{"id":15584,"date":"2024-09-16T17:01:02","date_gmt":"2024-09-16T20:01:02","guid":{"rendered":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=15584"},"modified":"2024-09-16T17:01:02","modified_gmt":"2024-09-16T20:01:02","slug":"aadi-capif-considero-inconstitucional-el-decreto-765-24-el-cual-beneficia-solo-al-sector-hotelero-y-conculca-la-garantia-constitucional-de-propiedad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=15584","title":{"rendered":"AADI CAPIF CONSIDERO INCONSTITUCIONAL EL DECRETO 765\/24 EL CUAL BENEFICIA SOLO AL SECTOR HOTELERO Y CONCULCA LA GARANTIA CONSTITUCIONAL DE PROPIEDAD"},"content":{"rendered":"<p><strong>-El derecho de comunicaci\u00f3n al p\u00fablico de obras, es un derecho privado (no es un impuesto o gravamen) que se encuentra amparado por el art. 17 de la C.N. y que en muchos casos tiene naturaleza alimentaria para sus titulares-<\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>En una -Reuni\u00f3n de Trabajo- de la cual participaron Representantes de AADI CAPIF (Asociaci\u00f3n de Int\u00e9rpretes y Productores Fonogr\u00e1ficos): la Gerente Regional Susana Felisa Ramos, el Gerente de Interior y Acuerdos Nacionales Luis Jos\u00e9 Russo, el Jefe del Departamento Legal de Gesti\u00f3n de Recaudaciones Dr. Alejo Barrenechea y el Agente Recaudador en Formosa Sr. Jorge Gonz\u00e1lez, junto al Defensor del Pueblo Dr. Jos\u00e9 Leonardo Gialluca, los Asesores Legales Lourdes Delgadillo, Mart\u00edn Paraj\u00f3n y la Secretaria de Actas Ornella Barraza, se abordaron diversas cuestiones que han ingresado en una zona de interpretaciones, a partir de la publicaci\u00f3n del Decreto N\u00ba 765\/24 por parte del Gobierno Nacional.<\/p>\n<p>El Dr. Alejo Barrenechea, manifest\u00f3 que consideran inconstitucional el Decreto antes citado, puesto que, la propiedad intelectual, se corresponde con un derecho privado reconocido por la C.N. en su Art. 17, como as\u00ed tambi\u00e9n en los Tratados Internacionales que ratific\u00f3 la Argentina y en este caso, el\u00a0 mencionado Decreto, al exceptuar del pago del derecho de comunicaci\u00f3n al p\u00fablico a determinados usuarios a partir de establecer el car\u00e1cter de p\u00fablico o no de dicho acto, vulnera la jerarqu\u00eda de normas y restringe injustificadamente un derecho constitucional. Se\u00f1al\u00f3 que el cambio normativo, tal como fue presentado, tiene por objeto beneficiar \u00fanicamente al sector hotelero respecto a la difusi\u00f3n de m\u00fasica en las habitaciones, por ello se hace expresamente referencia a que \u00abse desarrolla en un \u00e1mbito privado, sea este de ocupaci\u00f3n permanente o temporal\u00bb. Sin embargo, el car\u00e1cter p\u00fablico de la comunicaci\u00f3n no tiene que ver con el \u00e1mbito espacial, el lugar y\/o condiciones de acceso en el que se desarrolla, sino con qui\u00e9n la efect\u00faa y con qu\u00e9 prop\u00f3sito, qu\u00e9 destinatario y con qu\u00e9 beneficio, por dicho uso. Es decir que, el acto del hotelero de poner a disposici\u00f3n un servicio de m\u00fasica a fin de obtener un beneficio econ\u00f3mico, es un acto de comunicaci\u00f3n p\u00fablica que alcanza al pago del arancel por su naturaleza onerosa. Explica que, en el caso de SADAIC, fijan sus propios aranceles a trav\u00e9s de una Comisi\u00f3n Directiva, en tanto, los de AADI CAPIF est\u00e1n fijados por el P.E.N., mediante Resoluciones publicadas en el B.O., con aranceles dependiendo del rubro y en funci\u00f3n de la importancia que tiene la m\u00fasica para el tipo de evento. Aclara que no es un impuesto, sino un derecho de remuneraci\u00f3n compensatoria por reemplazar al artista en vivo por la grabaci\u00f3n del mismo y que, en todos los casos, se acciona contra el responsable de la explotaci\u00f3n comercial que obtiene un lucro, nunca contra las familias en su \u00e1mbito privado.<\/p>\n<p>En este punto, Russo explic\u00f3 que todo aquello que exceda un \u00e1mbito familiar, es alcanzado por el pago del arancel; por ejemplo, si se realiza una fiesta de 15 en una casa, est\u00e1n eximidos, si la misma fiesta deciden hacerla en un sal\u00f3n que es de comunicaci\u00f3n p\u00fablica, se debe abonar. En este sentido, la Gerente Regional, agreg\u00f3 que lo importante es el acto, no el \u00e1mbito, ya que, por ejemplo, si la fiesta es en una casa quinta particular donde se cobra entrada y se reproduce m\u00fasica, la misma le da el valor agregado al evento. Gialluca consult\u00f3 respecto al n\u00famero de cobradores que existen en la provincia, indic\u00e1ndosele que cuentan con un solo cobrador, el Sr. Jorge Gonz\u00e1lez, encargado de la Ciudad Capital y localidades aleda\u00f1as, realiz\u00e1ndose en el resto del territorio cobranzas mediante gestiones telef\u00f3nicas, a lo que se le suma recaudadores itinerantes y auxiliares que tienen recorridos establecidos, y que, en la gesti\u00f3n telef\u00f3nica, se contacta a los usuarios, que efect\u00faan el pago por trasferencias bancarias y reciben las facturas correspondientes.<\/p>\n<p>Seguidamente, el Ombudsman, solicita a los citados que tengan en consideraci\u00f3n sumar mayor personal para nuestra provincia, sobre todo en el interior, ya que los reclamos a este Organismo de la Constituci\u00f3n, se centran en que algunos lugares son fiscalizados y otros no, lo que origina inequidades respecto de la responsabilidad de pago. En cuanto al modo de proceder en el caso de que el responsable obligado no pague, explican que, se elabora en el momento, un Acta Privada de Constataci\u00f3n de M\u00fasica, que incluye una foto del evento con marca de agua, fecha y hora de la misma, que es entregada a la administraci\u00f3n del sal\u00f3n, ya que se cuenta con un banco de datos de todos los usuarios saloneros habilitados; luego se env\u00eda una carta documento, aclar\u00e1ndose en este punto, que nunca se pide que se corte o deje de reproducir la m\u00fasica, siendo posterior la v\u00eda judicial en caso de incumplimiento. Ofreci\u00e9ndose toda informaci\u00f3n relevante en la p\u00e1gina web oficial https:\/\/www.aadi-capif.org.ar\/Home\/Index?id=1.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>-El derecho de comunicaci\u00f3n al p\u00fablico de obras, es un derecho privado (no es un impuesto o gravamen) que se encuentra amparado por el art. 17 de la C.N. y que en muchos casos tiene naturaleza alimentaria para sus titulares-<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":15585,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-15584","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/15584","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=15584"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/15584\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":15586,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/15584\/revisions\/15586"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/15585"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=15584"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=15584"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=15584"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}