{"id":10974,"date":"2020-07-20T20:19:16","date_gmt":"2020-07-20T23:19:16","guid":{"rendered":"http:\/\/2015.defensoriaformosa.gob.ar\/?p=10974"},"modified":"2020-07-20T20:19:16","modified_gmt":"2020-07-20T23:19:16","slug":"acompanamiento-institucional-de-la-defensoria-a-la-regulacion-de-toda-publicidad-digital-realizada-por-influencers-en-las-redes-sociales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=10974","title":{"rendered":"ACOMPA\u00d1AMIENTO INSTITUCIONAL DE LA DEFENSORIA A LA REGULACION DE TODA PUBLICIDAD DIGITAL REALIZADA POR INFLUENCERS EN LAS REDES SOCIALES"},"content":{"rendered":"<p><strong>Si bien la crisis econ\u00f3mica impacta en todo el pa\u00eds, los gastos en publicidad de los medios tradicionales siguen cayendo, en cambio lo digital sigue creciendo. Esto es debido a que los costos de llegar a los consumidores de plataformas digitales, son m\u00e1s econ\u00f3micos que los medios cl\u00e1sicos, por lo que las inversiones pasaron de los anuncios de TV, diarios de papel y radios, a canales digitales y principalmente a los influencers. As\u00ed, crece exponencialmente la inversi\u00f3n en publicidad digital en toda la Argentina-<\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Desde la Defensor\u00eda del Pueblo, se formaliz\u00f3 un directo apoyo Institucional a la iniciativa legislativa que se encuentra en las -Comisiones de Legislaci\u00f3n General y de Sistemas, Medios de Comunicaci\u00f3n y Libertad de Expresi\u00f3n del Senado de la Naci\u00f3n-, \u201ctoda vez que se busca regular la actividad publicitaria de los -influencers-\u201d. El Ombudsman Provincial Dr. Jos\u00e9 Leonardo Gialluca se\u00f1al\u00f3 que, esta nueva normativa es necesaria para proteger los derechos de los consumidores, toda vez que de ahora en adelante la publicidad de cientos de productos que se realizan por las redes sociales, \u201cdonde en la actualidad estamos expuestos a las mismas en lo que se refiera a productos alimenticios, medicamentos, bebidas alcoh\u00f3licas, motoveh\u00edculos, veh\u00edculos, y otros productos, y donde no siempre se respeta la protecci\u00f3n de los derechos de ni\u00f1as\/os y j\u00f3venes o los derechos de propiedad intelectual, respeto a la dignidad de las personas, la no discriminaci\u00f3n por motivos de raza, g\u00e9nero, religi\u00f3n, opini\u00f3n, nacionalidad, como as\u00ed tampoco se respetan los derechos de las personas con capacidades diferentes, es que surge como necesario que los anunciantes cumplan con una serie de obligaciones, -como la de especificar con claridad en los contratos la naturaleza publicitaria de su contenido y tambi\u00e9n contar con las pruebas que acrediten la veracidad de las afirmaciones que se realizan en todas las publicaciones actualmente y de esta manera llevar seguridad en todos los sentidos a la universalidad de los consumidores-. Abundaron desde el Organismo de la Constituci\u00f3n que, la publicidad en redes sociales ha tenido un crecimiento exponencial en los \u00faltimos a\u00f1os. Las marcas buscan a las y los famosos y a las personas con m\u00e1s seguidores en Instagram, Facebook, entre otras, para que promocionen sus productos mediante su influencia, su ingreso a la comunidad digital, donde a los fines comerciales aparece m\u00e1s atractiva que el p\u00fablico de televisi\u00f3n y radio. En la actualidad, en el Congreso Nacional, la iniciativa busca darle un marco legal a esa actividad con pautas de procedimiento, requisitos y obligaciones tanto en la publicaci\u00f3n del contenido como en lo tributario. En los 15 art\u00edculos del Proyecto se establece, por ejemplo, que \u201ctoda publicidad digital realizada \u201cpor influenciadores o influencers\u201d en las redes sociales\u201d deber\u00e1 incluir el hashtag #PublicacionPaga si el titular de la cuenta \u201cobtiene alg\u00fan r\u00e9dito econ\u00f3mico\u201d por ese contenido. Tambi\u00e9n deber\u00e1 \u201cmencionar claramente\u201d al anunciante e identificar las \u201ccomunicaciones publicitarias digitales de productos que sean inconvenientes para ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes\u201d. El proyecto define los distintos tipos de contenidos o \u201cpr\u00e1cticas de comunicaci\u00f3n\u201d que se ver\u00edan alcanzados por la ley. Uno de ellos es el \u201cunboxing\u201d, que consiste en que el influencer comparta en sus redes, yotube, twich, etc. \u201cel proceso de desempaquetar y\/o revelar productos, servicios y\/o experiencias que ofrezcan la marca\/anunciante\u201d. En el listado figuran adem\u00e1s los \u201csorteos o giveaways\u201d, las fotos y videos en las que \u201cse exalte la presencia de una marca o se la etiquete\u201d y \u201ctoda otra forma de anuncio o promoci\u00f3n viabilizada a trav\u00e9s de redes sociales que en el futuro pueda crearse\u201d, siempre que \u201cexista una contraprestaci\u00f3n entre el influenciador y el anunciante\u201d. Debido a que la propuesta legislativa se dirige espec\u00edficamente a los influencers que sean \u201cremunerados con el cobro de un monto en dinero\u201d, establece en otro de sus art\u00edculos la obligaci\u00f3n de que est\u00e9n inscriptos en a la AFIP como trabajadores aut\u00f3nomos en condici\u00f3n de monotributista o de responsables inscriptos. Quienes no cumplan con las obligaciones y requisitos para la publicidad digital en redes podr\u00e1n recibir \u201cmultas por un valor equivalente a entre 10 y 1.000 salarios m\u00ednimos vital y m\u00f3vil\u201d. El incumplimiento tambi\u00e9n podr\u00e1 ser sancionado con el retiro del anuncio de la red social y la \u201cRECTIFICACI\u00d3N DE LAS INFORMACIONES ENGA\u00d1OSAS, INCORRECTAS O FALSAS\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Si bien la crisis econ\u00f3mica impacta en todo el pa\u00eds, los gastos en publicidad de los medios tradicionales siguen cayendo, en cambio lo digital sigue creciendo. 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