{"id":15508,"date":"2024-08-24T21:19:22","date_gmt":"2024-08-25T00:19:22","guid":{"rendered":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=15508"},"modified":"2024-08-24T21:19:22","modified_gmt":"2024-08-25T00:19:22","slug":"afirman-que-el-deficit-fiscal-cero-nunca-puede-ser-obtenido-a-costa-de-los-jubilados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=15508","title":{"rendered":"AFIRMAN QUE EL DEFICIT FISCAL CERO NUNCA PUEDE SER OBTENIDO A COSTA DE LOS JUBILADOS"},"content":{"rendered":"<p><strong>-La Sociedad Argentina demanda al Congreso re\u00fana los dos tercios para que la Ley de Movilidad Jubilatoria quede firme- La nueva Ley de Movilidad Jubilatoria, fija un plazo de seis meses, en vez de cuatro, para cancelar las deudas previsionales por juicios con sentencia firme, aproximadamente unos 90.000 y, adem\u00e1s, las contra\u00eddas a favor de las Cajas Provinciales no transferidas entre las que se encuentran las de Formosa, Chaco, Corrientes, Misiones, Santa Fe, Entre R\u00edos, C\u00f3rdoba, Buenos Aires, Chubut, La Pampa, Neuqu\u00e9n, Santa Cruz y Tierra del Fuego-<\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>En el contexto de la reciente sanci\u00f3n de la Ley de movilidad jubilatoria en el Senado, el Presidente Javier Milei ha anunciado su intenci\u00f3n de vetarla, esto ha generado interrogantes sobre esa decisi\u00f3n y las posibilidades que posee el Congreso para insistir en la promulgaci\u00f3n de la norma. El Ombudsman Provincial, Dr. Jos\u00e9 Leonardo Gialluca, se\u00f1al\u00f3 que, todas las leyes que sanciona el Congreso pueden ser vetadas, aunque existen algunas excepciones espec\u00edficas en la Constituci\u00f3n Nacional, con lo cual, la ley vuelve al Congreso, m\u00e1s precisamente a la C\u00e1mara de Origen, siguiendo el orden de las c\u00e1maras tal como fue en la sanci\u00f3n. Aqu\u00ed el Congreso puede doblegar el veto presidencial si insisten con los dos tercios de cada una de las dos c\u00e1maras.<\/p>\n<p>En este sentido, subray\u00f3 que, aunque la ley fue sancionada con dos tercios, el presidente tiene la facultad de vetarla. Sin embargo, \u00abeste veto ser\u00eda absurdo, porque en realidad va a volver al Congreso y si el Congreso vuelve a tener el mismo qu\u00f3rum que tuvo cuando la sancion\u00f3, va a terminar doblegando el veto presidencial\u00bb. Adem\u00e1s, agreg\u00f3 que, si el presidente decide vetar la ley, y el Congreso insiste con el qu\u00f3rum requerido, Javier Milei se ver\u00eda obligado a tener que promulgar la ley. En cuanto al punto del financiamiento de la ley quedar\u00e1 sujeto a la reglamentaci\u00f3n y el Presidente podr\u00e1 buscar el financiamiento necesario mediante un decreto reglamentario. Para el caso de la posibilidad de que el Presidente no publique la ley, indic\u00f3 que \u00abexiste una laguna en la normativa\u201d y que hay quienes consideran que el Congreso podr\u00eda tomar la potestad de ordenar la publicaci\u00f3n, mientras que otros opinan que deber\u00eda recurrir a la justicia para que se ordene la misma.<\/p>\n<p>No obstante, lo cual, desde el Organismo de la Constituci\u00f3n, afirmaron que con esta ley se garantiza mediante la actualizaci\u00f3n mensual por IPC para los ingresos de los jubilados que los mismos no vuelvan a perder contra la inflaci\u00f3n, garantiz\u00e1ndose lentamente la posibilidad de una recomposici\u00f3n a largo plazo de sus remuneraciones, significando su aplicaci\u00f3n un gasto del 0,43% seg\u00fan lo informado por la Oficina de Presupuesto del Congreso, \u201cuna cifra menor a la baja en bienes personales impulsada por el Gobierno Nacional a favor de los sectores m\u00e1s pudientes de la argentina\u201d.<\/p>\n<p>A\u00f1adieron que, los cambios importantes son:<br \/>\n1. Complementar el incremento de abril en un 8,1% -complementario al 12,5% de abril- para empatar la inflaci\u00f3n de 20,6% de enero, mes en que el Gobierno Nacional dej\u00f3 afuera para la actualizaci\u00f3n de su f\u00f3rmula. Es decir, un incremento de todos los haberes del 7,2% desde el mes de abril.<br \/>\n2. El haber m\u00ednimo no podr\u00e1 estar por debajo del valor de la canasta b\u00e1sica total (CBT) de un adulto equivalente multiplicada por 1,09. Tomando julio, la jubilaci\u00f3n m\u00ednima deber\u00eda quedar en $317.704,19, cuando ese mes fue de $285.581, con el bono de $70.000 incluido.<br \/>\n3. La actualizaci\u00f3n de las remuneraciones para el c\u00e1lculo del haber inicial ser\u00e1 mensual en lugar de trimestral para que el haber inicial no var\u00ede seg\u00fan el mes en que la persona se jubila. Adem\u00e1s, el c\u00e1lculo de actualizaci\u00f3n se establece en base al \u00faltimo dato disponible de variaci\u00f3n del \u00cdndice de Precios al Consumidor (IPC), es decir la inflaci\u00f3n, que publica cada mes el Indec.<br \/>\n4. Establece un adicional sobre la f\u00f3rmula (IPC) en el mes de marzo de cada a\u00f1o, consistente al 50% de la variaci\u00f3n entre la Remuneraci\u00f3n imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE).<br \/>\n5. Se fija un plazo de seis meses, en vez de cuatro, para cancelar las deudas previsionales por juicios con sentencia firme, aproximadamente 90.000 y las contra\u00eddas a favor de las Cajas Provinciales no transferidas Formosa, Chaco, Corrientes, Misiones, Santa Fe, Entre R\u00edos, C\u00f3rdoba, Buenos Aires, Chubut, La Pampa, Neuqu\u00e9n, Santa Cruz y Tierra del Fuego.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>-La Sociedad Argentina demanda al Congreso re\u00fana los dos tercios para que la Ley de Movilidad Jubilatoria quede firme- La nueva Ley de Movilidad Jubilatoria, fija un plazo de seis meses, en vez de cuatro, para cancelar las deudas previsionales por juicios con sentencia firme, aproximadamente unos 90.000 y, adem\u00e1s, las contra\u00eddas a favor de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":15509,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[21,3],"tags":[],"class_list":["post-15508","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-seg-social","category-defensa-de-los-derechos-del-usuario-consumidor-contribuyentes"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/15508","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=15508"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/15508\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":15510,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/15508\/revisions\/15510"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/15509"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=15508"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=15508"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=15508"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}