{"id":16892,"date":"2026-01-01T19:32:52","date_gmt":"2026-01-01T22:32:52","guid":{"rendered":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=16892"},"modified":"2026-01-02T19:35:47","modified_gmt":"2026-01-02T22:35:47","slug":"adpra-exige-se-deje-sin-efecto-la-disolucion-de-la-andis","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=16892","title":{"rendered":"ADPRA EXIGE SE DEJE SIN EFECTO LA DISOLUCI\u00d3N DE LA ANDIS"},"content":{"rendered":"<p><strong>-Gialluca se\u00f1al\u00f3 que, esta medida significa para las personas con discapacidad, el cierre de programas, el no acceso a medicamentos o la desaparici\u00f3n del mismo Incluir Salud, nos muestra el ensa\u00f1amiento del Gobierno Nacional con el colectivo de discapacidad. Record\u00f3 que sus derechos est\u00e1n amparados por la CN desde la reforma de 1994, los mismos no se pueden eliminar por capricho y odio del PEN-<\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>En el \u00faltimo d\u00eda del 2025, el Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa, en su car\u00e1cter de integrante de la Comisi\u00f3n Directiva de ADPRA, expresaron su en\u00e9rgico y categ\u00f3rico rechazo a la decisi\u00f3n del P.E.N. de disponer la disoluci\u00f3n de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y la transferencia de sus funciones al \u00e1mbito del Ministerio de Salud. Esta medida configura una afectaci\u00f3n directa a la institucionalidad p\u00fablica en materia de discapacidad, al suprimir un organismo rector con competencias espec\u00edficas y transversales, y sustituirlo por una estructura sectorial que no resulta equivalente en funciones, jerarqu\u00eda ni capacidad de coordinaci\u00f3n interministerial. La discapacidad no es una cuesti\u00f3n meramente sanitaria. Reducirla al \u00e1mbito exclusivo de la salud implica reinstalar una mirada medicalizante y reduccionista, largamente superada por los est\u00e1ndares internacionales, que desconoce la dimensi\u00f3n social, jur\u00eddica, educativa, laboral, habitacional, cultural, comunicacional y comunitaria de la discapacidad. Las personas con discapacidad no son pacientes: son sujetos plenos de derechos, titulares de autonom\u00eda, dignidad, participaci\u00f3n social e igualdad real de oportunidades. Este enfoque integral se encuentra expresamente consagrado en la Convenci\u00f3n sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, con jerarqu\u00eda constitucional en nuestro pa\u00eds, que obliga al Estado argentino a dise\u00f1ar, implementar y evaluar pol\u00edticas p\u00fablicas desde un modelo social y de derechos humanos, y no desde esquemas asistencialistas o meramente cl\u00ednicos.\u00a0 En este marco, la eliminaci\u00f3n de un organismo especializado como la ANDIS no constituye una simple reorganizaci\u00f3n administrativa. Supone, en los hechos, la desarticulaci\u00f3n de una institucionalidad espec\u00edfica creada para promover, coordinar y garantizar pol\u00edticas p\u00fablicas transversales en materia de discapacidad en todos los estamentos del Estado nacional. Ello conlleva riesgos concretos y verificables, tales como la p\u00e9rdida de especializaci\u00f3n t\u00e9cnica, la diluci\u00f3n de responsabilidades, el debilitamiento de la rector\u00eda estatal, la fragmentaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas y la afectaci\u00f3n directa del acceso efectivo a derechos. ADPRA recuerda que, con sus limitaciones, altibajos y funcionamiento fluctuante \u2014propios de toda estructura estatal\u2014, tanto la ANDIS como su antecedente, la Comisi\u00f3n Nacional Asesora para la Integraci\u00f3n de las Personas con Discapacidad (CONADIS), han constituido espacios institucionales v\u00e1lidos para la formulaci\u00f3n, articulaci\u00f3n y seguimiento de pol\u00edticas p\u00fablicas, con participaci\u00f3n activa de organizaciones de la sociedad civil, personas con discapacidad y sus familias. La respuesta frente a eventuales deficiencias de gesti\u00f3n no puede ser la supresi\u00f3n del organismo, sino su fortalecimiento, profesionalizaci\u00f3n y mejora de los mecanismos de control y transparencia.<\/p>\n<p>Resulta jur\u00eddicamente improcedente y carente de sustento institucional sostener que no existir\u00e1n retrocesos en derechos con el solo argumento de la continuidad de prestaciones econ\u00f3micas. Los derechos de las personas con discapacidad no se agotan en pensiones, subsidios o programas asistenciales. Exigen presencia estatal activa, pol\u00edticas integrales, capacidad institucional aut\u00f3noma y enfoque intersectorial que abarque el trabajo, la educaci\u00f3n, el transporte, el urbanismo, la accesibilidad, la comunicaci\u00f3n y la participaci\u00f3n ciudadana. La decisi\u00f3n anunciada constituye una medida regresiva, incompatible con el principio de no regresividad que rige en materia de derechos humanos y que obliga al Estado a no desmantelar ni debilitar los niveles de protecci\u00f3n alcanzados. Avanzar en la disoluci\u00f3n de la ANDIS sin un debate amplio, informado y participativo vulnera compromisos constitucionales e internacionales asumidos por la Rep\u00fablica Argentina. Por esto, ADPRA exhort\u00f3 formalmente al P.E.N. a: 1) Desistir de la disoluci\u00f3n de la ANDIS, garantizando la existencia de una institucionalidad espec\u00edfica, aut\u00f3noma y especializada en materia de discapacidad. 2) Transparentar de manera inmediata y completa todos los actos administrativos vinculados a la disoluci\u00f3n o transferencia de funciones, acompa\u00f1ando fundamentos t\u00e9cnicos, jur\u00eddicos y presupuestarios claros y verificables. 3) Garantizar la continuidad plena, ininterrumpida y efectiva de todas las prestaciones, pensiones, programas y apoyos destinados a las personas con discapacidad, sin retrocesos ni restricciones encubiertas. 4) Asegurar la participaci\u00f3n real de las organizaciones de la sociedad civil, de las personas con discapacidad y de sus familias en cualquier proceso de revisi\u00f3n o reforma institucional. 5) La Asociaci\u00f3n de Defensoras y Defensores del Pueblo de la Rep\u00fablica Argentina advierte que avanzar en la disoluci\u00f3n de la Agencia Nacional de Discapacidad constituye una decisi\u00f3n equivocada, regresiva y jur\u00eddicamente objetable, que debilita la arquitectura institucional de protecci\u00f3n de derechos.<\/p>\n<p>El Estado no puede desentenderse de sus obligaciones internacionales ni sustituir una pol\u00edtica p\u00fablica integral por una respuesta sectorial limitada. Trasladar la discapacidad al \u00e1mbito exclusivo de la salud no es una modernizaci\u00f3n: es un retroceso. Advertimos que, de concretarse, esta medida compromete el cumplimiento por parte del Estado argentino de las obligaciones asumidas en el marco de los tratados internacionales vigentes y genera un riesgo cierto de regresi\u00f3n en el nivel de protecci\u00f3n institucional alcanzado.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>-Gialluca se\u00f1al\u00f3 que, esta medida significa para las personas con discapacidad, el cierre de programas, el no acceso a medicamentos o la desaparici\u00f3n del mismo Incluir Salud, nos muestra el ensa\u00f1amiento del Gobierno Nacional con el colectivo de discapacidad. Record\u00f3 que sus derechos est\u00e1n amparados por la CN desde la reforma de 1994, los mismos [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":16893,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-16892","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/16892","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=16892"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/16892\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":16894,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/16892\/revisions\/16894"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/16893"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=16892"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=16892"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=16892"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}