{"id":11483,"date":"2020-11-06T17:41:17","date_gmt":"2020-11-06T20:41:17","guid":{"rendered":"http:\/\/2015.defensoriaformosa.gob.ar\/?p=11483"},"modified":"2020-11-06T17:41:17","modified_gmt":"2020-11-06T20:41:17","slug":"informo-la-defensoria-que-los-regimenes-de-pago-a-cuenta-de-impuesto-sobre-los-ingresos-brutos-no-se-aplican-al-transporte-de-cargas-generales-y-tampoco-a-los-servicios-de-paqueteria","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=11483","title":{"rendered":"INFORMO LA DEFENSORIA QUE LOS REGIMENES DE PAGO A CUENTA DE IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS NO SE APLICAN AL TRANSPORTE DE CARGAS GENERALES Y TAMPOCO A LOS SERVICIOS DE PAQUETERIA"},"content":{"rendered":"<p><strong>Gialluca inform\u00f3 que, en diferentes procedimientos en los puestos de la DGR se detectaron faltantes de documentales que respalden el origen y la tenencia de los bienes y en otro casos se presentaron \u00fanicamente (Remitos X) o mal confeccionados, lo que llev\u00f3 a que se labren las actas de infracci\u00f3n correspondiente y el secuestro preventivo de las mercader\u00edas.<\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Se notific\u00f3 a un grupo de empresas transportistas, entre ellas, Expreso Demonte, Transportes Snaider, Expreso L\u00edder, Expreso Formosa y Raosa, quienes hab\u00edan anunciado a principio de esta semana la decisi\u00f3n de no prestar m\u00e1s servicios en Formosa, pues entend\u00edan que una Resoluci\u00f3n de la DGR &#8211; FSA las afectaba y tambi\u00e9n denunciaban una fuerte demora en los controles de ingreso a nuestro territorio; todo lo cual les fue debidamente aclarado por la Defensor\u00eda del Pueblo. En defensa de los usuarios y consumidores, desde el Organismo de la Constituci\u00f3n, se requirieron los antecedentes necesarios a la Directora de la DGR, CP Mariela C. Arias, quien explic\u00f3 detalladamente las acciones que se llevan adelante en el marco de su competencia y jurisdicci\u00f3n. Por esto, conforme a la reglamentaci\u00f3n vigente desde el a\u00f1o 2006, los sujetos que prestan servicios de transporte de cargas generales y\/o servicios de encomienda, hacia Formosa, deben presentar necesariamente en los -Puesto de Control Camineros de la DGR-: * Hojas de Ruta (Manifiesto donde detallan la carga transportada), con las documentaciones respaldatorias de las mercader\u00edas acarreadas, * (Factura o remito) debiendo dejarse copia de las mismas en los Puestos de Control (RG N\u00ba 01\/2006 DGR). Por otra parte, el Ombudsman Provincial Dr. Jos\u00e9 Leonardo Gialluca, agreg\u00f3 que, a partir de la entrada en vigencia de la R.G. N\u00b0 26\/20 D.G.R., en los casos de operaciones que respondan a una acci\u00f3n de compraventa, el documento que debe acompa\u00f1ar a la Hoja de Ruta, es la Factura correspondiente. Las quejas y reclamos se sucedieron a ra\u00edz de que, los d\u00edas 30, 31 de octubre y 1 y 2 de noviembre se llevaron a cabo una serie de operativos de control, donde se comprobaron incumplimientos, ya que Ia carga transportada, en muchos casos no pose\u00eda ninguna documental que respalde el origen y Ia tenencia de los bienes, y en otros casos las presentadas resultaron invalidas (REMITOS X) o se encontraban mal confeccionadas, configur\u00e1ndose infracciones a la normativa fiscal (art\u00edculo 42\u00b0 del C\u00f3digo Fiscal Ley N\u00b01.589), por lo cual se labraron las actas de infracci\u00f3n, aplic\u00e1ndose para estos casos Ia medida preventiva de secuestro de los bienes autorizada por el art\u00edculo 43\u00b0 del C\u00f3digo Fiscal. En estos supuestos, los titulares de los bienes, y\/o Ia empresa de transporte, a los efectos de la restituci\u00f3n de los objetos afectados por Ia medida, deber\u00e1n presentar a Rentas, Ia correspondiente Factura que acredite Ia titularidad de los bienes. Por otra parte, en lo que respecta a la Resoluci\u00f3n General N\u00b0 50\/20 DGR, la cual establece un R\u00e9gimen de Pago a cuenta del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, en ocasi\u00f3n del ingreso de productos y mercader\u00edas hacia Formosa, como as\u00ed tambi\u00e9n la Resoluci\u00f3n General N\u00b047\/20, es sustancial se\u00f1alar que ambas, no resultan aplicables al transporte de cargas generales y\/0 servicios de paqueter\u00eda 0 encomiendas. Por \u00faltimo, se inform\u00f3 que, en relaci\u00f3n a los camiones demorados, solo se produjo respecto de seis (6) unidades de transporte de cargas generales que fueron objeto de un procedimiento de constataci\u00f3n de carga y documentaci\u00f3n, los cuales atento a su voluminosidad, provocaron la necesidad de un tiempo m\u00e1s extenso. Gialluca se\u00f1al\u00f3 frente a las numerosas consultas recepcionadas en relaci\u00f3n al servicio de transporte de cargas generales y paqueter\u00eda, que los contribuyentes y ciudadanos deben tener siempre en cuenta los siguientes puntos: \u2022 Todas las empresas de transporte de cargas generales y paqueter\u00eda como responsables del traslado de bienes hacia Formosa, al momento del ingreso de las mismas, deben presentar la siguiente documentaci\u00f3n: \u2022 Hoja de ruta y\/o manifiesto, consignado el detalle de los bienes transportados. \u2022 Facturas de las mercader\u00edas transportadas, solo en los casos que el envi\u00f3 responda a una operaci\u00f3n de compraventa. \u2022 No quedando alcanzados por esta exigencia los env\u00edos entre sucursales y de particulares. (RG 01\/06 y RG 26\/20), \u2022 Los reg\u00edmenes de pago a cuenta de impuesto sobre los ingresos brutos establecidos por las Resoluciones Generales N\u00b0 47\/2020 y 50\/2020 no resultan aplicables al transporte de cargas generales y servicios de paqueter\u00eda.<\/p>\n<p>https:\/\/www.facebook.com\/2039134569735398\/photos\/a.2043767492605439\/2681378448844337\/<\/p>\n<p>https:\/\/twitter.com\/Defensoria11\/status\/1324811579511197699\/photo\/1<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Gialluca inform\u00f3 que, en diferentes procedimientos en los puestos de la DGR se detectaron faltantes de documentales que respalden el origen y la tenencia de los bienes y en otro casos se presentaron \u00fanicamente (Remitos X) o mal confeccionados, lo que llev\u00f3 a que se labren las actas de infracci\u00f3n correspondiente y el secuestro preventivo [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":11484,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-11483","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/11483","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=11483"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/11483\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":11485,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/11483\/revisions\/11485"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/11484"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=11483"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=11483"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=11483"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}