{"id":1132,"date":"2015-06-07T21:41:22","date_gmt":"2015-06-08T00:41:22","guid":{"rendered":"http:\/\/2015.defensoriaformosa.gob.ar\/?p=1132"},"modified":"2015-06-07T21:41:22","modified_gmt":"2015-06-08T00:41:22","slug":"la-defensoria-del-pueblo-pidio-aplicar-una-ley-del-ano-1994-para-que-los-ciudadanos-no-sean-sometidos-a-interminables-esperas-en-filas-tanto-en-el-sector-publico-como-privado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=1132","title":{"rendered":"LA DEFENSORIA DEL PUEBLO, PIDIO APLICAR UNA LEY DEL A\u00d1O 1994, PARA QUE LOS CIUDADANOS NO SEAN SOMETIDOS A INTERMINABLES ESPERAS EN FILAS TANTO EN EL SECTOR PUBLICO COMO PRIVADO"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong>La ley no est\u00e1 reglamentada, pero al ser de orden p\u00fablico, se puede aplicar conjuntamente con otras normativas que protegen y amparan los Derechos Humanos de las personas de m\u00e1s de 70 a\u00f1os, discapacitados y embarazadas.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><!--more--><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Frente a una de las peores im\u00e1genes a la cual lamentablemente los formose\u00f1os, pareciera que nos hemos acostumbrado y que nuestros ojos perciben diariamente, tanto en el sector p\u00fablico como privado, con mayor asiduidad en las entidades bancarias, en el Correo Argentino, en la ANSES, en la Delegaci\u00f3n Nacional de Pensiones Asistenciales, en las oficinas de algunas tarjetas de cr\u00e9dito, en Centros de Salud, hospitales, espect\u00e1culos p\u00fablicos, cajeros autom\u00e1ticos, grandes supermercados y comercios que habilitan pocas cajas, \u201cque se traducen en interminables filas de ciudadanos, compuestas por mujeres y hombres, de distintas edades, personas discapacitadas, embarazadas, adultos mayores, que son impiadosamente sometidos a los rigores de nuestro clima, sin que puedan moverse de las filas ni siquiera para ir al ba\u00f1o, pues tampoco se dignan a colocar excusados m\u00f3viles y lo que es peor que existen en nuestra ciudad capital, varias farmacias de algunas cadenas, que no poseen ba\u00f1os para sus clientes y en donde tambi\u00e9n por ahorrarse unos pesos, despu\u00e9s de las 23:00 hs, o los fines de semana, feriados y otros , habilitan una o dos sucursales que se llenan de consumidores que no van a comprar un presente, sino todo lo contrario, concurren por la necesidad de adquirir un medicamento y tienen que estar horas esperando que los atiendan y horas para posteriormente abonar lo que lleva; y es aqu\u00ed donde la Direcci\u00f3n de Derechos Humanos y Grupos Minoritarios, Discriminaci\u00f3n, Xenofobia, Trata de Personas, Discapacidad- de la Defensor\u00eda del Pueblo, ha cursado mas de una decena de Actuaciones- para que se cumpla con la Ley Provincial N\u00ba 1.114\/94 que es de orden publico<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Ombudsman Provincial, Dr. Jos\u00e9 Leonardo Gialluca, record\u00f3 que el Art. 1\u00ba de la Ley antes citada instituye con car\u00e1cter integral y obligatorio, un sistema de atenci\u00f3n al p\u00fablico, que priorice los Derechos Humanos de las personas de m\u00e1s de 70 (setenta) a\u00f1os, discapacitados, embarazadas, para las que se conformaran colas o filas especiales en las condiciones establecidas por esta ley, toda vez que las mismas deban realizar cobro de haberes, tramites en oficinas, de espect\u00e1culos p\u00fablicos, deportivos, de recreaci\u00f3n y, en general, todo espacio f\u00edsico en los lugares p\u00fablicos donde concurran personas que se vean obligadas a someterse a turnos de espera. El Art.2\u00ba de la citada ley establece que a los efectos de cumplimentarse con lo debidamente dispuesto, los responsables a cualquier titulo de los locales, deber\u00e1n tomar los recaudos necesarios para el cumplimiento de la misma, en caso de no cumplimiento, se podr\u00e1 requerir el auxilio de la fuerza p\u00fablica para subsanar la omisi\u00f3n correspondiente. En este mismo sentido el Art.3\u00ba determina que esta ley ser\u00e1 considerada de orden p\u00fablico, por lo que desde la Defensor\u00eda del Pueblo se\u00f1alaron y advirtieron a todos los notificados que deber\u00e1n cumplir con la misma en forma inmediata.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por \u00faltimo el funcionario se\u00f1alo que al no encontrarse lamentablemente reglamentada esta ley, se ha pedido a los estamentos p\u00fablicos correspondientes que as\u00ed lo hagan, principalmente para tener y conocer qui\u00e9n es la Autoridad de Aplicaci\u00f3n de esta norma y las sanciones que podr\u00e1n aplicarse a los que no la cumplan. No obstante lo cual, y hasta que est\u00e9 lista dicha reglamentaci\u00f3n, por un lado apelamos a la Responsabilidad Social Empresarial, de todas las entidades antes nombradas para erradicar o disminuir esta realidad que nos toca vivir, con acciones r\u00e1pidas, eficaces y de mucho sentido com\u00fan, pidiendo a los ciudadanos hacer valer sus derechos y para ello presentar las denuncias correspondientes en todos aquellos casos en los que no exista adem\u00e1s \u201cun trato digno\u201d, concurriendo a la sede de la Defensor\u00eda del Pueblo sito en calle Padre Pati\u00f1o N\u00ba 831; o a los tel\u00e9fonos 0370 4436379-4436320, de lunes a viernes en horario matutino y vespertino, y\/o a los correos electr\u00f3nicos <a href=\"mailto:denuncia@formosa.gov.ar\">denuncia@formosa.gov.ar<\/a>; <a href=\"mailto:depuefor@fibertel.com.ar\">depuefor@fibertel.com.ar<\/a>.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La ley no est\u00e1 reglamentada, pero al ser de orden p\u00fablico, se puede aplicar conjuntamente con otras normativas que protegen y amparan los Derechos Humanos de las personas de m\u00e1s de 70 a\u00f1os, discapacitados y embarazadas.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1022,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4,1,3],"tags":[],"class_list":["post-1132","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ddhh","category-noticias","category-defensa-de-los-derechos-del-usuario-consumidor-contribuyentes"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1132","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=1132"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1132\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1133,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1132\/revisions\/1133"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/1022"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=1132"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=1132"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=1132"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}