{"id":14685,"date":"2023-09-09T19:22:10","date_gmt":"2023-09-09T22:22:10","guid":{"rendered":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=14685"},"modified":"2023-09-09T19:22:10","modified_gmt":"2023-09-09T22:22:10","slug":"denuncian-que-en-nuestra-ciudad-existe-una-alta-contaminacion-sonora-originada-por-lugares-que-violan-ordenanzas-municipales-y-el-codigo-de-falta","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=14685","title":{"rendered":"DENUNCIAN QUE EN NUESTRA CIUDAD EXISTE UNA ALTA CONTAMINACION SONORA ORIGINADA POR LUGARES QUE VIOLAN ORDENANZAS MUNICIPALES Y EL CODIGO DE FALTA"},"content":{"rendered":"<p><strong><em>-Existen en las Ordenanzas, los Ruidos Innecesarios como propagandas sonoras, actividades comerciales, los Ruidos Excesivos que son los originados en locales de esparcimiento nocturno y d\u00f3nde se fijan horarios y d\u00edas para proteger la calidad de vida de los vecinos-<\/em><\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Desde la Defensor\u00eda del Pueblo de la Provincia de Formosa, <strong>se advirti\u00f3 que, en nuestra ciudad, desde hace un tiempo hasta la fecha, son numerosas las denuncias presentadas por vecinos y que se relacionan con los ruidos molestos. <\/strong>Si bien normalmente la principal fuente de ruido en nuestras casas, provienen de la calle, del tr\u00e1fico, de motos, colectivos, <strong>existen otros,<\/strong> que se producen por equipos de m\u00fasica con un volumen excesivo, elementos de trabajo funcionando en horas que no corresponden, obras en construcci\u00f3n, salones de fiestas, boliches, templos de distintos credos, lugares donde el Estado desarrolla distintas actividades y que, por su <strong>persistencia y regularidad<\/strong>, <strong>terminan afectando la integridad psicof\u00edsica de los ciudadanos. <\/strong>En nuestros hogares aprovechamos el tiempo para hacer diversas cosas y una de ellas es <strong>descansar<\/strong>, liberar todas las tensiones que tenemos d\u00eda a d\u00eda; pero si no lo podemos hacer, si no nos sentimos c\u00f3modos en nuestra casa, <strong>la situaci\u00f3n se complica<\/strong>. En varios pa\u00edses del mundo est\u00e1 reglamentado la cantidad de decibeles para considerarse ruidos molestos. En algunos se estableci\u00f3 el l\u00edmite de 35 para un horario diurno y de 30 dB para la noche. Para que nos demos una idea: el televisor a un volumen medio, una aspiradora o una oficina con varios trabajadores genera 55 dB, por lo que estar expuestos a ruidos molestos durante mucho tiempo puede ocasionar problemas digestivos, estr\u00e9s, ansiedad, problemas de coraz\u00f3n, <strong>y para ello venimos planteando y trabajando esta tem\u00e1tica con la Direcci\u00f3n de Bromatolog\u00eda a cargo del Dr. Jorge Tarantini, Polic\u00eda de la Provincia y los Juzgados de Paz<\/strong>. El Ombudsman Provincial, Dr. Jos\u00e9 Leonardo Gialluca, expres\u00f3 que, se encuentran vigentes: la Ordenanza Municipal N\u00b0 4660\/04, C\u00f3digo de Faltas art 84 inc. a), inc. b) e inc. c), y el art. 1973 del CCCN que establece: \u201cLas molestias que ocasionan el humo, calor, olores, luminosidad, ruidos, vibraciones o inmisiones similares por el ejercicio de actividades en inmuebles vecinos, no deben exceder la normal tolerancia teniendo en cuenta las condiciones del lugar y aunque medie autorizaci\u00f3n administrativa para aqu\u00e9llas\u201d. <strong>Por ello, recomend\u00f3 a quienes son \u201cv\u00edctimas de los ruidos molestos\u201d, soliciten la intervenci\u00f3n del Municipio, <\/strong>quien realiza fiscalizaciones por intermedio de sus <strong>Inspectores<\/strong>, que poseen medidores de decibeles homologados. <strong>En una primera instancia, se formaliza una Primer Acta<\/strong> donde se pone en conocimiento la falta y se solicita que se presenten ante la Direcci\u00f3n de Bromatolog\u00eda de la Ciudad, realiz\u00e1ndose una <strong>Audiencia de Conciliaci\u00f3n<\/strong>, en la cual, se les ordenar\u00e1 a los responsables, de abstenerse de producir ruidos molestos. En este tr\u00e1mite, se le podr\u00e1 otorgar un plazo para que se realicen los trabajos necesarios para evitar que los ruidos sean excesivos. En el caso de continuarse con dicha conducta, se le aplicar\u00e1 <strong>una multa<\/strong>, seg\u00fan la gravedad del hecho, <strong>de proseguirse<\/strong> <strong>con la acci\u00f3n antisocial y antijur\u00eddica, se elevan los montos de las multas por ser progresivas <u>y a la cuarta infracci\u00f3n se deber\u00e1 proceder a la clausura del local por un periodo determinado, a la quinta infracci\u00f3n corresponde ya la clausura definitiva<\/u><\/strong>. Todas estas sanciones pueden ser recurridas ante el Tribunal de Faltas dentro del plazo de 5 d\u00edas. El Funcionario Provincial, se\u00f1al\u00f3 que, tambi\u00e9n los ruidos molestos <strong>constituyen una infracci\u00f3n al C\u00f3digo de Faltas y donde los diferentes casos deben y pueden ser tratados en los Juzgados de Paz, ya sea por una denuncia presentada en los mismos o porque la Polic\u00eda de la Provincia ha procedido a Elevar las Actuaciones de un Sumario Preventivo<\/strong><\/p>\n<p>En estos casos, se lo cita a indagatoria al o los responsables, se ofrece la suspensi\u00f3n del juicio a prueba, esa suspensi\u00f3n consiste en, que se concrete una donaci\u00f3n a un merendero o comedor. En el caso de ser primera falta, hay una lista de mercader\u00edas, se lleva la donaci\u00f3n y el merendero env\u00eda la constancia correspondiente. En este caso se dicta la suspensi\u00f3n del juicio a prueba, mediante Resoluci\u00f3n fundada, la causa queda interrumpida por 1 a\u00f1o, donde se imponen reglas de conducta, como por ejemplo no volver a cometer la misma falta. En caso de que incumpla esta regla, la causa contin\u00faa dejando sin efecto la suspensi\u00f3n del juicio a prueba y <strong>se<\/strong> <strong>dicta condena<\/strong>. <strong>Para aquellos casos en que se presenta directamente una denuncia, <\/strong>se imputa a la persona y se le ofrece la suspensi\u00f3n del juicio a prueba, generalmente piden las disculpas del caso, aduciendo que no estaban al tanto. Luego se cita al denunciante, para ver si acepta las disculpas, hay casos donde el denunciante no las acepta porque es <strong>reiterativa esta conducta<\/strong>, en estos casos no se le otorga la suspensi\u00f3n del juicio a prueba, y pasa la causa a sentencia, para luego aplicarse una condena que tiene un m\u00ednimo de tres (3) d\u00edas de arresto y un m\u00e1ximo de (15) d\u00edas, todo redimible por multa. Asimismo, los Juzgados de Paz, aplican de fondo la Ordenanza Municipal, que establece los horarios, habi\u00e9ndose determinado muchas veces que dentro del permitido se exceden con los ruidos y el hecho de que se produzcan dentro del mismo no da derecho a perjudicar a los vecinos. En nuestra provincia, en estos casos tambi\u00e9n interviene el <strong>C.R.A.C. -Centro de Resoluci\u00f3n Alternativa de Conflictos<\/strong>-, quien re\u00fane a las partes y tratar de arribar a alg\u00fan acuerdo de convivencia entre ellos. De lograrse, se remiten las Actuaciones para su homologaci\u00f3n al juzgado de paz y se suspende el juicio a prueba, imponiendo el juez las normas de convivencia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>-Existen en las Ordenanzas, los Ruidos Innecesarios como propagandas sonoras, actividades comerciales, los Ruidos Excesivos que son los originados en locales de esparcimiento nocturno y d\u00f3nde se fijan horarios y d\u00edas para proteger la calidad de vida de los vecinos-<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":14686,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-14685","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/14685","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=14685"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/14685\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":14687,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/14685\/revisions\/14687"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/14686"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=14685"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=14685"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=14685"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}