{"id":14725,"date":"2023-09-24T15:24:40","date_gmt":"2023-09-24T18:24:40","guid":{"rendered":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=14725"},"modified":"2023-09-24T15:24:40","modified_gmt":"2023-09-24T18:24:40","slug":"senalo-la-defensoria-que-los-consumidores-comenzaron-a-recibir-las-primeras-devoluciones-en-el-marco-del-programa-compre-sin-iva","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=14725","title":{"rendered":"SE\u00d1ALO LA DEFENSORIA QUE LOS CONSUMIDORES COMENZARON A RECIBIR LAS PRIMERAS DEVOLUCIONES EN EL MARCO DEL PROGRAMA COMPRE SIN IVA"},"content":{"rendered":"<p><strong><em>-Se solicit\u00f3 al<\/em><\/strong> <strong><em>Titular de la AFIP Carlos Daniel Castagneto, considere el dictado de las Resoluciones necesarias que incluyan todas las transacciones realizadas desde el inicio mismo del Programa, esto es el pasado lunes 18 del corriente mes y a\u00f1o, a favor de los consumidores en atenci\u00f3n en que alrededor de 20 millones de personas pueden obtener este beneficio. Asimismo, se aclar\u00f3 que, desde la AFIP precisaron que para que puedan acreditarse las liquidaciones por devoluciones, reintegros, reembolsos y dem\u00e1s pagos, es necesario tener declarada una CBU ante el Organismo, lo que se puede verificar ingresando al portal con clave fiscal. <\/em><\/strong><strong><em>En caso de tener que declarar la CBU, se debe ingresar a http:\/\/afip.gob.ar luego colocar CUIL\/CUIT\/CDI y clave fiscal y clickear en \u00abDeclaraci\u00f3n de CBU\u00bb en el men\u00fa de servicios habilitados, donde se podr\u00e1 hacer el registro-<\/em><\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Dada las m\u00faltiples y reiteradas consultas de consumidores, <strong>especialmente jubilados y pensionados provinciales<\/strong>, que no se encuentran hasta la fecha, incluidos como beneficiarios en el Programa <strong>\u201cCompre Sin IVA\u201d<\/strong>, desde la Defensor\u00eda del Pueblo, se realizaron las Instancias Institucionales necesarias por ante la AFIP, por lo cual, <strong>desde el -Departamento de Control Regional- a cargo del C.P. Hugo Rub\u00e9n C\u00e1ceres, <\/strong>se se\u00f1al\u00f3 que, mediante las Resoluciones pertinentes del Ministerio de Econom\u00eda de Naci\u00f3n, <strong>se contin\u00faa trabajando en la carga de todos los sujetos alcanzados por este nuevo programa. <\/strong>Dado que alrededor de 20 millones de personas obtendr\u00e1n el beneficio en la adquisici\u00f3n de alimentos y productos de higiene personal, el Ombudsman Provincial, Dr. Jos\u00e9 Leonardo Gialluca, <strong>plante\u00f3 al Titular de la AFIP Carlos Daniel Castagneto, considere el dictado de las Resoluciones necesarias que permitan a todos los consumidores, obtener el beneficio del reintegro de hasta $18.800 por mes y por persona, \u201c<em>incluyendo todas las transacciones realizadas desde el inicio mismo del Programa, esto es el pasado lunes 18 del corriente mes y a\u00f1o<\/em>\u201d. <\/strong>El Funcionario Provincial, se\u00f1al\u00f3 adem\u00e1s que, la AFIP exige un tr\u00e1mite fundamental para que los consumidores puedan recibir la devoluci\u00f3n del IVA en sus compras con tarjeta de d\u00e9bito, pese a que la iniciativa anunciada por el Ministro de Econom\u00eda, Sergio Massa, en principio no implicaba gesti\u00f3n adicional alguna, <strong><u>existen ciertos procesos a tener en cuenta a la hora de realizar el pago<\/u><\/strong>. En primer lugar; el titular de la compra deber\u00e1 tener ingresos menores a <strong>$708.000 mensuales<\/strong>. Por otro lado, el pago se deber\u00e1 realizar con tarjeta de d\u00e9bito, d\u00e9bito en cuenta (tarjeta de d\u00e9bito, donde el pago se carga directamente en la cuenta corriente del titular) o transferencias inmediatas a trav\u00e9s de c\u00f3digos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras, billeteras virtuales, <strong>habi\u00e9ndose adherido el viernes 22 de septiembre, Mercado Pago a trav\u00e9s del QR (billetera virtual de Mercado Libre) la m\u00e1s utilizada a nivel pa\u00eds<\/strong>. <strong>La AFIP, adem\u00e1s, aclar\u00f3 que, si bien no se demanda una instancia de inscripci\u00f3n, hay una condici\u00f3n clave: los beneficiarios deben tener declarado el CBU ante el organismo fiscal. <\/strong>Esta medida tiene que ver con que todos los pagos que realiza el ente recaudador en materia de reembolsos o cr\u00e9ditos se ejecutan a trav\u00e9s de una transferencia que realiza el Banco Naci\u00f3n a la cuenta rotulada como \u00abDeclaraci\u00f3n de CBU\u00bb. Es importante destacar que los trabajadores formales en relaci\u00f3n de dependencia ya est\u00e1n dados de alta por sus empleadores en el sitio web de AFIP. De esta forma, el CUIL y CBU quedan asociados a la cuenta sueldo. Lo mismo pasa con pensionados, jubilados y aquellos que recibieron el ATP (Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producci\u00f3n). Los principales afectados por este requisito son los monotributistas y las empleadas dom\u00e9sticas, como para todos aquellos que no dispongan de un CBU registrado en AFIP. <strong>En este caso, desde el Organismo de la Constituci\u00f3n, se inform\u00f3 que estos consumidores deben concretar un tr\u00e1mite sencillo: <\/strong>se necesita una <strong>clave fiscal<\/strong>, la cual se obtiene v\u00eda web o en una oficina de la AFIP.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>-Se solicit\u00f3 al Titular de la AFIP Carlos Daniel Castagneto, considere el dictado de las Resoluciones necesarias que incluyan todas las transacciones realizadas desde el inicio mismo del Programa, esto es el pasado lunes 18 del corriente mes y a\u00f1o, a favor de los consumidores en atenci\u00f3n en que alrededor de 20 millones de personas [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":14726,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-14725","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/14725","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=14725"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/14725\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":14728,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/14725\/revisions\/14728"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/14726"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=14725"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=14725"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=14725"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}