Subjetiva\u00bb (Art\u00edculo 332 del C\u00f3digo Civil y Comercial): La ley argentina permite anular o modificar las condiciones de un contrato cuando una de las partes explota notablemente la necesidad, ligereza o inexperiencia de la otra para obtener una ventaja patrimonial totalmente desproporcionada. * La Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240): El art\u00edculo 37 de esta normativa faculta a los magistrados a declarar la nulidad de las llamadas \u00abcl\u00e1usulas abusivas\u00bb. Si la Justicia interpreta que los contratos de adhesi\u00f3n de la plataforma imponen condiciones leoninas o desnaturalizan las obligaciones del usuario, puede invalidar los intereses aplicados. * La facultad judicial de morigerar tasas: la jurisprudencia de la CSJN determina que, ante escenarios de inflaci\u00f3n o libre pactaci\u00f3n, los jueces tienen el poder constitucional de \u00abrecortar\u00bb o reducir de oficio los intereses que consideren usurarios o contrarios a la moral y las buenas costumbres, readecu\u00e1ndolos a valores promedio del mercado formal. En los hechos, existen antecedentes recientes de fallos desfavorables para la fintech en otras \u00e1reas -como condenas por retenciones indebidas de dinero o cautelares que le ordenaron frenar el cobro de cr\u00e9ditos vinculados a estafas virtuales-.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>-En el caso de la actual demanda colectiva de ACFRA, el proceso se encuentra en una etapa de recolecci\u00f3n de pruebas. 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